Propiamente al comenzar el mes de mayo, un homenaje al Día del Trabajador, fuera de otras muestras de reconocimiento a la actividad de los asalariados, ha sido poner en vigencia la ley que penaliza los avasallamientos mineros, hecho que constituye una respuesta positiva a los reclamos que se generaron desde hace tiempo atrás por las actitudes abusivas y arbitrarias, cometidas por ciertos sectores de comunarios, en unos casos o de cooperativistas desplazados en otros, contra la propiedad del Estado y de privados,
La ley que está ahora en vigencia determina claramente que la "toma" de minas o sea el avasallamiento de esas empresas, así como la explotación y la venta o compra ilegal de minerales, se sancionará con una pena de hasta ocho años de cárcel a quienes resultaren culpables de los delitos ya señalados.
La Ley 367 que fue promulgada por el Primer Mandatario, incorpora dentro del Código Penal, el delito de avasallamientos en áreas mineras estableciendo una condena de cuatro a ocho años de reclusión para las personas que se apropien ilegalmente de cualquier yacimiento de recursos naturales.
El artículo pertinente remarca "el que por cualquier razón ocupare área minera, mediante violencia, amenazas, engaño o cualquier otro medio, impidiendo el ejercicio de actividades mineras o despojando derechos al Estado y/o a titulares de derechos mineros que se hallen en posesión legal del mismo, serán sancionados con privación de libertad de cuatro a ocho años.
El Jefe de Estado recordó que con la promulgación de ésta norma se respondió a una demanda de los trabajadores mineros que en los últimos años han sufrido la ocupación de varias minas, la pérdida de equipos y maquinaria, de viviendas y enseres personales y de minerales acumulados. La queja sobre el tema también fue planteada por empresarios mineros privados, que aún esperan una solución práctica al problema de los avasallamientos y el robo de minerales, maquinarias y herramientas.
Si bien es cierto que las leyes cobran vigor a partir de su promulgación, lo que significa que no tienen efecto retroactivo, sin embargo, los perjudicados con avasallamientos a más de cien propiedades mineras, esperan que en razón de justicia se puedan restablecer a sus legítimos propietarios o concesionarios para que estos puedan restablecer sus operaciones regulares al amparo de las medidas legales, que condenan las atrabiliarias acciones de los avasalladores.
Aunque la ley que penaliza los avasallamientos mineros está en vigencia, no es menos cierto que se requieren de un conjunto de medidas que posibiliten enmendar los errores del tiempo pasado en que se permitieron arbitrariedades de cuyo resultado actualmente hay muchos perjudicados. Limpiar estos hechos devolverá la seguridad al sector y mejorará la imagen de respeto a inversiones en minería.
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