La ley minera que todavía no está aprobada, no cambia nada en relación al Código de Minería, si el mineral ya sea oro o plata cae debajo de las 2.300 dólares la onza troy los mismos se liberan de las obligaciones tributarias, el Gobierno una vez más está a favor de las empresas privadas no vela el bienestar del estado, la dirección y administración de la industria minera, señaló el investigador del Centro de Documentación e Información Bolivia (Cedib), Pablo Villegas.
Manifestó que solamente existen algunos pequeños cambios que benefician como siempre a las empresas privadas y cooperativistas mineros y no así los gobiernos municipales.
Señaló que uno de los puntos es la exportación en concentrado que es un robo para el país pues según el Estado "es mejor exportar en concentrado que en puro".
"Por ejemplo fueron eliminadas las reservas fiscales, el cambio de las concesiones mineras antes perpetuas ahora en la ley minera no ha cambiado, para el sector privado solo se hace una ampliación y para el área cooperativa sigue siendo eterna", dijo.
Asimismo sostuvo que sobre la industrialización no se menciona nada no hay políticas ni propuestas para la misma. "Sin fundiciones no hay industrialización, sin fundiciones continua con la exportación de concentrado", indicó.
Manifestó que la interpretación de la ley minera hace que se forme un súper Estado minero, el mismo hará que se elimine al parlamento si en noventa días no se pronuncia sobre el requerimiento de la concesión minera esta quedará aprobada por silencio legislativo.
"Se mantienen los contratos pre-constituidos, además de los contratos con terceros, otros aspectos que también menciona son los testaferros y la legalización de las mismas, estas entregan las concesiones a las cooperativas, la ley solo beneficia a las cooperativas es decir al sector privado, otro privilegio que gozan es el resguardo de la fuerza pública en caso de sufrir amenazas verbales, escritas u otro tipo, este sector privado tiene privilegios que ningún sector del país goza además de vulnerar la Ley contra el Racismo y toda forma de Discriminación", aseguró.
Por su parte el vicedecano de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas y Sociales, Edgar Chiri, señaló que existe la falta de una política de minería, aspecto que el Estado no ha definido sobre qué instancia se hará cargo de estas políticas mineras.
"Lamentablemente no hemos roto con el neoliberalismo, y debería ser el Estado quien se encargue de este tema esto porque no tenemos fuerza económica para asumir toda esta responsabilidad, este mal es endémico", aseveró Chiri.
Por otra parte señaló que la contaminación minera es preocupante y lo que se debe buscar para el sector minero son las licencias ambientales que controlen este tema.
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jueves, 1 de mayo de 2014
domingo, 9 de diciembre de 2012
En minería todo apunta al nuevo Código Minero
Una serie de hechos transcurrieron en seis décadas desde que en 1952 el gobierno del Movimiento Nacionalista Revolucionario (MNR) nacionalizara las minas "rescatándolas" de los Barones del Estaño, Patiño, Hochschild y Aramayo entregándolas a la administración del Estado a través de la Corporación Minera de Bolivia (Comibol), histórica en su vida administrativa de la minería boliviana, hasta el año 1985, cuando 33 años después de la revolucionaria medida el mismo MNR se vio obligado a liquidar la minería boliviana, disponiendo la "relocalización" de miles de trabajadores mineros, en realidad retirados de sus fuentes de empleo, aunque beneficiarios de una interesante indemnización.
Miles de mineros cesantes se convirtieron en transportistas, en comerciantes y en algunos casos mayoristas del contrabando, actitudes que sirvieron para mover una economía de trasfondo que ahora se identifica como informal, pero que permite a miles de personas salvar las contingencias del desempleo que data desde la estrepitosa caída del precio del estaño, justamente encontrando a la Comibol sin resguardo financiero para enfrentar la crisis de la minería.
En ese ir y venir de gobiernos, golpistas en varias gestiones y más adelante como parte de procesos democráticos, la minería retomó parte de su actividad y la importancia de sus reservas en yacimientos detectados vía satelital por un organismo especializado de EE.UU. sin embargo aún no definidos por falta de una política clara en minería que establezca la prioridad de los pasos obligados tales como la exploración, prospección y explotación de esos yacimientos que están esperando lineamientos estratégicos del Gobierno para convertirse en la parte más importante del sistema productivo nacional, luego del gas.
FACTORES CONTRADICTORIOS
Si hay algo que debe tratarse con la mayor responsabilidad, de modo que se eliminen una serie de adversidades, es el nuevo proyecto de la ley minera, adecuando su vigencia a las necesidades prácticas del sector pero empezando por eliminar los factores contradictorios que han surgido precisamente entre un Código Minero que quiérase o no está vigente y las disposiciones que han sido incluidas en la nueva Constitución y que ahora son causa de la mayoría de los problemas entre los subsectores de la minería boliviana.
Por lo menos hasta antes de aplicarse correctivos al Código, este era un instrumento por el cual se concedía al empresario o directamente al minero, una especie de derecho propietario que le permitía explotar un yacimiento y disponer del producto de la manera que más le convenga, bajo cierta garantía que controlaba el propio Estado con fines de control de utilidades; en cambio en la nueva Carta Magna se incluyó una corrección sobre el tema y cataloga la otorgación mediante un contrato especial y temporal simplemente como un factor de "uso y aprovechamiento", aclarando con mucha vehemencia que los recursos naturales, entre estos los minerales son de los bolivianos, por tanto no corresponden a los mineros, eso significa que tales recursos explotados deben ser "fiscalizados o controlados" de manera directa por los comunarios de las regiones o municipios donde se ejecutan los proyectos mineros y por el Estado dado que en adelante siempre será parte de cualquier modalidad de contrato.
De lo que significaba "poseer una concesión minera" y pagar un derecho fijo establecido regulatoriamente, sin que existiera mayor injerencia por parte de los mecanismos estatales, con la nueva CPE las cosas cambian de manera sustancial empezando por la obligatoria consulta previa (a la comunidad) que como se ha estado observando casi siempre ha sido negativa, uno porque la regulación no se cumplió oportunamente o por la manifiesta predisposición negativa de comunarios para admitir tareas mineras en "su territorio".
Sólo con estas alternativas mostradas crudamente en la realidad de su vigor, es fácil colegir que las contradicciones deben ser eliminadas a través de un proceso de diálogo y entendimiento de la magnitud de arreglar un "entuerto" que amenaza con alterar los sistemas productivos más importantes en el país como son hidrocarburos y minería, ambos inmersos en el cuestionamiento de los "pueblos originarios", que no están entendiendo correctamente los detalles que tienen que ver, con territorialidad, uso del suelo y el subsuelo, y el derecho propietario de las riquezas naturales, que corresponde a todos los bolivianos, pero que para obtener réditos de su explotación justamente para beneficio común, se necesitan normas muy claras, como el Código de Minería que debe ser renovado, adecuadamente reglamentado y sobre todo garantizado para que la seguridad jurídica que emane de la norma facilite la concreción de nuevos emprendimientos mineros con la atracción de grandes inversiones mineras que sean apropiadamente dispuestas en toda la cadena productiva de la minería boliviana, desde la grande, mediana, chica, estatal y del sistema cooperativizado, éste último cuestionado por sus condiciones políticas y administrativas.
La actividad minera requiere de una atención particularizada en lo que atañe a su consolidación como parte importante del sistema productivo nacional y la prioridad en el tratamiento de sus normas, al constituir junto a los hidrocarburos la base del sostenimiento de la economía nacional.
Si bien existe escepticismo en diferentes sectores de la colectividad en torno a la nueva ley de minería y sus atributos para establecer condiciones favorables al sistema productivo minero, haciéndolo competitivo y atractivo, lo contrario sería un retroceso en la aplicación normativa que asegure el buen uso de los recursos naturales, no renovables de todos los bolivianos.
Agencia Uru
Miles de mineros cesantes se convirtieron en transportistas, en comerciantes y en algunos casos mayoristas del contrabando, actitudes que sirvieron para mover una economía de trasfondo que ahora se identifica como informal, pero que permite a miles de personas salvar las contingencias del desempleo que data desde la estrepitosa caída del precio del estaño, justamente encontrando a la Comibol sin resguardo financiero para enfrentar la crisis de la minería.
En ese ir y venir de gobiernos, golpistas en varias gestiones y más adelante como parte de procesos democráticos, la minería retomó parte de su actividad y la importancia de sus reservas en yacimientos detectados vía satelital por un organismo especializado de EE.UU. sin embargo aún no definidos por falta de una política clara en minería que establezca la prioridad de los pasos obligados tales como la exploración, prospección y explotación de esos yacimientos que están esperando lineamientos estratégicos del Gobierno para convertirse en la parte más importante del sistema productivo nacional, luego del gas.
FACTORES CONTRADICTORIOS
Si hay algo que debe tratarse con la mayor responsabilidad, de modo que se eliminen una serie de adversidades, es el nuevo proyecto de la ley minera, adecuando su vigencia a las necesidades prácticas del sector pero empezando por eliminar los factores contradictorios que han surgido precisamente entre un Código Minero que quiérase o no está vigente y las disposiciones que han sido incluidas en la nueva Constitución y que ahora son causa de la mayoría de los problemas entre los subsectores de la minería boliviana.
Por lo menos hasta antes de aplicarse correctivos al Código, este era un instrumento por el cual se concedía al empresario o directamente al minero, una especie de derecho propietario que le permitía explotar un yacimiento y disponer del producto de la manera que más le convenga, bajo cierta garantía que controlaba el propio Estado con fines de control de utilidades; en cambio en la nueva Carta Magna se incluyó una corrección sobre el tema y cataloga la otorgación mediante un contrato especial y temporal simplemente como un factor de "uso y aprovechamiento", aclarando con mucha vehemencia que los recursos naturales, entre estos los minerales son de los bolivianos, por tanto no corresponden a los mineros, eso significa que tales recursos explotados deben ser "fiscalizados o controlados" de manera directa por los comunarios de las regiones o municipios donde se ejecutan los proyectos mineros y por el Estado dado que en adelante siempre será parte de cualquier modalidad de contrato.
De lo que significaba "poseer una concesión minera" y pagar un derecho fijo establecido regulatoriamente, sin que existiera mayor injerencia por parte de los mecanismos estatales, con la nueva CPE las cosas cambian de manera sustancial empezando por la obligatoria consulta previa (a la comunidad) que como se ha estado observando casi siempre ha sido negativa, uno porque la regulación no se cumplió oportunamente o por la manifiesta predisposición negativa de comunarios para admitir tareas mineras en "su territorio".
Sólo con estas alternativas mostradas crudamente en la realidad de su vigor, es fácil colegir que las contradicciones deben ser eliminadas a través de un proceso de diálogo y entendimiento de la magnitud de arreglar un "entuerto" que amenaza con alterar los sistemas productivos más importantes en el país como son hidrocarburos y minería, ambos inmersos en el cuestionamiento de los "pueblos originarios", que no están entendiendo correctamente los detalles que tienen que ver, con territorialidad, uso del suelo y el subsuelo, y el derecho propietario de las riquezas naturales, que corresponde a todos los bolivianos, pero que para obtener réditos de su explotación justamente para beneficio común, se necesitan normas muy claras, como el Código de Minería que debe ser renovado, adecuadamente reglamentado y sobre todo garantizado para que la seguridad jurídica que emane de la norma facilite la concreción de nuevos emprendimientos mineros con la atracción de grandes inversiones mineras que sean apropiadamente dispuestas en toda la cadena productiva de la minería boliviana, desde la grande, mediana, chica, estatal y del sistema cooperativizado, éste último cuestionado por sus condiciones políticas y administrativas.
La actividad minera requiere de una atención particularizada en lo que atañe a su consolidación como parte importante del sistema productivo nacional y la prioridad en el tratamiento de sus normas, al constituir junto a los hidrocarburos la base del sostenimiento de la economía nacional.
Si bien existe escepticismo en diferentes sectores de la colectividad en torno a la nueva ley de minería y sus atributos para establecer condiciones favorables al sistema productivo minero, haciéndolo competitivo y atractivo, lo contrario sería un retroceso en la aplicación normativa que asegure el buen uso de los recursos naturales, no renovables de todos los bolivianos.
Agencia Uru
martes, 30 de octubre de 2012
Esperando el Código de Minería
Los últimos conflictos registrados en el sector de la minería nacional, que enfrentaron a mineros asalariados y cooperativistas, con un grave problema para el Gobierno nacional, que apareció como sándwich, así lo reconoció un alto personero del Ejecutivo, mostraron la falencia que existe actualmente de una normativa que regule la importante actividad de la minería, desde su proceso inicial en la concesión de áreas para exploración, prospección y la explotación de recursos naturales mineros y su posterior exportación.
Pero no sólo hay problemas en esa cadena del sistema minero, sucede que además por la falta de legislación apropiada, se interrumpe ese ciclo productivo debido a que sectores inconformes o deseosos de aprovechar de manera coyuntural los beneficios que reporta una minería con buenos precios, no dudan al asumir actitudes ilegales que no son otras que los avasallamientos.
Si algo positivo se logró en el conflicto reciente es que por lo menos se aprobó una medida – a pedido de los propios mineros – que prohíbe avasallamientos y los sanciona severamente hasta con privación de libertad. Aparte la falta de la ley minera, sólo permitió una solución, quien sabe temporal y poco sólida, en el tema del enfrentamiento entre cooperativistas y asalariados.
El asunto de la minería debería ser tomado en cuenta con responsabilidad legal, con aportes profesionales de alto nivel, pues se trata de uno de los rubros más importantes de la producción nacional, sólo después de los hidrocarburos, generando divisas, impuestos y regalías que son parte del sostenimiento de la economía nacional, ese hecho, obliga a definir cuanto antes las políticas de su futuro posicionamiento en el destino nacional.
La ley de minería sigue en consideración de comisiones y la demora en su aprobación profundiza el vacío existente en materia de seguridad para que todas las operaciones mineras puedan desarrollarse sin interferencias que alteren y limiten las posibilidades que se abren para beneficio del país y de manera general para toda la colectividad.
Es inconcebible que un tema tan delicado como el que configura la situación del país de esencia minera, esté librado a la suerte y voluntad de comisionados que parece no haber tomado en cuenta la necesidad imperiosa de contar con un conjunto de normas que hagan viable el crecimiento y sostenimiento de una fuente importante en la creación de riqueza, fuentes de empleo y beneficios para departamentos y regiones donde se desarrollan proyectos de explotación de minerales, a través de la minería privada mediana que es la que produce mayores ganancias junto al sector de la minería chica, el caso del sector estatal luego y la minería cooperativizada, ésta última con más ventajas y apoyo gubernamental, pero con menos aportes de contribución impositiva.
Las condiciones actuales tienen que cambiar y las autoridades de gobierno que han sopesado los últimos conflictos, deberían ser las más interesadas en remediar este mal, disponiendo un trabajo más responsable para aprobar la nueva ley minera, que regule toda la actividad minera, haciéndola más segura, más atractiva y más rendidora.
Pero no sólo hay problemas en esa cadena del sistema minero, sucede que además por la falta de legislación apropiada, se interrumpe ese ciclo productivo debido a que sectores inconformes o deseosos de aprovechar de manera coyuntural los beneficios que reporta una minería con buenos precios, no dudan al asumir actitudes ilegales que no son otras que los avasallamientos.
Si algo positivo se logró en el conflicto reciente es que por lo menos se aprobó una medida – a pedido de los propios mineros – que prohíbe avasallamientos y los sanciona severamente hasta con privación de libertad. Aparte la falta de la ley minera, sólo permitió una solución, quien sabe temporal y poco sólida, en el tema del enfrentamiento entre cooperativistas y asalariados.
El asunto de la minería debería ser tomado en cuenta con responsabilidad legal, con aportes profesionales de alto nivel, pues se trata de uno de los rubros más importantes de la producción nacional, sólo después de los hidrocarburos, generando divisas, impuestos y regalías que son parte del sostenimiento de la economía nacional, ese hecho, obliga a definir cuanto antes las políticas de su futuro posicionamiento en el destino nacional.
La ley de minería sigue en consideración de comisiones y la demora en su aprobación profundiza el vacío existente en materia de seguridad para que todas las operaciones mineras puedan desarrollarse sin interferencias que alteren y limiten las posibilidades que se abren para beneficio del país y de manera general para toda la colectividad.
Es inconcebible que un tema tan delicado como el que configura la situación del país de esencia minera, esté librado a la suerte y voluntad de comisionados que parece no haber tomado en cuenta la necesidad imperiosa de contar con un conjunto de normas que hagan viable el crecimiento y sostenimiento de una fuente importante en la creación de riqueza, fuentes de empleo y beneficios para departamentos y regiones donde se desarrollan proyectos de explotación de minerales, a través de la minería privada mediana que es la que produce mayores ganancias junto al sector de la minería chica, el caso del sector estatal luego y la minería cooperativizada, ésta última con más ventajas y apoyo gubernamental, pero con menos aportes de contribución impositiva.
Las condiciones actuales tienen que cambiar y las autoridades de gobierno que han sopesado los últimos conflictos, deberían ser las más interesadas en remediar este mal, disponiendo un trabajo más responsable para aprobar la nueva ley minera, que regule toda la actividad minera, haciéndola más segura, más atractiva y más rendidora.
domingo, 27 de mayo de 2012
Nuevo Código de Minería
ANTECEDENTES
El potencial mineralógico que existe en el país, permite un futuro promisorio para la minería, su explotación requiere de inversión de capitales de riesgo con un Código Minero justo con normas y reglamentos para regular las actividades de exploración, explotación, exportación e industrialización de los minerales.
LEGISLACIÓN MINERA
La Legislación Minera en el país se inicia con la fundación de la República. En septiembre de 1826 el mariscal de Ayacucho, mediante Decreto Presidencial reglamentó el trabajo en las minas con normas y reglamentos de la Nueva España.
En el gobierno del mariscal Andrés de Santa Cruz, se puso en vigencia el "Código de Minas", el 5 de noviembre de 1834 que fue abrogado un mes después. El 28 de octubre de 1852, el gobierno del general Isidoro Belzu promulgó el Código de Minería con normas de carácter social a favor de los trabajadores, estableciendo procedimientos para explorar y registrar yacimientos mineralógicos. El 13 de octubre de 1880; el gobierno del Gral. Narciso Campero elaboró un nuevo Código Minero, estableciendo el "Régimen Nominal" y la diferencia entre suelo y subsuelo, otorgó las minas a perpetuidad, se utilizó, por primera vez, el concepto de Pertenencia Minera, se mantuvo en vigencia hasta el año 1913.
En el gobierno del Dr. Bautista Saavedra el año 1925, se promulgó el Código de Minería que fue liberal en beneficio de la actividad minera privada. Este código estuvo vigente hasta el 31 de octubre de 1952, fecha en que se nacionalizaron los grupos mineros que pasaron a la administración de la Corporación Minera de Bolivia.
El 26 de octubre de 1956, se abolió el concepto de "Propiedad Minera", sustituyéndola por la de "CONCESIÓN MINERA", esta Ley expresa que todas las sustancias del reino mineral son de dominio del Estado.
El 7 de mayo de 1965 en el gobierno del Gral. Barrientos, se promulgó un Nuevo Código de Minería que se mantuvo durante 20 años como Decreto Ley de la República de Bolivia.
CÓDIGO DE MINERÍA LEY Nº 1777
La Ley de Minería del 17 de marzo de 1997; se ajusta al modelo de economía de libre mercado, sus principales disposiciones son:
1) El Estado promueve la libre comercialización y exportación de minerales; 2) Libre contratación de personal; 3) Devolución del IVA para la exportación de minerales; 4) Liberación de aranceles de importación de equipos, maquinaria e insumos para las operaciones mineras; 5) Se dispone que la Comibol, dirija y administre contratos suscritos para la explotación minera. Se firmaron contratos de sociedad entre Comibol y las empresas privadas, para la explotación minera en actual ejecución.
CORPORACIÓN MINERA DE BOLIVIA
Mediante D.S. 3223, se crea la Corporación Minera de Bolivia, entidad autárquica encargada de la Administración y explotación directa de todas las Minas Nacionalizadas.
Comibol, se creó con las mejores esperanzas, considerado como un instrumento de liberación económica, sin embargo, tuvo que pagar indemnizaciones por las minas nacionalizadas, tecnología obsoleta, administrados por gobiernos de facto, pugnas ideológicas entre corrientes de derecha e izquierda, la corrupción en negociados millonarios, manejo abusivo en el nombramiento de cargos ejecutivos.
La caída de los precios de minerales en el mercado mundial, produjo la paralización de las operaciones mineras productivas, cierre de las minas con el despido de 30.000 trabajadores, la anarquía sindical del momento ocasionó baja productividad, lo que condujo hacia una tremenda crisis económica en el país. La crisis más acentuada fue el año 1985 por la baja de las cotizaciones de minerales en forma permanente, el empobrecimiento de los yacimientos mineros, elevados costos de producción, más que todo la falta de una política minera con interés nacional. Los resultados económicos de la Comibol desde su creación en 1952 hasta el año 1992; según informe de la subgerencia financiera fue de: Valor de minerales producidos $us 5.602.638.772; el costo de operación $us 5.787.947.934; Regalías $us 621.021.899; Pérdida $us 781.838.013. Sin embargo, consideramos que la Comibol fue una entidad positiva por el aporte para la generación de divisas y lo más importante por la generación de fuentes de trabajo al haberse constituido en el sostén de la economía del país hasta nuestros días.
CONCLUSIONES
1.- El capital privado del exterior para inversiones es cauto y desconfiado por la falta de seguridad jurídica, debido a los problemas sociales, como los avasallamientos a minas privadas por parte de anarquistas organizados que no respetan el ordenamiento jurídico ni a la propiedad privada por ausencia de reglas claras; es de imperiosa necesidad cambiar la Política Minera Nacional que garantice la proyección de las actividades mineras sostenibles y sustentables para mejorar el nivel de vida y superar la pobreza de nuestro país.
2.- La legislación minera, desde la Colonia hasta nuestros días, no ha tenido la suficiente doctrina política minera que se espera en pleno siglo XXI. El Colegio de Ingenieros de Minas, se permite opinar que: El sector minero se mueve con fuertes inversiones de capital con la aplicación de normas que favorezcan a las actividades productivas, hacer realidad el nuevo código minero acorde a la época actual y la seriedad que demanda esta Ley, donde el principal tema sea la inversión económica, tal como ocurre en los países vecinos como la Argentina que tiene 600 proyectos activos con una fuerza laboral de 517.000 trabajadores; sus inversiones mineras alcanzaron en la Gestión 2011 un monto de 2.546 millones de dólares. El Perú en la gestión 2011, ha invertido en minería 7.202 millones de dotares de acuerdo al informe del Ministerio de Energía y Minas. Chile registra la inversión en la exploración minera 831 millones de dólares en la gestión 2011.
3.- En base a la experiencia profesional sobre el tema minero creemos que se puede plantear las siguientes propuestas para tomar en cuenta en el nuevo código de minería:
a) Se deberá implantar mecanismos de estímulo para la captación de capitales de riesgo a la inversión minera, garantizando la seguridad jurídica con respecto a la propiedad del Estado y las leyes del país.
b) El nuevo código deberá ser claro, coherente y estable con un sistema tributario a nivel internacional competitivo garantizando los mismos derechos y obligaciones, eliminando todo tipo de subvenciones estatales a los operadores mineros.
4.- Finalmente; el nuevo código minero, deberá contemplar la posibilidad de crear mediante decreto supremo un Banco Minero Boliviano (BMB) como apoyo al sector más sacrificado y postergado como es la minería chica y cooperativizada, con mecanismos financieros, créditos a mediano y largo plazo con intereses blandos. Podrán ser garantizados por la monetización de las reservas del yacimiento minero, avalados con planes, programas y Proyectos mediante peritajes técnico-económicos por el Ministerio de Minería y Metalurgia y la Comibol como entes fiscalizadores, de esta manera la transformación productiva minera contribuirá en la economía de la Nación.
(*) Ingeniero de Minas – SIB – RNI 11379
Miembro del Colegio de Ingenieros de Minas
El potencial mineralógico que existe en el país, permite un futuro promisorio para la minería, su explotación requiere de inversión de capitales de riesgo con un Código Minero justo con normas y reglamentos para regular las actividades de exploración, explotación, exportación e industrialización de los minerales.
LEGISLACIÓN MINERA
La Legislación Minera en el país se inicia con la fundación de la República. En septiembre de 1826 el mariscal de Ayacucho, mediante Decreto Presidencial reglamentó el trabajo en las minas con normas y reglamentos de la Nueva España.
En el gobierno del mariscal Andrés de Santa Cruz, se puso en vigencia el "Código de Minas", el 5 de noviembre de 1834 que fue abrogado un mes después. El 28 de octubre de 1852, el gobierno del general Isidoro Belzu promulgó el Código de Minería con normas de carácter social a favor de los trabajadores, estableciendo procedimientos para explorar y registrar yacimientos mineralógicos. El 13 de octubre de 1880; el gobierno del Gral. Narciso Campero elaboró un nuevo Código Minero, estableciendo el "Régimen Nominal" y la diferencia entre suelo y subsuelo, otorgó las minas a perpetuidad, se utilizó, por primera vez, el concepto de Pertenencia Minera, se mantuvo en vigencia hasta el año 1913.
En el gobierno del Dr. Bautista Saavedra el año 1925, se promulgó el Código de Minería que fue liberal en beneficio de la actividad minera privada. Este código estuvo vigente hasta el 31 de octubre de 1952, fecha en que se nacionalizaron los grupos mineros que pasaron a la administración de la Corporación Minera de Bolivia.
El 26 de octubre de 1956, se abolió el concepto de "Propiedad Minera", sustituyéndola por la de "CONCESIÓN MINERA", esta Ley expresa que todas las sustancias del reino mineral son de dominio del Estado.
El 7 de mayo de 1965 en el gobierno del Gral. Barrientos, se promulgó un Nuevo Código de Minería que se mantuvo durante 20 años como Decreto Ley de la República de Bolivia.
CÓDIGO DE MINERÍA LEY Nº 1777
La Ley de Minería del 17 de marzo de 1997; se ajusta al modelo de economía de libre mercado, sus principales disposiciones son:
1) El Estado promueve la libre comercialización y exportación de minerales; 2) Libre contratación de personal; 3) Devolución del IVA para la exportación de minerales; 4) Liberación de aranceles de importación de equipos, maquinaria e insumos para las operaciones mineras; 5) Se dispone que la Comibol, dirija y administre contratos suscritos para la explotación minera. Se firmaron contratos de sociedad entre Comibol y las empresas privadas, para la explotación minera en actual ejecución.
CORPORACIÓN MINERA DE BOLIVIA
Mediante D.S. 3223, se crea la Corporación Minera de Bolivia, entidad autárquica encargada de la Administración y explotación directa de todas las Minas Nacionalizadas.
Comibol, se creó con las mejores esperanzas, considerado como un instrumento de liberación económica, sin embargo, tuvo que pagar indemnizaciones por las minas nacionalizadas, tecnología obsoleta, administrados por gobiernos de facto, pugnas ideológicas entre corrientes de derecha e izquierda, la corrupción en negociados millonarios, manejo abusivo en el nombramiento de cargos ejecutivos.
La caída de los precios de minerales en el mercado mundial, produjo la paralización de las operaciones mineras productivas, cierre de las minas con el despido de 30.000 trabajadores, la anarquía sindical del momento ocasionó baja productividad, lo que condujo hacia una tremenda crisis económica en el país. La crisis más acentuada fue el año 1985 por la baja de las cotizaciones de minerales en forma permanente, el empobrecimiento de los yacimientos mineros, elevados costos de producción, más que todo la falta de una política minera con interés nacional. Los resultados económicos de la Comibol desde su creación en 1952 hasta el año 1992; según informe de la subgerencia financiera fue de: Valor de minerales producidos $us 5.602.638.772; el costo de operación $us 5.787.947.934; Regalías $us 621.021.899; Pérdida $us 781.838.013. Sin embargo, consideramos que la Comibol fue una entidad positiva por el aporte para la generación de divisas y lo más importante por la generación de fuentes de trabajo al haberse constituido en el sostén de la economía del país hasta nuestros días.
CONCLUSIONES
1.- El capital privado del exterior para inversiones es cauto y desconfiado por la falta de seguridad jurídica, debido a los problemas sociales, como los avasallamientos a minas privadas por parte de anarquistas organizados que no respetan el ordenamiento jurídico ni a la propiedad privada por ausencia de reglas claras; es de imperiosa necesidad cambiar la Política Minera Nacional que garantice la proyección de las actividades mineras sostenibles y sustentables para mejorar el nivel de vida y superar la pobreza de nuestro país.
2.- La legislación minera, desde la Colonia hasta nuestros días, no ha tenido la suficiente doctrina política minera que se espera en pleno siglo XXI. El Colegio de Ingenieros de Minas, se permite opinar que: El sector minero se mueve con fuertes inversiones de capital con la aplicación de normas que favorezcan a las actividades productivas, hacer realidad el nuevo código minero acorde a la época actual y la seriedad que demanda esta Ley, donde el principal tema sea la inversión económica, tal como ocurre en los países vecinos como la Argentina que tiene 600 proyectos activos con una fuerza laboral de 517.000 trabajadores; sus inversiones mineras alcanzaron en la Gestión 2011 un monto de 2.546 millones de dólares. El Perú en la gestión 2011, ha invertido en minería 7.202 millones de dotares de acuerdo al informe del Ministerio de Energía y Minas. Chile registra la inversión en la exploración minera 831 millones de dólares en la gestión 2011.
3.- En base a la experiencia profesional sobre el tema minero creemos que se puede plantear las siguientes propuestas para tomar en cuenta en el nuevo código de minería:
a) Se deberá implantar mecanismos de estímulo para la captación de capitales de riesgo a la inversión minera, garantizando la seguridad jurídica con respecto a la propiedad del Estado y las leyes del país.
b) El nuevo código deberá ser claro, coherente y estable con un sistema tributario a nivel internacional competitivo garantizando los mismos derechos y obligaciones, eliminando todo tipo de subvenciones estatales a los operadores mineros.
4.- Finalmente; el nuevo código minero, deberá contemplar la posibilidad de crear mediante decreto supremo un Banco Minero Boliviano (BMB) como apoyo al sector más sacrificado y postergado como es la minería chica y cooperativizada, con mecanismos financieros, créditos a mediano y largo plazo con intereses blandos. Podrán ser garantizados por la monetización de las reservas del yacimiento minero, avalados con planes, programas y Proyectos mediante peritajes técnico-económicos por el Ministerio de Minería y Metalurgia y la Comibol como entes fiscalizadores, de esta manera la transformación productiva minera contribuirá en la economía de la Nación.
(*) Ingeniero de Minas – SIB – RNI 11379
Miembro del Colegio de Ingenieros de Minas
martes, 8 de noviembre de 2011
Esperamos un Código Minero, equitativo, realista y práctico
Los bolivianos estamos pendientes de la presentación oficial a la Asamblea Legislativa del anteproyecto de la nueva Ley Minera que reemplazará el actual Código de Minería, instrumento que sufrirá muchas modificaciones pero que en su esencia debe guardar las condiciones favorables al crecimiento del sector y de ningún modo convertirse en traba del crecimiento de la producción minera que hoy por hoy, compite abiertamente con los beneficios directos que generan por ejemplo los hidrocarburos.
Pese a las constantes variantes en el precio internacional de los minerales, hay algo que seguirá siendo beneficioso al país y es la existencia de variados yacimientos mineralizados, de los cuales más del 70 por ciento no han sido aún debidamente cuantificados, faltando políticas definidas para encarar trabajos de exploración y prospección, según refieren los entendidos, para generar luego una serie de inversiones internas y externas que faciliten un crecimiento ilimitado de la producción minera en general.
La última referencia, producción minera en general, es en realidad un referente que debe tomarse en cuenta en el anteproyecto de la ley minera, considerando la importancia de todos los subsectores, en función a las capacidades de orden financiero, principalmente, que establece el potencial de inversión y define la incorporación de tecnología de punta, explotación racional de los recursos naturales no renovables, procesamiento de los concentrados, cuidado del medio ambiente, asistencia directa de orden social a favor de las comunidades, proyección de industrialización de minerales para añadirle valor agregado y luego la parte final de exportación en las mejores condiciones a los mercados internacionales, inclusive buscando las mejores opciones de competencia y no bajo sometimiento expreso a pocas alternativas.
El interés económico del Estado tiene una dirección explícita de lograr una mayor recuperación de fondos generados por la minería, es decir como lo señala un analista del tema, alcanzar "una mayor apropiación del excedente minero", aprovechando –si todavía se da– el tiempo de buenos precios, por lo menos regulares, después de las variables descendentes de los pasados días y la tendencia de recuperación que puede darse más adelante, siempre y cuando los países industrializados establezcan condiciones apropiadas para seguir consumiendo nuestras materias primas.
Hay que cuidar el proceso dada la abierta competencia que se produce en los países vecinos, donde si bien se establecen algunos cambios en el rubro de los impuestos, las medidas no desincentivan a los inversionistas ni "corretean" a los productores mineros, pues se tratan de cambios muy bien medidos que mejoran los ingresos para el Estado, pero bajo una tónica de entendimiento entre las partes que hacen al producto de la actividad minera, sin exageración en las cargas tributarias, pero disponiendo márgenes apropiados que permitan a los empresarios operar en condiciones satisfactorias y reinvertir buena parte de sus utilidades en la ampliación de proyectos mineros y en algunos casos inclusive diversificándolos hacia otras metas energéticas… lo que de momento no se vislumbra en el país con lo poco que se conoce de la nueva Ley Minera, que estaría más próxima a la aplicación de cargas tributarias, sin la apropiada compensación utilitaria para fortalecer e incentivar las inversiones.
El gran peligro está en que las "nuevas reglas de juego" ahuyenten a los futuros operadores mineros y determinen ciertas restricciones en los planes que todavía se ejecutan en el ámbito minero privado, bajo condiciones de incertidumbre por la gran duda que existe sobre la aprobación de la Ley, que en lugar de promover mejores condiciones de producción puede tener el efecto contrario de reducir sensiblemente la actividad minera, inclusive en los niveles del sector estatal y de las cooperativas que aún bajo condiciones de un apoyo "efectivo" a la hora de medir las condiciones de competitividad en el mercado internacional pueden resultar perjudicadas frente a las favorables condiciones que otorgan los países vecinos para implementar una sólida minería regional, en base a capitales externos y una amplia gama de facilidades e incentivos.
Lo esencial en materia de producción minera está en relación directa con los montos de inversión, dimensión del proyecto en sí, cuantificación de reservas que tiene un yacimiento y la proyección del mismo para el desarrollo de los trabajos a mediano y largo plazo, entendiendo que la minería necesita del "factor tiempo" para establecer sus condiciones de rentabilidad para cubrir sus costos de operación y luego recién encarar la recuperación de excedentes para cubrir las inversiones, sean estas pequeñas, medianas o grandes el sistema tiene prioridades que no pueden alterarse por efecto de normas mal elaboradas
Lo que se espera es que las disposiciones que sean aprobadas estén sujetas a la realidad que vive el país y la necesidad de producir más en condiciones que sean favorables a quienes arriesgarán capitales para desarrollar proyectos que servirán de uno u otro modo al desarrollo del país, pues de eso se trata cuando se habla de la minería en su conjunto como el rubro más destacado por la "producción de divisas" para el Erario, para las regiones en que se producen los hechos mineros y para garantizar el equilibrio financiero nacional.
Si todavía hay tiempo para madurar en la importancia de disponer un conjunto de medidas, apropiadas, viables, equitativas y prácticas para impulsar lo que se reclama desde hace muchos años y que tiene que ver con una verdadera reactivación de nuestra minería ésta puede ser la ocasión para que al reemplazarse el código minero se alienten nuevas esperanzas de cumplir un conjunto de objetivos que hagan de la minería en general, el sector más importante de la economía boliviana, ampliando sus proyecciones en la creación de miles de más empleos directos e indirectos, de mayores ingresos regionales y de constituirse en el rubro más sólido de la generación de recursos para beneficio de todo el país.
En minería no puede hacerse proyecciones teóricas si no se conoce con claridad la potencialidad de los yacimientos a explotar y cuando se tengan tales datos lo que corresponde es definir la cuantía de inversión para que la misma sea efectivizada, bajo la seguridad de apropiadas garantías, en un marco de posibilidades favorables, que permitan al Estado tomar lo que realmente le corresponda sin aplicar regulaciones que sean más bien extorsiones. En materia impositiva, todos los sectores deben contribuir con sus aportes, sólo que estos deberán aplicarse en un modelo de equilibrio, entre inversiones y utilidades y el cumplimiento de convenios solidarios de beneficio comunitario.
Pese a las constantes variantes en el precio internacional de los minerales, hay algo que seguirá siendo beneficioso al país y es la existencia de variados yacimientos mineralizados, de los cuales más del 70 por ciento no han sido aún debidamente cuantificados, faltando políticas definidas para encarar trabajos de exploración y prospección, según refieren los entendidos, para generar luego una serie de inversiones internas y externas que faciliten un crecimiento ilimitado de la producción minera en general.
La última referencia, producción minera en general, es en realidad un referente que debe tomarse en cuenta en el anteproyecto de la ley minera, considerando la importancia de todos los subsectores, en función a las capacidades de orden financiero, principalmente, que establece el potencial de inversión y define la incorporación de tecnología de punta, explotación racional de los recursos naturales no renovables, procesamiento de los concentrados, cuidado del medio ambiente, asistencia directa de orden social a favor de las comunidades, proyección de industrialización de minerales para añadirle valor agregado y luego la parte final de exportación en las mejores condiciones a los mercados internacionales, inclusive buscando las mejores opciones de competencia y no bajo sometimiento expreso a pocas alternativas.
El interés económico del Estado tiene una dirección explícita de lograr una mayor recuperación de fondos generados por la minería, es decir como lo señala un analista del tema, alcanzar "una mayor apropiación del excedente minero", aprovechando –si todavía se da– el tiempo de buenos precios, por lo menos regulares, después de las variables descendentes de los pasados días y la tendencia de recuperación que puede darse más adelante, siempre y cuando los países industrializados establezcan condiciones apropiadas para seguir consumiendo nuestras materias primas.
Hay que cuidar el proceso dada la abierta competencia que se produce en los países vecinos, donde si bien se establecen algunos cambios en el rubro de los impuestos, las medidas no desincentivan a los inversionistas ni "corretean" a los productores mineros, pues se tratan de cambios muy bien medidos que mejoran los ingresos para el Estado, pero bajo una tónica de entendimiento entre las partes que hacen al producto de la actividad minera, sin exageración en las cargas tributarias, pero disponiendo márgenes apropiados que permitan a los empresarios operar en condiciones satisfactorias y reinvertir buena parte de sus utilidades en la ampliación de proyectos mineros y en algunos casos inclusive diversificándolos hacia otras metas energéticas… lo que de momento no se vislumbra en el país con lo poco que se conoce de la nueva Ley Minera, que estaría más próxima a la aplicación de cargas tributarias, sin la apropiada compensación utilitaria para fortalecer e incentivar las inversiones.
El gran peligro está en que las "nuevas reglas de juego" ahuyenten a los futuros operadores mineros y determinen ciertas restricciones en los planes que todavía se ejecutan en el ámbito minero privado, bajo condiciones de incertidumbre por la gran duda que existe sobre la aprobación de la Ley, que en lugar de promover mejores condiciones de producción puede tener el efecto contrario de reducir sensiblemente la actividad minera, inclusive en los niveles del sector estatal y de las cooperativas que aún bajo condiciones de un apoyo "efectivo" a la hora de medir las condiciones de competitividad en el mercado internacional pueden resultar perjudicadas frente a las favorables condiciones que otorgan los países vecinos para implementar una sólida minería regional, en base a capitales externos y una amplia gama de facilidades e incentivos.
Lo esencial en materia de producción minera está en relación directa con los montos de inversión, dimensión del proyecto en sí, cuantificación de reservas que tiene un yacimiento y la proyección del mismo para el desarrollo de los trabajos a mediano y largo plazo, entendiendo que la minería necesita del "factor tiempo" para establecer sus condiciones de rentabilidad para cubrir sus costos de operación y luego recién encarar la recuperación de excedentes para cubrir las inversiones, sean estas pequeñas, medianas o grandes el sistema tiene prioridades que no pueden alterarse por efecto de normas mal elaboradas
Lo que se espera es que las disposiciones que sean aprobadas estén sujetas a la realidad que vive el país y la necesidad de producir más en condiciones que sean favorables a quienes arriesgarán capitales para desarrollar proyectos que servirán de uno u otro modo al desarrollo del país, pues de eso se trata cuando se habla de la minería en su conjunto como el rubro más destacado por la "producción de divisas" para el Erario, para las regiones en que se producen los hechos mineros y para garantizar el equilibrio financiero nacional.
Si todavía hay tiempo para madurar en la importancia de disponer un conjunto de medidas, apropiadas, viables, equitativas y prácticas para impulsar lo que se reclama desde hace muchos años y que tiene que ver con una verdadera reactivación de nuestra minería ésta puede ser la ocasión para que al reemplazarse el código minero se alienten nuevas esperanzas de cumplir un conjunto de objetivos que hagan de la minería en general, el sector más importante de la economía boliviana, ampliando sus proyecciones en la creación de miles de más empleos directos e indirectos, de mayores ingresos regionales y de constituirse en el rubro más sólido de la generación de recursos para beneficio de todo el país.
En minería no puede hacerse proyecciones teóricas si no se conoce con claridad la potencialidad de los yacimientos a explotar y cuando se tengan tales datos lo que corresponde es definir la cuantía de inversión para que la misma sea efectivizada, bajo la seguridad de apropiadas garantías, en un marco de posibilidades favorables, que permitan al Estado tomar lo que realmente le corresponda sin aplicar regulaciones que sean más bien extorsiones. En materia impositiva, todos los sectores deben contribuir con sus aportes, sólo que estos deberán aplicarse en un modelo de equilibrio, entre inversiones y utilidades y el cumplimiento de convenios solidarios de beneficio comunitario.
sábado, 29 de octubre de 2011
Nuevo Código Minero
Está demorando bastante la aprobación de un nuevo código de minería, aunque en el tratamiento actual se considera la normativa como la Ley de Minería que definirá la actividad productiva más importante del país.
Hay que hacer un recuento de lo que acontece sobre el asunto para enumerar algunos aspectos importantes por ejemplo el hecho de que la actual administración de gobierno fuera de estatizar todos los recursos naturales del suelo y subsuelo de la Nación, elimina el sistema de concesiones (mineras) y lo reemplaza por la aprobación de contratos o licencias específicas.
Mucho se habla sobre el tema y lo más grave es que existen algunas marcadas contradicciones en materia de reglas claras que garanticen las inversiones para impulsar la actividad minera en general, pero especialmente desde el sector privado interesado en disponer capitales para desarrollar proyectos de diferente magnitud en el ámbito minero.
Se menciona el hecho porque si bien es notorio el interés de países asiáticos por invertir en macro proyectos mineros, como el caso del litio en los salares de Uyuni y Coipasa, no faltan interesados en el cobre, el zinc, el oro, plata y estaño, además del hierro del Mutún y hasta estratégicamente en la búsqueda de uranio, que si bien se descarta en niveles oficiales, no se anula en la visión emprendedora de algunos interesados.
Lo que preocupa en realidad es el avance del tratamiento de la nueva Ley Minera y algunos aspectos que actualmente se debaten en comisiones y se relacionan con el ya anticipado proceso de "migración de contratos", pero que en la nueva estructura del Código saliente se eliminaría para dar paso a la liquidación de las concesiones y su reemplazo por contratos, aunque el procedimiento y efecto ya no será el mismo de una simple migración, que se entendía tan sólo como un cambio de procedimiento y no de sistema como está planteándose en la nueva normativa.
La ley minera utilizará el argumento de contenido sobre propiedad de tierra y territorio, ratificando que la propiedad de los recursos naturales existentes en el suelo y subsuelo son de "dominio directo, indivisible e imprescriptible del pueblo boliviano… por lo tanto su administración corresponde al Estado", esa situación elimina lo que por más de un siglo ha estado vigente para el desarrollo de actividades mineras privadas, a través de la concesión de áreas de explotación que será reemplazada en adelante por el sistema de los contratos mineros y las licencias específicas.
Para la futura aplicación de la modalidad de contratos se establecerá la segmentación del territorio boliviano en tres áreas definidas como la de Reserva Fiscal, otra de aprovechamiento estatal y la última como de aprovechamiento por particulares. De momento se aclara que el Estado tiene prioridad en el uso y aprovechamiento de los recursos minerales a través de empresas estatales o mixtas y podrá disponer de algunas áreas a particulares por el sistema de contratos y licencias, justamente estas dos últimas alternativas merecen una explicación más concreta y definida de sus características que seguramente reglamentará la nueva Ley.
Lo poco que se conoce deja dudas sobre las ventajas que podrían ser aprovechables en la nueva Ley Minera.
Hay que hacer un recuento de lo que acontece sobre el asunto para enumerar algunos aspectos importantes por ejemplo el hecho de que la actual administración de gobierno fuera de estatizar todos los recursos naturales del suelo y subsuelo de la Nación, elimina el sistema de concesiones (mineras) y lo reemplaza por la aprobación de contratos o licencias específicas.
Mucho se habla sobre el tema y lo más grave es que existen algunas marcadas contradicciones en materia de reglas claras que garanticen las inversiones para impulsar la actividad minera en general, pero especialmente desde el sector privado interesado en disponer capitales para desarrollar proyectos de diferente magnitud en el ámbito minero.
Se menciona el hecho porque si bien es notorio el interés de países asiáticos por invertir en macro proyectos mineros, como el caso del litio en los salares de Uyuni y Coipasa, no faltan interesados en el cobre, el zinc, el oro, plata y estaño, además del hierro del Mutún y hasta estratégicamente en la búsqueda de uranio, que si bien se descarta en niveles oficiales, no se anula en la visión emprendedora de algunos interesados.
Lo que preocupa en realidad es el avance del tratamiento de la nueva Ley Minera y algunos aspectos que actualmente se debaten en comisiones y se relacionan con el ya anticipado proceso de "migración de contratos", pero que en la nueva estructura del Código saliente se eliminaría para dar paso a la liquidación de las concesiones y su reemplazo por contratos, aunque el procedimiento y efecto ya no será el mismo de una simple migración, que se entendía tan sólo como un cambio de procedimiento y no de sistema como está planteándose en la nueva normativa.
La ley minera utilizará el argumento de contenido sobre propiedad de tierra y territorio, ratificando que la propiedad de los recursos naturales existentes en el suelo y subsuelo son de "dominio directo, indivisible e imprescriptible del pueblo boliviano… por lo tanto su administración corresponde al Estado", esa situación elimina lo que por más de un siglo ha estado vigente para el desarrollo de actividades mineras privadas, a través de la concesión de áreas de explotación que será reemplazada en adelante por el sistema de los contratos mineros y las licencias específicas.
Para la futura aplicación de la modalidad de contratos se establecerá la segmentación del territorio boliviano en tres áreas definidas como la de Reserva Fiscal, otra de aprovechamiento estatal y la última como de aprovechamiento por particulares. De momento se aclara que el Estado tiene prioridad en el uso y aprovechamiento de los recursos minerales a través de empresas estatales o mixtas y podrá disponer de algunas áreas a particulares por el sistema de contratos y licencias, justamente estas dos últimas alternativas merecen una explicación más concreta y definida de sus características que seguramente reglamentará la nueva Ley.
Lo poco que se conoce deja dudas sobre las ventajas que podrían ser aprovechables en la nueva Ley Minera.
martes, 6 de septiembre de 2011
El Código Minero deja tres temas pendientes
Afirman que el plebiscito no debe ser vinculante, porque puede ser “peligroso” para los emprendimientos extractivos regionales y para el país.
La Federación de Cooperativas Mineras (Fencomin) y la Cámara Nacional de Minería (Canalmin) informaron que los temas respectivos a los contratos mineros, regalías y la consulta serán analizados al final de la redacción del nuevo Código sectorial.
Todos los sectores involucrados en el tema participarán en el análisis de los puntos pendientes.
El presidente de Fencomin, Albino García, explicó que no se ha podido lograr consenso acerca de ninguno de los tres puntos debido a que los técnicos del Ministerio de Minería quieren hacer prevalecer su propuesta.
En lo referente a los contratos, los cooperativistas proponen que se mantenga el concepto de concesiones mineras, aunque bajo otro denominativo, “pero que el procedimiento sea el mismo”.
La consulta peligrosa. García calificó a la consulta como “peligrosa”, por lo que se buscará que ésta no sea vinculante. “Hemos manifestado nuestro desacuerdo sobre cómo se maneja el tema de la consulta, porque generará movilizaciones de los campesinos o indígenas. Un claro ejemplo es la marcha del TIPNIS. Si es vinculante, habrá que someterse a su respuesta. La consulta no sólo afecta a la minería o a los hidrocarburos, sino a otros emprendimientos que se busca hacer en el país“, detalló.
El presidente de la Canalmin, Saturnino Ramos, señaló que para esa entidad ha propuesto que se mantenga la fórmula actual de cálculo de regalías que se aplica actualmente, pues se basa en la cotización del mineral.
El borrador del proyecto establece que la regalía grava a la explotación. La base de cálculo es el valor bruto de venta, para lo cual la cotización oficial da un promedio aritmético quincenal. “El Ministerio de Minería tiene otra propuesta, busca que se estandarice el pago de los impuestos”.
55,8 por ciento aporta la minería mediana al total de la producción. La chica y la cooperativizada, el 36,73 por ciento.
Los mineros deben tramitar nit. El presidente de la Cámara Nacional de Minería, Saturnino Ramos, observó que el Servicio de Impuestos Nacionales obligue a los mineros a que obtengan el Número de Identificación Tributaria (NIT), ya que en las comunidades, dijo, el trabajo es empírico, por lo que no hay acceso a las facturas. “Este sistema perjudicará mucho al desempeño de la minería chica. Además, habrá problemas con la información”.
La Federación de Cooperativas Mineras (Fencomin) y la Cámara Nacional de Minería (Canalmin) informaron que los temas respectivos a los contratos mineros, regalías y la consulta serán analizados al final de la redacción del nuevo Código sectorial.
Todos los sectores involucrados en el tema participarán en el análisis de los puntos pendientes.
El presidente de Fencomin, Albino García, explicó que no se ha podido lograr consenso acerca de ninguno de los tres puntos debido a que los técnicos del Ministerio de Minería quieren hacer prevalecer su propuesta.
En lo referente a los contratos, los cooperativistas proponen que se mantenga el concepto de concesiones mineras, aunque bajo otro denominativo, “pero que el procedimiento sea el mismo”.
La consulta peligrosa. García calificó a la consulta como “peligrosa”, por lo que se buscará que ésta no sea vinculante. “Hemos manifestado nuestro desacuerdo sobre cómo se maneja el tema de la consulta, porque generará movilizaciones de los campesinos o indígenas. Un claro ejemplo es la marcha del TIPNIS. Si es vinculante, habrá que someterse a su respuesta. La consulta no sólo afecta a la minería o a los hidrocarburos, sino a otros emprendimientos que se busca hacer en el país“, detalló.
El presidente de la Canalmin, Saturnino Ramos, señaló que para esa entidad ha propuesto que se mantenga la fórmula actual de cálculo de regalías que se aplica actualmente, pues se basa en la cotización del mineral.
El borrador del proyecto establece que la regalía grava a la explotación. La base de cálculo es el valor bruto de venta, para lo cual la cotización oficial da un promedio aritmético quincenal. “El Ministerio de Minería tiene otra propuesta, busca que se estandarice el pago de los impuestos”.
55,8 por ciento aporta la minería mediana al total de la producción. La chica y la cooperativizada, el 36,73 por ciento.
Los mineros deben tramitar nit. El presidente de la Cámara Nacional de Minería, Saturnino Ramos, observó que el Servicio de Impuestos Nacionales obligue a los mineros a que obtengan el Número de Identificación Tributaria (NIT), ya que en las comunidades, dijo, el trabajo es empírico, por lo que no hay acceso a las facturas. “Este sistema perjudicará mucho al desempeño de la minería chica. Además, habrá problemas con la información”.
lunes, 6 de junio de 2011
Un nuevo código minero
Las expectativas de los sectores afines a la actividad minera están centradas en lo que será el nuevo Código Minero, pero que en ésta ocasión se presentará con características de Ley de Minería y presentará un conjunto de medidas que regularán las futuras tareas mineras, estatales, privadas y cooperativizadas.
Cuando se habla de nuevas normas, hay quiénes anticipan que existirán un conjunto de disposiciones para impulsar al sector estatal y otras medidas muy estrictas para controlar la actividad minera privada, tanto del sector mediano como también del denominado chico, seguramente incorporando algunas disposiciones favorables a los cooperativistas mineros que en el último tiempo han recibido un apoyo financiero por parte del Estado, que no se ha extendido a otros sectores, por tanto se espera que las nuevas regulaciones tengan un mínimo de equidad, para compensar beneficios por obligaciones cumplidas.
El factor económico que produce la minería es sumamente importante, tanto que sus réditos directos sustentan el TGN, sus regalías apoyan los proyectos de desarrollo departamental y de los municipios, allí donde se producen las actividades de producción minera. Pero el beneficio va más allá, puesto que la minería seguirá siendo el rubro más importante en la generación de empleos seguros pero al mismo tiempo diversificando los mismos hacia otras tareas colaterales como los servicios que requiere la minería, como transporte, la provisión de alimentos, insumos mineros, equipos, repuestos, herramientas y otros elementos que producen ingresos para miles de personas que sienten el efecto multiplicador de la producción minera.
Empresarios mineros privados especialmente, muestran preocupación por lo que podría resultar la aplicación de un nuevo código que no sea la expresión real y evidente de las necesidades y las proyecciones de los industriales mineros que abrigan la esperanza de encontrar en las nuevas normas un incentivo a sus emprendimientos y un factor de seguridad para realizar mayores inversiones, las que se reducirían o simplemente desaparecerían si no se dan condiciones de seguridad y garantía para el desempeño de la minería en general, que necesita de mucho tiempo para concretar un proyecto desde la parte de exploración, prospección, explotación y exportación.
La minería, si bien se considera patrimonio del Estado, por las características de su concepción y el interés político, en realidad es un patrimonio de todos los bolivianos y por tanto su búsqueda, su uso y su venta deben ser de interés general y de beneficio comunitario. A eso debe dirigirse el establecimiento de las nuevas disposiciones que sean parte de los articulados de la Ley que puede surgir en tiempo relativamente corto y que ojala sirva para impulsar la minería en su conjunto y no para detener su avance, justamente en un tiempo como el actual que necesita de fuertes inversiones para consolidar los macro proyectos de la minería nacional.
Es importante que los impulsores de la nueva ley minera recapaciten sobre la responsabilidad que tienen para entregar a consideración de la Asamblea Legislativa, un instrumento que al ser aprobado, posibilite al país y su sector productivo más importante, avanzar con seguridad y sin contratiempos de orden "social o político sectario" que alteren su curso de sustento de la economía nacional.
Cuando se habla de nuevas normas, hay quiénes anticipan que existirán un conjunto de disposiciones para impulsar al sector estatal y otras medidas muy estrictas para controlar la actividad minera privada, tanto del sector mediano como también del denominado chico, seguramente incorporando algunas disposiciones favorables a los cooperativistas mineros que en el último tiempo han recibido un apoyo financiero por parte del Estado, que no se ha extendido a otros sectores, por tanto se espera que las nuevas regulaciones tengan un mínimo de equidad, para compensar beneficios por obligaciones cumplidas.
El factor económico que produce la minería es sumamente importante, tanto que sus réditos directos sustentan el TGN, sus regalías apoyan los proyectos de desarrollo departamental y de los municipios, allí donde se producen las actividades de producción minera. Pero el beneficio va más allá, puesto que la minería seguirá siendo el rubro más importante en la generación de empleos seguros pero al mismo tiempo diversificando los mismos hacia otras tareas colaterales como los servicios que requiere la minería, como transporte, la provisión de alimentos, insumos mineros, equipos, repuestos, herramientas y otros elementos que producen ingresos para miles de personas que sienten el efecto multiplicador de la producción minera.
Empresarios mineros privados especialmente, muestran preocupación por lo que podría resultar la aplicación de un nuevo código que no sea la expresión real y evidente de las necesidades y las proyecciones de los industriales mineros que abrigan la esperanza de encontrar en las nuevas normas un incentivo a sus emprendimientos y un factor de seguridad para realizar mayores inversiones, las que se reducirían o simplemente desaparecerían si no se dan condiciones de seguridad y garantía para el desempeño de la minería en general, que necesita de mucho tiempo para concretar un proyecto desde la parte de exploración, prospección, explotación y exportación.
La minería, si bien se considera patrimonio del Estado, por las características de su concepción y el interés político, en realidad es un patrimonio de todos los bolivianos y por tanto su búsqueda, su uso y su venta deben ser de interés general y de beneficio comunitario. A eso debe dirigirse el establecimiento de las nuevas disposiciones que sean parte de los articulados de la Ley que puede surgir en tiempo relativamente corto y que ojala sirva para impulsar la minería en su conjunto y no para detener su avance, justamente en un tiempo como el actual que necesita de fuertes inversiones para consolidar los macro proyectos de la minería nacional.
Es importante que los impulsores de la nueva ley minera recapaciten sobre la responsabilidad que tienen para entregar a consideración de la Asamblea Legislativa, un instrumento que al ser aprobado, posibilite al país y su sector productivo más importante, avanzar con seguridad y sin contratiempos de orden "social o político sectario" que alteren su curso de sustento de la economía nacional.
jueves, 26 de mayo de 2011
Incertidumbre sobre Nuevo Código Minero
Teniendo plena conciencia de una realidad ineluctable como es el valor de la minería boliviana que seguirá siendo sostén de la economía nacional por muchos años, hay que convenir en que las normas que se dicten para su desempeño deben ser efectivas, prácticas, reales y flexibles y no incurrir en errores que influyan negativamente en su inmediato y futuro desarrollo.
La circulación de rumores que se originan en el propio aparato estatal y en los organismos específicamente responsables del manejo minero, el Ministerio de Minería y Metalurgia (MMM) o la Comibol, manteniendo la incertidumbre sobre el destino de varias minas con la corriente de "una posible nacionalización", generan una reacción lógica entre los operadores mineros, los que tienen concesiones o invirtieron en minas alquiladas e inclusive quienes suscribieron contratos mixtos con el Estado a través de la Comibol o los muchos mineros asociados en cooperativas, que no saben cuál será el destino de la minería.
Preocupa el tema y profundamente porque sencillamente en el país, la minería es el sistema productivo que tiene el mayor porcentaje de fuentes de empleos reales, vigentes y permanentes, en tanto las condiciones de explotación de recursos naturales se presenten favorablemente.
Miles de personas viven al amparo de la minería, los mineros directos, las familias de estos y de manera indirecta beneficiarios conexos, como los proveedores de servicios a las minas, alimentos, insumos variados, materiales, medicinas, repuestos, transporte, energía y otros que se nutren de la actividad minera de manera indirecta y que son también parte de ese conjunto de beneficios que permite la diversificación de oportunidades desde la productividad minera, incomparable su beneficio si se mide su efecto con otros sistemas productivos del país.
Por esas circunstancias especiales es que se formulan recomendaciones y sugerencias especiales desde los sectores productivos mineros, instando a las autoridades y políticos encargados de elaborar el proyecto de la Nueva Ley Minera, tomar en cuenta las excepcionales condiciones que ofrece la minería para solventar con absoluta garantía la economía nacional, proceso que debe fortalecerse con la aprobación de normas que precautelen el sistema y que defiendan las riquezas mineralógicas de la Nación, pero al mismo tiempo que garanticen las inversiones para su desarrollo sostenible.
La política administrativa del Estado tiene que dirigirse a la búsqueda de lograr más riqueza para ampliar las fuentes de empleo y la seguridad de la población, por tanto en el caso de la minería, es menester adoptar las medidas más serenas, prácticas, equitativas y garantizadas para encarar proyectos mineros que nos permitan aprovechar las modernas tecnologías que hacen posible el progreso de otros países, donde la minería tiene tratamiento de "majestad".
El tiempo actual posiblemente nos permita aún el margen suficiente de buenos precios, para consolidar la proyección minera boliviana, sustentada en una Ley abierta a capitales, tecnología, sistemas de alta producción, que beneficien a los sectores de la minería boliviana, privados, estatales, medianos, chicos y cooperativizados, como parte –en este momento– del proyecto más importante de la economía boliviana.
La circulación de rumores que se originan en el propio aparato estatal y en los organismos específicamente responsables del manejo minero, el Ministerio de Minería y Metalurgia (MMM) o la Comibol, manteniendo la incertidumbre sobre el destino de varias minas con la corriente de "una posible nacionalización", generan una reacción lógica entre los operadores mineros, los que tienen concesiones o invirtieron en minas alquiladas e inclusive quienes suscribieron contratos mixtos con el Estado a través de la Comibol o los muchos mineros asociados en cooperativas, que no saben cuál será el destino de la minería.
Preocupa el tema y profundamente porque sencillamente en el país, la minería es el sistema productivo que tiene el mayor porcentaje de fuentes de empleos reales, vigentes y permanentes, en tanto las condiciones de explotación de recursos naturales se presenten favorablemente.
Miles de personas viven al amparo de la minería, los mineros directos, las familias de estos y de manera indirecta beneficiarios conexos, como los proveedores de servicios a las minas, alimentos, insumos variados, materiales, medicinas, repuestos, transporte, energía y otros que se nutren de la actividad minera de manera indirecta y que son también parte de ese conjunto de beneficios que permite la diversificación de oportunidades desde la productividad minera, incomparable su beneficio si se mide su efecto con otros sistemas productivos del país.
Por esas circunstancias especiales es que se formulan recomendaciones y sugerencias especiales desde los sectores productivos mineros, instando a las autoridades y políticos encargados de elaborar el proyecto de la Nueva Ley Minera, tomar en cuenta las excepcionales condiciones que ofrece la minería para solventar con absoluta garantía la economía nacional, proceso que debe fortalecerse con la aprobación de normas que precautelen el sistema y que defiendan las riquezas mineralógicas de la Nación, pero al mismo tiempo que garanticen las inversiones para su desarrollo sostenible.
La política administrativa del Estado tiene que dirigirse a la búsqueda de lograr más riqueza para ampliar las fuentes de empleo y la seguridad de la población, por tanto en el caso de la minería, es menester adoptar las medidas más serenas, prácticas, equitativas y garantizadas para encarar proyectos mineros que nos permitan aprovechar las modernas tecnologías que hacen posible el progreso de otros países, donde la minería tiene tratamiento de "majestad".
El tiempo actual posiblemente nos permita aún el margen suficiente de buenos precios, para consolidar la proyección minera boliviana, sustentada en una Ley abierta a capitales, tecnología, sistemas de alta producción, que beneficien a los sectores de la minería boliviana, privados, estatales, medianos, chicos y cooperativizados, como parte –en este momento– del proyecto más importante de la economía boliviana.
sábado, 14 de mayo de 2011
El Gobierno debe aceptar que las concesiones mineras tienen plena vigencia y deben incluirse en la nueva Ley
En el último tiempo se dan una serie de cambios en materia de legislación minera, el Código queda fuera de circulación y se prepara una nueva Ley sectorial, aunque con una serie de imponderables que observan quienes de manera directa están inmersos en la producción pero no aún no han sido consultados para exponer sugerencias y planteamientos que deberían tomarse en cuenta para consensuar criterios y lograr una normativa de consenso.
Los precios internacionales favorecen las condiciones actuales de explotación y comercialización de minerales, pero las utilidades no siempre se distribuyen de manera racional para beneficio colectivo y para asegurar la continuidad de las operaciones mineras.
Hay una serie de elementos que configuran un panorama confuso y complicado, aunque con algunas luces que podrían encenderse al final del túnel, siempre que se adopten medidas de incentivo y seguridad para impulsar la minería nacional.
PERSPECTIVA MINERA quiere recoger las opiniones de los más directos protagonistas de la actividad minera, tal el caso del conocido industrial minero Mario Mariscal Morales, actual presidente del Comité Boliviano de Productores de Antimonio que como otros actores de la minería confronta problemas.
Mario Mariscal (MM).- Quiero referirme al problema latente que vamos arrastrando ya en los últimos meses y de acuerdo a las disposiciones transitorias de la nueva Constitución que aprobó este régimen y que debía cambiar el estatus legal de las concesiones mineras, empero a través de un decreto supremo han postergado el tratamiento de este tema indefinidamente El carácter retroactivo de las disposiciones legales no tiene vigencia en este momento, puesto que toda ley es imperativa en su cumplimiento para el futuro ya que la retroactividad no puede llevarse a cabo porque la disposición legal pasó dentro de su término, por lo tanto creemos que el Gobierno está en la obligación y en sus facultades de aceptar que "todas las concesiones mineras tengan su plena vigencia".
Perspectiva Minera (PM). Es un tema delicado que puede o no incluirse de ese modo en la nueva ley minera. Los productores mineros deberán someterse a la normativa que se apruebe, pero si la misma no satisface expectativas, como la referida a las concesiones, que propuesta tiene su sector.
MM.- En vísperas de tratar el texto de una nueva ley minera que sustituya al actual Código de Minería, creemos que el Gobierno está en la obligación ineludible de escuchar a todos los sectores involucrados en el problema, el caso de la minería estatal, la minería mediana, la minería pequeña y el sector cooperativista deben intervenir de manera conjunta en el tratamiento del proyecto de ley, en resguardo de sus intereses, para evitar una ley aprobada unilateralmente desde el gobierno. La minería es la actividad madre del país y precisamente en el momento coyuntural con buenos precios internacionales debemos velar por que el país se beneficie con los precios que rigen en el mercado internacional de minerales.
PM.-Uno de los aspectos más importantes que se tratará en el proyecto de la nueva ley minera, tiene que ver con las regalías, éstas podrían modificarse, de ser así ¿cuál sería el efecto para el sector de la minería privada?
MM.- Es preocupante porque parece que hay una mala comprensión respecto al sistema de contribuciones que realiza la minería en general, concretamente en el régimen de impuestos y regalías. Las regalías se pagan en el momento de la exportación, desde cualquier sector, chico, mediano o cooperativo, ahora sucede que por efecto de las excelentes cotizaciones internacionales, las recaudaciones han llegado a posiciones admirables dentro de su contexto valorativo, por ejemplo en el caso del estaño, era difícil creer que pueda llegar a 14 $us. la libra fina o que la plata pudiese llegar a 43 dólares la onza troy, lo que permite la aplicación de una escala extrema mayor, favorecida por la cotización internacional, por tanto no se tratan de contribuciones excepcionales que estuviera haciendo la minería en general. Existe una mala comprensión del problema y eso se ha comprobado en diferentes seminarios, talleres e inclusive en algunos medios de comunicación, por ejemplo en un programa de TV, una comentadora señaló que la minería paga una irrisoria suma como regalía, eso es desconocimiento total e ignorancia de la verdadera contribución que hace la minería, ya que fuera de la regalía, las empresas están obligadas a pagar un impuesto del 25 por ciento sobre las utilidades que si llegan a determinado monto obligan a un pago adicional de impuesto del 12.5 %.
PM.- ¿El actual régimen de regalías e impuestos que rige en el país es competitivo con iguales regímenes aplicados en países vecinos, caso de Chile, Perú o Argentina?
MM.- Si hacemos una relación comparativa con los países que tenemos alrededor, Chile y Perú eminentemente mineros, donde las contribuciones que hacen los productores, llámense impuestos o regalías, no se asemejan a los que en nuestro país están establecidos. Ahora si el Gobierno pretende subir dentro de algunos porcentajes (publicados) yo creo que van a matar a la gallina de los huevos de oro, a la actividad madre del país, la minería.
PM.- Se habló de la posibilidad de nacionalizar algunas empresas mineras, pero los sindicatos dieron marcha atrás en esa intención, sin embargo persiste el problema de avasallamiento contra empresas privadas y es un tema sin solución, los empresarios exigen garantías pero no están plenamente dadas.
MM.- En cuanto a nacionalizaciones, sería un grave error del Gobierno, alterando seriamente la seguridad jurídica que ofrece a inversionistas, pero en lo que corresponde a las concesiones mineras, hoy como nunca se ha visto que una mayoría es esas concesiones han sido intervenidas por moradores en la jurisdicción de proyectos mineros, sean campesinos u otros vecinos que afectan la propiedad privada, eso es una seria traba al sector productivo y lamentablemente sin soluciones concretas. La minería chica e inclusive la del sector cooperativo son las que más sufren por los avasallamientos de los campesinos que cambian de actividad, ocasionan problemas y alteran los planes de crecimiento minero, una situación que ni puede persistir por más tiempo.
Los precios internacionales favorecen las condiciones actuales de explotación y comercialización de minerales, pero las utilidades no siempre se distribuyen de manera racional para beneficio colectivo y para asegurar la continuidad de las operaciones mineras.
Hay una serie de elementos que configuran un panorama confuso y complicado, aunque con algunas luces que podrían encenderse al final del túnel, siempre que se adopten medidas de incentivo y seguridad para impulsar la minería nacional.
PERSPECTIVA MINERA quiere recoger las opiniones de los más directos protagonistas de la actividad minera, tal el caso del conocido industrial minero Mario Mariscal Morales, actual presidente del Comité Boliviano de Productores de Antimonio que como otros actores de la minería confronta problemas.
Mario Mariscal (MM).- Quiero referirme al problema latente que vamos arrastrando ya en los últimos meses y de acuerdo a las disposiciones transitorias de la nueva Constitución que aprobó este régimen y que debía cambiar el estatus legal de las concesiones mineras, empero a través de un decreto supremo han postergado el tratamiento de este tema indefinidamente El carácter retroactivo de las disposiciones legales no tiene vigencia en este momento, puesto que toda ley es imperativa en su cumplimiento para el futuro ya que la retroactividad no puede llevarse a cabo porque la disposición legal pasó dentro de su término, por lo tanto creemos que el Gobierno está en la obligación y en sus facultades de aceptar que "todas las concesiones mineras tengan su plena vigencia".
Perspectiva Minera (PM). Es un tema delicado que puede o no incluirse de ese modo en la nueva ley minera. Los productores mineros deberán someterse a la normativa que se apruebe, pero si la misma no satisface expectativas, como la referida a las concesiones, que propuesta tiene su sector.
MM.- En vísperas de tratar el texto de una nueva ley minera que sustituya al actual Código de Minería, creemos que el Gobierno está en la obligación ineludible de escuchar a todos los sectores involucrados en el problema, el caso de la minería estatal, la minería mediana, la minería pequeña y el sector cooperativista deben intervenir de manera conjunta en el tratamiento del proyecto de ley, en resguardo de sus intereses, para evitar una ley aprobada unilateralmente desde el gobierno. La minería es la actividad madre del país y precisamente en el momento coyuntural con buenos precios internacionales debemos velar por que el país se beneficie con los precios que rigen en el mercado internacional de minerales.
PM.-Uno de los aspectos más importantes que se tratará en el proyecto de la nueva ley minera, tiene que ver con las regalías, éstas podrían modificarse, de ser así ¿cuál sería el efecto para el sector de la minería privada?
MM.- Es preocupante porque parece que hay una mala comprensión respecto al sistema de contribuciones que realiza la minería en general, concretamente en el régimen de impuestos y regalías. Las regalías se pagan en el momento de la exportación, desde cualquier sector, chico, mediano o cooperativo, ahora sucede que por efecto de las excelentes cotizaciones internacionales, las recaudaciones han llegado a posiciones admirables dentro de su contexto valorativo, por ejemplo en el caso del estaño, era difícil creer que pueda llegar a 14 $us. la libra fina o que la plata pudiese llegar a 43 dólares la onza troy, lo que permite la aplicación de una escala extrema mayor, favorecida por la cotización internacional, por tanto no se tratan de contribuciones excepcionales que estuviera haciendo la minería en general. Existe una mala comprensión del problema y eso se ha comprobado en diferentes seminarios, talleres e inclusive en algunos medios de comunicación, por ejemplo en un programa de TV, una comentadora señaló que la minería paga una irrisoria suma como regalía, eso es desconocimiento total e ignorancia de la verdadera contribución que hace la minería, ya que fuera de la regalía, las empresas están obligadas a pagar un impuesto del 25 por ciento sobre las utilidades que si llegan a determinado monto obligan a un pago adicional de impuesto del 12.5 %.
PM.- ¿El actual régimen de regalías e impuestos que rige en el país es competitivo con iguales regímenes aplicados en países vecinos, caso de Chile, Perú o Argentina?
MM.- Si hacemos una relación comparativa con los países que tenemos alrededor, Chile y Perú eminentemente mineros, donde las contribuciones que hacen los productores, llámense impuestos o regalías, no se asemejan a los que en nuestro país están establecidos. Ahora si el Gobierno pretende subir dentro de algunos porcentajes (publicados) yo creo que van a matar a la gallina de los huevos de oro, a la actividad madre del país, la minería.
PM.- Se habló de la posibilidad de nacionalizar algunas empresas mineras, pero los sindicatos dieron marcha atrás en esa intención, sin embargo persiste el problema de avasallamiento contra empresas privadas y es un tema sin solución, los empresarios exigen garantías pero no están plenamente dadas.
MM.- En cuanto a nacionalizaciones, sería un grave error del Gobierno, alterando seriamente la seguridad jurídica que ofrece a inversionistas, pero en lo que corresponde a las concesiones mineras, hoy como nunca se ha visto que una mayoría es esas concesiones han sido intervenidas por moradores en la jurisdicción de proyectos mineros, sean campesinos u otros vecinos que afectan la propiedad privada, eso es una seria traba al sector productivo y lamentablemente sin soluciones concretas. La minería chica e inclusive la del sector cooperativo son las que más sufren por los avasallamientos de los campesinos que cambian de actividad, ocasionan problemas y alteran los planes de crecimiento minero, una situación que ni puede persistir por más tiempo.
sábado, 27 de noviembre de 2010
Proyecto del Código Minero Boliviano se entregará al Ministerio de Minería
La redacción final del proyecto del nuevo Código Minero será entregado en la presente semana al Ministerio de Minería y Metalurgia, para su posterior socialización entre los operadores mineros, anunció el viceministro de Desarrollo Productivo Minero Metalúrgico, Héctor Córdova, sobre la normativa que tiene plazo hasta diciembre para su aprobación.
“El proyecto está avanzando”, dijo la autoridad ministerial y mencionó que el documento es redactado por una comisión delegada y luego será nuevamente socializado entre los operadores mineros.
“A los actores mineros les proporcionaremos el proyecto, para comentarlo un poco y para después todas las representaciones nacionales puedan hacer conocer el documento a sus representaciones departamentales regionales”, dijo.
Anticipó, que en caso de existir observaciones al documento que aseguró tiene casi un total consenso entre los operadores mineros, las sugerencias serán tomadas en cuenta, mediante seminarios y talleres, antes de su ingreso a la Asamblea Legislativa Plurinacional.
La aprobación en diciembre, coincide con el acatamiento a la disposición transitoria octava de la Constitución Política del Estado (CPE) que determina en su párrafo primero: “En el plazo de un año desde la elección del Órgano Ejecutivo y del Órgano Legislativo, las concesiones sobre recursos naturales, electricidad, telecomunicaciones y servicios básicos deberán adecuarse al nuevo ordenamiento jurídico. La migración de las concesiones a un nuevo régimen jurídico en ningún caso supondrá desconocimiento de derechos adquiridos”.
En acatamiento a la deposición el plazo fenece el 5 de diciembre y para la migración de las concesiones a contratos mineros será necesaria una ley, como marco normativo.
En junio de la presente gestión el Ministerio de Minería y Metalurgia, organizó el seminario referente a la Nueva Ley Minera, en Huajchilla, Municipio Mecapaca, La Paz, con la participación de representantes de la minería chica, mediana, cooperativizada, estatal, sindicatos mineros y las gobernaciones mineras, constituyéndose en el primer acercamiento para consensuar la nueva normativa (LA PATRIA).
Portal Minero
jueves, 12 de agosto de 2010
POTENCIA EN PRODUCCION MINERA
Si hay un ideal que proviene de tiempos ancestrales y en algunos periodos de nuestra complicada vida política como República cobró importancia a nivel internacional, es la idea de convertir Bolivia en una verdadera potencia (minera) energética, trabajando de manera directa en la explotación de nuestras materias primas, esos recursos naturales –lamentablemente no renovables– que pueden marcar el camino de un desarrollo sostenible y de futuro en el que se diversifiquen los sistemas productivos, pero apoyados inicialmente por una poderosa minería, la metalurgia y la siderurgia.
Lo cierto es que en las gestiones del actual gobierno, no se han tomado decisiones concretas para asumir el reto de “reactivar la minería”, se trata de un planteamiento que se arrastra desde gobiernos pasados y eso significa que con el actual fácilmente podemos hablar de más de una década en que se reclama reactivación minera.
La caída del sistema en la década de los 80 con la relocalización de miles de mineros marco el desastre del sector, sin embargo desde entonces y con algunos periodos de duro sacrificio se logró repuntar la actividad, pero no se alcanzó la tan mentada reactivación, pues ahora, seguimos hablando de los macro proyectos mineros y en la práctica apenas estamos dando los primeros pasos de experimentación como sucede con el hierro del Mutún y lo más grave con el litio de los salares, pero sin una política minera definida.
Expertos nacionales, destacados industriales de la gran minería internacional ven a Bolivia como un centro de futuras y amplias perspectivas en materia de la producción minera, tanto así que se nos observa como un país próximo a convertirse en una verdadera potencia energética… pero hay que trabajar con mucha responsabilidad para alcanzar ese objetivo y mientras se continúe tan sólo en la fase de los discursos y los anuncios teóricos, será muy difícil llegar a la parte operativa que nos permita sustentarnos con nuestro potencial minero.
Hay ejemplos muy claros del tiempo actual que naturalmente preocupan a los entendidos, profesionales y expertos en minería de nuestro país, cuando se “dan largas” a la implementación de una política minera, que no es lo mismo que el Código Minero que se quiere implementar y cuyas reglas de juego tal parece que en lugar de atraer inversiones las ahuyentaran.
Lo que se reclama es un “programa general del desarrollo de la actividad minera en Bolivia”, tomando en cuenta las potencialidades que tiene cada región y las posibilidades de los protagonistas de la explotación de tales recursos con planes concretos y pragmáticos, técnicos y suficientemente respaldados con inversiones y tecnología.
Faltan las “reglas de juego” que si bien deben ser parte del Código Minero, también deben constituirse en normas para garantizar las inversiones, desde el plano jurídico, societario en su caso, garantías permanentes y lo que es más, una suerte de incentivos por ejemplo en el sistema tributario que signifiquen “reales tentaciones” para potenciales inversionistas, aspecto éste último que definirá la suerte de los próximos emprendimientos en la minería nacional en su conjunto, la chica, la mediana, la estatal y la cooperativizada.
El Estado debería alentar la actividad minera para que justifiquemos ese anhelo de convertir a Bolivia en una potencia de producción minera
domingo, 11 de abril de 2010
Control de recursos evaporíticos: El nuevo Código Minero definirá vigencia de empresas estatales
Sin mayores explicaciones en torno a la demora de presentar un proyecto para ejercer control directo sobre los yacimientos de minerales estratégicos, como el litio en principio más adelante quizás el uranio o el hierro, personal capacitado del Ministerio de Minería y Metalurgia estaría trabajando en el borrador de un Decreto Supremo (D.S.) que autorice la creación de la Empresa Nacional de Evaporíticos que tendrá la misión de controlar la explotación de los recursos que se encuentran en los Salares de Uyuni y Coipasa y su posterior proceso de industrialización.
El objetivo de la determinación superior sería anticipar los cambios que serán introducidos en el nuevo Código Minero que podrá “habilitar” tantas empresas estatales como sean necesarias para el control de la explotación minera.
Naturalmente que el adelanto filtrado en fuentes del ministerio, de acuerdo a una publicación periodística, abre un paréntesis de serias dudas sobre los verdaderos alcances que tenga la nueva normativa que regirá de manera general para toda la minería boliviana.
No se sabe cuánto adelantó el ex ministro Echazú en ésta materia, pero hay quienes señalan que la demora en cambiar la estructura de control minero en el ámbito nacional no gustó al Presidente y su entorno más próximo, lo que puede observarse ahora en la prisa de aplicar un decreto para poner en marcha una medida que habilite lo que sería la primera empresa estatal de control oficial sobre la explotación de nuestros recursos naturales.
En la actualidad y con una importante inversión estatal se construye “la planta piloto” de Uyuni con el objeto de extraer y producir carbonato de litio, materia prima para la futura fabricación industrial de las baterías de litio. La Comibol tiene la responsabilidad –temporal– de ese proyecto y no se explica aún la causa para que la misma sea reemplazada por otra empresa del mismo Estado posiblemente con metas más precisas, que ojala sean técnicas y no políticas.
El nuevo ministro de minería, un ex – dirigente minero, anunció en la ciudad de Oruro algo que “resonó como hecho halagüeño” y que señala la inversión de 500.000 dólares en la presente gestión con destino a estudios y exploración de las riquezas contenidas en el Salar de Coipasa, ubicado en la jurisdicción del Departamento de Oruro, evaluación o prospección que servirá luego para definir la aplicación que corresponda a la explotación no sólo de carbonato y cloruro de potasio, sino también a otros elementos químicos que se encuentran en Coipasa y no precisamente en las salmueras de Uyuni.
Si hay algo más rescatable, en la intención de agilizar la explotación de los recursos evaporíticos en nuestros salares, podría ser la necesidad de mostrar que el Estado puede por cuenta propia avanzar en una etapa importante -la primera- en la explotación del carbonato de litio.
Seguramente los técnicos del Ministerio están agilizando un trabajo que ya debió presentarse tiempo atrás como parte del nuevo Código de Minería que no se sabe por qué retrasó su nacimiento hasta el presente, aunque no se puede ignorar que frente a la competitividad de los países vecinos en materia de minería, quienes trabajan no sólo en un decreto sino en el Código Minero tienen una doble responsabilidad, la primera que el instrumento sirva para dinamizar la actividad productiva minera con todos los detalles de incentivos para ese efecto (financieros y tributarios) y la segunda que se dispongan todas las medidas de seguridad que hagan viables las inversiones, garantizando estabilidad y eliminando de manera definitiva la negativa forma de liquidar proyectos a través del fácil expediente del avasallamiento de tierras, concesiones, propiedad privada, fuentes de empleo, equipos, maquinaria, herramientas e incluso minerales.
Si realmente hay prisa por ejercer control sobre la explotación de nuestros recursos evaporíticos sin lugar a dudas las previsiones oficiales tienen mucho que ver en la gestación y alumbramiento futuro de otra empresa estatal, que más allá de los fines de control productivo abra las puertas a otra fuente de orden social y no específicamente técnica.
No todo está definido se trata de apreciaciones interesantes que pueden ser en un momento dado la prueba de que existen intenciones “salvadoras” para encarar lo que se reclama durante muchos años y no se da la reactivación de la minería boliviana, pero bajo regulaciones especiales que sirvan para cuidar la “gallina de los huevos de oro” y no llevarla al matadero.
(Agencia URU)
El objetivo de la determinación superior sería anticipar los cambios que serán introducidos en el nuevo Código Minero que podrá “habilitar” tantas empresas estatales como sean necesarias para el control de la explotación minera.
Naturalmente que el adelanto filtrado en fuentes del ministerio, de acuerdo a una publicación periodística, abre un paréntesis de serias dudas sobre los verdaderos alcances que tenga la nueva normativa que regirá de manera general para toda la minería boliviana.
No se sabe cuánto adelantó el ex ministro Echazú en ésta materia, pero hay quienes señalan que la demora en cambiar la estructura de control minero en el ámbito nacional no gustó al Presidente y su entorno más próximo, lo que puede observarse ahora en la prisa de aplicar un decreto para poner en marcha una medida que habilite lo que sería la primera empresa estatal de control oficial sobre la explotación de nuestros recursos naturales.
En la actualidad y con una importante inversión estatal se construye “la planta piloto” de Uyuni con el objeto de extraer y producir carbonato de litio, materia prima para la futura fabricación industrial de las baterías de litio. La Comibol tiene la responsabilidad –temporal– de ese proyecto y no se explica aún la causa para que la misma sea reemplazada por otra empresa del mismo Estado posiblemente con metas más precisas, que ojala sean técnicas y no políticas.
El nuevo ministro de minería, un ex – dirigente minero, anunció en la ciudad de Oruro algo que “resonó como hecho halagüeño” y que señala la inversión de 500.000 dólares en la presente gestión con destino a estudios y exploración de las riquezas contenidas en el Salar de Coipasa, ubicado en la jurisdicción del Departamento de Oruro, evaluación o prospección que servirá luego para definir la aplicación que corresponda a la explotación no sólo de carbonato y cloruro de potasio, sino también a otros elementos químicos que se encuentran en Coipasa y no precisamente en las salmueras de Uyuni.
Si hay algo más rescatable, en la intención de agilizar la explotación de los recursos evaporíticos en nuestros salares, podría ser la necesidad de mostrar que el Estado puede por cuenta propia avanzar en una etapa importante -la primera- en la explotación del carbonato de litio.
Seguramente los técnicos del Ministerio están agilizando un trabajo que ya debió presentarse tiempo atrás como parte del nuevo Código de Minería que no se sabe por qué retrasó su nacimiento hasta el presente, aunque no se puede ignorar que frente a la competitividad de los países vecinos en materia de minería, quienes trabajan no sólo en un decreto sino en el Código Minero tienen una doble responsabilidad, la primera que el instrumento sirva para dinamizar la actividad productiva minera con todos los detalles de incentivos para ese efecto (financieros y tributarios) y la segunda que se dispongan todas las medidas de seguridad que hagan viables las inversiones, garantizando estabilidad y eliminando de manera definitiva la negativa forma de liquidar proyectos a través del fácil expediente del avasallamiento de tierras, concesiones, propiedad privada, fuentes de empleo, equipos, maquinaria, herramientas e incluso minerales.
Si realmente hay prisa por ejercer control sobre la explotación de nuestros recursos evaporíticos sin lugar a dudas las previsiones oficiales tienen mucho que ver en la gestación y alumbramiento futuro de otra empresa estatal, que más allá de los fines de control productivo abra las puertas a otra fuente de orden social y no específicamente técnica.
No todo está definido se trata de apreciaciones interesantes que pueden ser en un momento dado la prueba de que existen intenciones “salvadoras” para encarar lo que se reclama durante muchos años y no se da la reactivación de la minería boliviana, pero bajo regulaciones especiales que sirvan para cuidar la “gallina de los huevos de oro” y no llevarla al matadero.
(Agencia URU)
miércoles, 9 de diciembre de 2009
Análisis de política minera del país
Se suman criterios sobre la necesidad de elaborar un nuevo Código de Minería, concordante con la NCPE, lo que merece en definitiva el respaldo correspondiente a todo nivel. Este hecho fue abordado en el pasado inmediato con propuestas parciales y de poco impacto y por otro lado a través del Ejecutivo, Empresarios y Cooperativas mineras. En las gestiones 2007 y 2008, el comportamiento del mercado de minerales, cuyas cotizaciones incentivaron la actividad minera, esta variable gravita con mayor fuerza en la producción, lo que dio lugar a un incremento de volúmenes de producción.
Comibol menciona que la Empresa Huanuni, pronostica para la Gestión 2009; realizar un récord de producción de 9.320 TMF, en la gestión 2006 la producción fue de 2.220 TMF con 800 trabajadores; el año 2007 alcanzó a 7.668 TMF y el año 2008 fue de 7.375 TMF con 5.000 trabajadores, habiéndose incrementado en + 625 % en número de trabajadores, en gestión del ministro Guillermo Dalence.
El cálculo matemático elemental demuestra que, el incremento de personal dio resultados negativos; según los parámetros de producción y el número de trabajadores empleados, el Indice de Rendimiento en la gestión 2006 fue: 2.220 TMF/800 hombres el factor es 2,77 TMF/hombre; el año 2007 para una producción de 7.668 TMF/5.000 hombres el rendimiento fue de 1.53 TMF/Hombre; para el año 2008 tenemos; 7.875 TMF/5,000 hombres; el rendimiento fue de 1,57 TMF/Hombre; para la gestión 2009 cuya producción se pronostica en 9.320 TMF/5,000 hombres el Indice de Rendimiento dará 1,86 TMF/Hombre; La diferencia entre el 2006 y el 2009 es de -0.91 TMF/hombre; los resultados matemáticos demuestran que el incremento de personal de 800 a 5.000 obreros dan resultados negativos, en rendimiento.
Creemos que es importante que la EMH dé a conocer los resultados logrados en la Economía de la producción: ¿a qué costo se realizó la explotación del yacimiento?, la utilidad conseguida en la gestión, el flujo de caja y los parámetros financieros como el VAN y el TIR para conocimiento de la ciudadanía.
En un escenario de precios de minerales expectables, la minería no tiene poder de reacción, se encuentra estancada, esta evidencia nos impulsa a la REACTIVACIÓN, con estrategias de largo alcance de desarrollo. La estructura productiva que se tiene actualmente no garantiza mayor producción, se continúa explotando los yacimientos de antaño, sin cambios tecnológicos ni la incorporación de capital fresco, salvo las inversiones extranjeras de, San Cristóbal; Manquiri, Coro Coro, Mutún y otras de menor importancia.
REACTIVAR, significa "VOLVER A ACTIVAR” pero si a esta definición se le otorga una connotación económica, se concluye que la reactivación es un proceso que busca la economía de un sector después de haber estado sumergida en una crisis.
POLITICA MINERA DEL PAIS
La política minera induce a plantear desde el punto de vista de la reactivación, por lo que nos permitimos recomendar tres ideas generales, que el Ministerio de Minería deberá tomar en cuenta para el desarrollo minero en el país.
PRIMERA IDEA.- Ampliar la frontera minera, programar, prospección y exploración sistemática por el potencial geológico que tenemos, una amplia extensión del territorio boliviano no fue explorado, lo que nos coloca en desventaja comparativa ante nuestros vecinos especialmente Brasil, Perú, Chile y Argentina.
SEGUNDA IDEA.- Un marco legal institucional, es fundamental para el desarrollo minero con un nuevo Código acorde con la NCPE; regulatorio, claro para que los empresarios mineros puedan tener reglas coherentes que en definitiva garanticen su cumplimiento en los derechos y obligaciones adquiridos.
TERCERA IDEA.- El Gobierno deberá crear los sistemas de Información, consolidar y llevar adelante políticas que permitan la toma de decisiones para la PROMOCION Y EXPANSION del potencial de los recursos naturales no renovables metálicos y no metálicos con INFORMACION válida, ágil y real del sector minero, para atraer, INVERSIONES; mediante proyectos a diseño final, programas y otros, en revistas y todo medio de publicación Nacional e Internacional que tienda a interesar al mundo industrial en el rubro de minería.
CONCLUSIONES
1.- Las modificaciones al actual Código de Minería; esperemos que sea para mejorar; es prudente considerar dos criterios elementales, una LEGISLACION MINERA EQUILIBRADA, segura y competitiva y por lado una nueva y moderna ESTRUCTURA organizada del sector.
2.- Finalmente, se requiere cambiar la visión sobre la minería, es decir pensar en políticas de desarrollo para el surgimiento de una industria organizada con tecnología, amplio desarrollo socio-económico y sostenibilidad ambiental donde la eficiencia y la producción representen factores de crecimiento. Para ello el Gobierno y los Empresarios deben concertar acciones para hacer una realidad el bienestar de la población, cerrando de esta manera la brecha entre la minería actual y la del futuro. Poner en práctica la nueva política minera exige de alguna manera la participación de los actores productores (Estatal, privada y cooperativizada), lo que implica también incorporar a las regiones locales y comunidades campesinas al progreso económico social del país.
INGENIERO DE MINAS SIB – RNI 11379
MIEMBRO DEL COLEGIO DE INGENIEROS DE MINAS
Comibol menciona que la Empresa Huanuni, pronostica para la Gestión 2009; realizar un récord de producción de 9.320 TMF, en la gestión 2006 la producción fue de 2.220 TMF con 800 trabajadores; el año 2007 alcanzó a 7.668 TMF y el año 2008 fue de 7.375 TMF con 5.000 trabajadores, habiéndose incrementado en + 625 % en número de trabajadores, en gestión del ministro Guillermo Dalence.
El cálculo matemático elemental demuestra que, el incremento de personal dio resultados negativos; según los parámetros de producción y el número de trabajadores empleados, el Indice de Rendimiento en la gestión 2006 fue: 2.220 TMF/800 hombres el factor es 2,77 TMF/hombre; el año 2007 para una producción de 7.668 TMF/5.000 hombres el rendimiento fue de 1.53 TMF/Hombre; para el año 2008 tenemos; 7.875 TMF/5,000 hombres; el rendimiento fue de 1,57 TMF/Hombre; para la gestión 2009 cuya producción se pronostica en 9.320 TMF/5,000 hombres el Indice de Rendimiento dará 1,86 TMF/Hombre; La diferencia entre el 2006 y el 2009 es de -0.91 TMF/hombre; los resultados matemáticos demuestran que el incremento de personal de 800 a 5.000 obreros dan resultados negativos, en rendimiento.
Creemos que es importante que la EMH dé a conocer los resultados logrados en la Economía de la producción: ¿a qué costo se realizó la explotación del yacimiento?, la utilidad conseguida en la gestión, el flujo de caja y los parámetros financieros como el VAN y el TIR para conocimiento de la ciudadanía.
En un escenario de precios de minerales expectables, la minería no tiene poder de reacción, se encuentra estancada, esta evidencia nos impulsa a la REACTIVACIÓN, con estrategias de largo alcance de desarrollo. La estructura productiva que se tiene actualmente no garantiza mayor producción, se continúa explotando los yacimientos de antaño, sin cambios tecnológicos ni la incorporación de capital fresco, salvo las inversiones extranjeras de, San Cristóbal; Manquiri, Coro Coro, Mutún y otras de menor importancia.
REACTIVAR, significa "VOLVER A ACTIVAR” pero si a esta definición se le otorga una connotación económica, se concluye que la reactivación es un proceso que busca la economía de un sector después de haber estado sumergida en una crisis.
POLITICA MINERA DEL PAIS
La política minera induce a plantear desde el punto de vista de la reactivación, por lo que nos permitimos recomendar tres ideas generales, que el Ministerio de Minería deberá tomar en cuenta para el desarrollo minero en el país.
PRIMERA IDEA.- Ampliar la frontera minera, programar, prospección y exploración sistemática por el potencial geológico que tenemos, una amplia extensión del territorio boliviano no fue explorado, lo que nos coloca en desventaja comparativa ante nuestros vecinos especialmente Brasil, Perú, Chile y Argentina.
SEGUNDA IDEA.- Un marco legal institucional, es fundamental para el desarrollo minero con un nuevo Código acorde con la NCPE; regulatorio, claro para que los empresarios mineros puedan tener reglas coherentes que en definitiva garanticen su cumplimiento en los derechos y obligaciones adquiridos.
TERCERA IDEA.- El Gobierno deberá crear los sistemas de Información, consolidar y llevar adelante políticas que permitan la toma de decisiones para la PROMOCION Y EXPANSION del potencial de los recursos naturales no renovables metálicos y no metálicos con INFORMACION válida, ágil y real del sector minero, para atraer, INVERSIONES; mediante proyectos a diseño final, programas y otros, en revistas y todo medio de publicación Nacional e Internacional que tienda a interesar al mundo industrial en el rubro de minería.
CONCLUSIONES
1.- Las modificaciones al actual Código de Minería; esperemos que sea para mejorar; es prudente considerar dos criterios elementales, una LEGISLACION MINERA EQUILIBRADA, segura y competitiva y por lado una nueva y moderna ESTRUCTURA organizada del sector.
2.- Finalmente, se requiere cambiar la visión sobre la minería, es decir pensar en políticas de desarrollo para el surgimiento de una industria organizada con tecnología, amplio desarrollo socio-económico y sostenibilidad ambiental donde la eficiencia y la producción representen factores de crecimiento. Para ello el Gobierno y los Empresarios deben concertar acciones para hacer una realidad el bienestar de la población, cerrando de esta manera la brecha entre la minería actual y la del futuro. Poner en práctica la nueva política minera exige de alguna manera la participación de los actores productores (Estatal, privada y cooperativizada), lo que implica también incorporar a las regiones locales y comunidades campesinas al progreso económico social del país.
INGENIERO DE MINAS SIB – RNI 11379
MIEMBRO DEL COLEGIO DE INGENIEROS DE MINAS
domingo, 12 de abril de 2009
ENFOQUE MINERO: Nuevo código minero
Todavía no se define la aplicación de un nuevo Código Minero que compatibilice su contenido con las disposiciones que en materia de minería necesita nuestro país para competir abiertamente con otros altamente productivos y que pese al vaivén de las cotizaciones internacionales en bajada, pueden enfrentar la crisis coyuntural para seguir sus cronogramas de exploración y explotación.
Sin lugar a dudas la caída de precios internacionales de minerales ha ocasionado una serie de problemas a todos los países productores y dependientes en gran parte de la explotación y exportación de minerales. Los mineros privados de Chile, Perú y las empresas dependientes de esos gobiernos han sentido los efectos de una crisis que si bien alteró algunos proyectos no disminuyó su capacidad productiva, al contrario incentivó la aplicación de regulaciones temporales de incentivo a los afectados por el bajón de precios, caso del cobre en Chile y otros minerales en Perú.
En nuestro país se dan algunas coincidencias que sin ser letales para la minería pueden postergar los “prospectos” de alta rentabilidad en tanto no se defina una política nacional de minería, con un Código apropiado a los requerimientos de los industriales mineros medianos, los chicos, los cooperativistas y las empresas que seguirán dependiendo del Estado a través – se dice – de una renovada Comibol.
Dirigentes mineros fueron informados recientemente sobre la propuesta de una nueva “Ley Minera” para la conformación de “corporaciones” para el manejo de los diferentes minerales que producimos caso del estaño, el litio y los salares, hierro, el zinc y otros complejos que administrará un organismo que no será precisamente la vieja Comibol, dadas las condiciones de aplicabilidad de la nueva Constitución Política que deberá ser concordante con la propuesta “ley minera”.
El interesante proyecto refería también la incorporación de una “cadena productiva” en la próxima legislación minera y cuyos eslabones serían los directos “actores que están ligados a la explotación de nuestra riqueza minera”.
Si se está preparando una Ley Minera que sustituya al Código todavía en vigencia es un tema interesante si en un futuro próximo pueda servir para mejorar los índices de producción en base a la captación de inversiones, con una racional aplicación de orden tributario, una equitativa distribución de utilidades compartidas entre el Estado, los inversionistas, los departamentos y hasta los municipios allí donde se ejecuten operaciones mineras de cualquier magnitud.
Lo importante será que profesionales de la materia, ingenieros de minas y metalurgistas, economistas y abogados especializados asuman la responsabilidad de elaborar y “socializar” ese documento, de manera que las partes interesadas tengan la opción de exponer sus puntos de vista y defender sus propuestas si las mismas serán más adelante ingredientes para activar un instrumento minero que sirva a los intereses del país que sostiene su balanza financiera principalmente con los aportes de la minería y los hidrocarburos.
En criterio de los dirigentes de la minería, empresarios o trabajadores se espera un instrumento práctico que priorice el sistema productivo del país, principalmente la minería, como fuente generadora de divisas, empleo y riqueza nacional por tanto que no sea un botín político, como sucedió por ejemplo con la Comibol en los mejores tiempos de la gran minería boliviana.
Sin lugar a dudas la caída de precios internacionales de minerales ha ocasionado una serie de problemas a todos los países productores y dependientes en gran parte de la explotación y exportación de minerales. Los mineros privados de Chile, Perú y las empresas dependientes de esos gobiernos han sentido los efectos de una crisis que si bien alteró algunos proyectos no disminuyó su capacidad productiva, al contrario incentivó la aplicación de regulaciones temporales de incentivo a los afectados por el bajón de precios, caso del cobre en Chile y otros minerales en Perú.
En nuestro país se dan algunas coincidencias que sin ser letales para la minería pueden postergar los “prospectos” de alta rentabilidad en tanto no se defina una política nacional de minería, con un Código apropiado a los requerimientos de los industriales mineros medianos, los chicos, los cooperativistas y las empresas que seguirán dependiendo del Estado a través – se dice – de una renovada Comibol.
Dirigentes mineros fueron informados recientemente sobre la propuesta de una nueva “Ley Minera” para la conformación de “corporaciones” para el manejo de los diferentes minerales que producimos caso del estaño, el litio y los salares, hierro, el zinc y otros complejos que administrará un organismo que no será precisamente la vieja Comibol, dadas las condiciones de aplicabilidad de la nueva Constitución Política que deberá ser concordante con la propuesta “ley minera”.
El interesante proyecto refería también la incorporación de una “cadena productiva” en la próxima legislación minera y cuyos eslabones serían los directos “actores que están ligados a la explotación de nuestra riqueza minera”.
Si se está preparando una Ley Minera que sustituya al Código todavía en vigencia es un tema interesante si en un futuro próximo pueda servir para mejorar los índices de producción en base a la captación de inversiones, con una racional aplicación de orden tributario, una equitativa distribución de utilidades compartidas entre el Estado, los inversionistas, los departamentos y hasta los municipios allí donde se ejecuten operaciones mineras de cualquier magnitud.
Lo importante será que profesionales de la materia, ingenieros de minas y metalurgistas, economistas y abogados especializados asuman la responsabilidad de elaborar y “socializar” ese documento, de manera que las partes interesadas tengan la opción de exponer sus puntos de vista y defender sus propuestas si las mismas serán más adelante ingredientes para activar un instrumento minero que sirva a los intereses del país que sostiene su balanza financiera principalmente con los aportes de la minería y los hidrocarburos.
En criterio de los dirigentes de la minería, empresarios o trabajadores se espera un instrumento práctico que priorice el sistema productivo del país, principalmente la minería, como fuente generadora de divisas, empleo y riqueza nacional por tanto que no sea un botín político, como sucedió por ejemplo con la Comibol en los mejores tiempos de la gran minería boliviana.
lunes, 2 de febrero de 2009
Análisis y posición respecto al Código Minero y el medio ambiente
Fuente: FOBOMADE (*)
En el núcleo del concepto de Desarrollo Sustentable se plantea la contradicción entre uso y conservación: cómo se aborde la resolución de esta contradicción determinará la orientación del desarrollo que pretende alcanzar el país o si este se reduce a la búsqueda de crecimiento de un sector a costa de otros sectores con los costos sociales y ambientales sin responsabilidades definidas.
El actual Código Minero es una de las normas que más ha perforado la legislación ambiental boliviana, tornándola inaplicable. Establece aspectos como los siguientes:
- Las actividades de prospección y exploración en áreas no protegidas no requieren de estudio de evaluación de impacto ambiental, siendo solamente aplicables las normas de control y protección ambiental, conforme a reglamentación especial (Art. 89 del Código de Minería.), en contraposición con los reglamentos de la ley1333.
- Los concesionarios mineros pueden realizar actividades mineras en áreas protegidas cuando un estudio de evaluación de impacto ambiental establezca que dichas actividades no afectan el cumplimiento de los objetivos de protección del área. (Se contrapone al cuerpo normativo de áreas protegidas que en la mayoría de los casos prohíbe expresamente tales actividades).
- Aquellas otras actividades mineras cuyos impactos al medio ambiente no fueran significativos y para las cuales sea posible establecer de manera general, mediante reglamento, las acciones precisas requeridas para evitar o mitigar dichos impactos, tampoco requieren de estudio de evaluación de impacto ambiental, debiendo cumplir con lo establecido en reglamento especial (Arts. 84, 86 y 89 del Código de Minería), se contrapone al Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental.
- Las acciones por daños al medio ambiente originados en actividades mineras prescriben en el plazo de tres años. (Se contrapone a la ley 1333).
Se debe transversalizar el tema ambiental en el tema minero sometiendo la reglamentación ambiental minera a la legislación ambiental general y estableciendo como factor de caducidad el incumplimiento de la normativa ambiental.
(*) Extractado del “Documento de análisis y posición en relación a la necesidad de modificar el Código Minero” publicado por el Foro Boliviano sobre Medio Ambiente y Desarrollo (FOBOMADE).
El actual Código Minero es una de las normas que más ha perforado la legislación ambiental boliviana, tornándola inaplicable. Establece aspectos como los siguientes:
- Las actividades de prospección y exploración en áreas no protegidas no requieren de estudio de evaluación de impacto ambiental, siendo solamente aplicables las normas de control y protección ambiental, conforme a reglamentación especial (Art. 89 del Código de Minería.), en contraposición con los reglamentos de la ley1333.
- Los concesionarios mineros pueden realizar actividades mineras en áreas protegidas cuando un estudio de evaluación de impacto ambiental establezca que dichas actividades no afectan el cumplimiento de los objetivos de protección del área. (Se contrapone al cuerpo normativo de áreas protegidas que en la mayoría de los casos prohíbe expresamente tales actividades).
- Aquellas otras actividades mineras cuyos impactos al medio ambiente no fueran significativos y para las cuales sea posible establecer de manera general, mediante reglamento, las acciones precisas requeridas para evitar o mitigar dichos impactos, tampoco requieren de estudio de evaluación de impacto ambiental, debiendo cumplir con lo establecido en reglamento especial (Arts. 84, 86 y 89 del Código de Minería), se contrapone al Reglamento de Evaluación de Impacto Ambiental.
- Las acciones por daños al medio ambiente originados en actividades mineras prescriben en el plazo de tres años. (Se contrapone a la ley 1333).
Se debe transversalizar el tema ambiental en el tema minero sometiendo la reglamentación ambiental minera a la legislación ambiental general y estableciendo como factor de caducidad el incumplimiento de la normativa ambiental.
(*) Extractado del “Documento de análisis y posición en relación a la necesidad de modificar el Código Minero” publicado por el Foro Boliviano sobre Medio Ambiente y Desarrollo (FOBOMADE).
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CODIGO DE MINERIA,
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MEDIO AMBIENTE MINERO
jueves, 22 de mayo de 2008
Proyecto de ley provoca total incertidumbre al sector minero
El proyecto de ley para la modificación del Código de Minería, que establece que las concesiones mineras no pueden ser hereditarias, afecta a la imagen y pone en total incertidumbre al sector minero de Bolivia.
La afirmación corresponde al experto en tema mineros, Antonio Salas Casado, quien manifestó que las autoridades de gobierno deben pensar en la imagen que se está dando a nivel internacional con las medidas políticas que se toman.
“Estamos tomando conocimiento sobre la sentencia del Tribunal Constitucional donde agrega mayor inseguridad y mayor incertidumbre al desarrollo minero del país, ya que se está poniendo en cuestionamiento el derecho que tienen los concesionarios mineros para poder hipotecar, conseguir prestamos para el desarrollo minero”, aseveró.
Realizó esa declaración por el proyecto de ley que presentó el diputado del Movimiento Al Socialismo (MAS), José Pimentel que establece que las concesiones mineras son de propiedad del Estado y no pueden ser objeto de sucesión hereditaria.
Salas Casado señaló que los concesionarios mineros se encuentran en un momento difícil y quieren inversiones para reactivar el sector minero metalúrgico del país.
“Si no hay acceso al crédito y no hay modos en que el sector minero pueda ofrecer en garantía para los distintos prestamos para las inversiones que se requiere yo creo que no vamos a poder aprovechar la actual coyuntura de las buenas cotizaciones de los minerales”, señaló.
REACTIVACION
El experto en temas mineros manifestó que el ciclo de buenas cotizaciones en las que se encuentra los minerales en el mercado internacional tendrá una cierta duración, pero las autoridades no están aprovechando la coyuntura. “Lo que preocupa es la lentitud con la que estamos avanzando en el desarrollo de proyectos mineros, preocupa que no se tenga proyectos claros y concretos, por ejemplo de exploración y prospección para incrementar la producción de minerales”, afirmó.
El experto en temas mineros junto al diputado del MAS José Pimentel, proyectista.
El experto en temas mineros junto al diputado del MAS José Pimentel, proyectista.
Durante el último mes la cotización del estaño rebasó cualquier pronóstico, ya que la libra fina se cotizó en 11 dólares, hecho que es verdaderamente histórico
Explicó que cada vez se bate récord en la cotización de los minerales, principalmente del estaño, ya que el estaño jamás tuvo un precio tan alto como es de 11 dólares la libra fina.
El experto en tema mineros manifestó que entre los proyectos que están a mano son la ampliación del ingenio de Santa Elena de Huanuni, pero hasta que empiece a funcionar pasarán 3 años.
En el caso de la instalación del horno Ausmelt en la Empresa Metalúrgica Vinto, pero sucederá lo mismo ya que cuando comience a funcionar el horno moderno pasarán unos 3 años.
Antonio Salas Casado manifestó que es urgente una verdadera reactivación minera para que el Estado logre recaudar una mayor cantidad de recursos económicos por concepto de la explotación de los yacimientos mineros que tiene la Corporación Minera de Bolivia.
La afirmación corresponde al experto en tema mineros, Antonio Salas Casado, quien manifestó que las autoridades de gobierno deben pensar en la imagen que se está dando a nivel internacional con las medidas políticas que se toman.
“Estamos tomando conocimiento sobre la sentencia del Tribunal Constitucional donde agrega mayor inseguridad y mayor incertidumbre al desarrollo minero del país, ya que se está poniendo en cuestionamiento el derecho que tienen los concesionarios mineros para poder hipotecar, conseguir prestamos para el desarrollo minero”, aseveró.
Realizó esa declaración por el proyecto de ley que presentó el diputado del Movimiento Al Socialismo (MAS), José Pimentel que establece que las concesiones mineras son de propiedad del Estado y no pueden ser objeto de sucesión hereditaria.
Salas Casado señaló que los concesionarios mineros se encuentran en un momento difícil y quieren inversiones para reactivar el sector minero metalúrgico del país.
“Si no hay acceso al crédito y no hay modos en que el sector minero pueda ofrecer en garantía para los distintos prestamos para las inversiones que se requiere yo creo que no vamos a poder aprovechar la actual coyuntura de las buenas cotizaciones de los minerales”, señaló.
REACTIVACION
El experto en temas mineros manifestó que el ciclo de buenas cotizaciones en las que se encuentra los minerales en el mercado internacional tendrá una cierta duración, pero las autoridades no están aprovechando la coyuntura. “Lo que preocupa es la lentitud con la que estamos avanzando en el desarrollo de proyectos mineros, preocupa que no se tenga proyectos claros y concretos, por ejemplo de exploración y prospección para incrementar la producción de minerales”, afirmó.
El experto en temas mineros junto al diputado del MAS José Pimentel, proyectista.
El experto en temas mineros junto al diputado del MAS José Pimentel, proyectista.
Durante el último mes la cotización del estaño rebasó cualquier pronóstico, ya que la libra fina se cotizó en 11 dólares, hecho que es verdaderamente histórico
Explicó que cada vez se bate récord en la cotización de los minerales, principalmente del estaño, ya que el estaño jamás tuvo un precio tan alto como es de 11 dólares la libra fina.
El experto en tema mineros manifestó que entre los proyectos que están a mano son la ampliación del ingenio de Santa Elena de Huanuni, pero hasta que empiece a funcionar pasarán 3 años.
En el caso de la instalación del horno Ausmelt en la Empresa Metalúrgica Vinto, pero sucederá lo mismo ya que cuando comience a funcionar el horno moderno pasarán unos 3 años.
Antonio Salas Casado manifestó que es urgente una verdadera reactivación minera para que el Estado logre recaudar una mayor cantidad de recursos económicos por concepto de la explotación de los yacimientos mineros que tiene la Corporación Minera de Bolivia.
jueves, 1 de mayo de 2008
Cooperativistas en emergencia por Código de Minería y unidad del país
Reivindican que Bolivia es una sola y condenan todo intento separatista, venga de donde venga.
• Ponen en entredicho proyecto de Ley que busca anular los contratos de arrendamiento.
La Confederación Nacional de Cooperativas Mineras (Fencomin) se encuentra en estado de emergencia y rechazó el proyecto de ley que plantea varias modificaciones a la Ley 1.777 ó el Código de Minería, así como por las pretensiones divisionistas de la “oligarquía cruceña” que pretender dividir el Estado Nacional.
Los cooperativistas potosinos, en particular expresaron su rotundo rechazo a esta nueva norma que es tratada en el Parlamento y advirtieron con medidas de presión radicales en caso de no ser escuchados.
El presidente de la Federación Departamental de Cooperativas Mineras de Potosí (Fedecomin), Benedicto Llano, calificó como principal responsable de este proyecto que se habían comprometido no impulsar al presidente de la Comisión de Desarrollo Económico de la Cámara de Diputados, José Pimentel, a quien declararon “enemigo” de este sector.
Los cooperativistas trabajan principalmente en yacimientos arrendados por la Corporación Minera de Bolivia (Comibol), ese es el caso de las que se encuentran asentadas en el Cerro Rico y la anulación de los contratos sería dejar en la calle a miles de personas.
Para los cooperativistas el Gobierno se está buscando un nuevo frente de conflicto y en el caso de las cooperativas este problema podría ser muy serio.
En el departamento de Potosí existen alrededor de 30 mil mineros cooperativistas los mismos que, según sus dirigentes, están dispuestos a iniciar en cualquier momento medidas radicales en contra del Gobierno y del Poder Legislativo.
Es así que el vicepresidente de Fedecomin, Corsino Villanueva, anunció que el lunes 5 de mayo se desarrollará una reunión de representantes de todas las cooperativas para definir las acciones de hecho contra el proyecto que busca anular sus contratos.
Para el sector minero esta reactualización del proyecto de ley que modifica el Código de Minería es “una traición al sector minero” y anticipó que la lucha será conjunta con las federaciones del resto del país.
Indicó que se movilizarán hasta conseguir que se deseche el mencionado proyecto que define la anulación de los contratos aunque se habla de mantener aquellos que tengan carácter social.
Los cooperativistas mineros coordinarán el bloqueo de caminos con la toma de instituciones públicas y analizan otras acciones radicales para frenar el proyecto de ley que busca anular los contratos de arrendamiento.
Los cerca de 30 mil mineros cooperativistas de Potosí demostraron poseer una fuerza social importante con el que presionan a las autoridades, tal como aconteció con la toma de las instituciones públicas en su lucha por la devolución de sus aportes de tres por 1.000.
Unidad del país
Por otra parte, la Federación Nacional de Cooperativas Mineras de Bolivia (Fencomin), se pronunció ayer ante los aprestos que califica de “separatistas” que llevan adelante “los eternos privilegiados de la política partidista y las políticas económicas de Bolivia”.
En ese sentido, postularon que: “La clase privilegiada de la ciudad de Santa Cruz consecuente con su obsecuencia al imperio norteamericano, nunca ha comulgado con los gobiernos progresistas que pasaron por Palacio Quemado. Al contrario la historia nos enseña que ha utilizado sistemáticamente diferentes métodos para inviabilizarlos: boicots económicos, amenazas de anexión al Paraguay, y otros países, paros empresariales, golpes de Estado y ahora escudados detrás de las ‘autonomías’ ”.
De la misma manera, agrega que “durante las últimas décadas de gobiernos neoliberales, los representantes de esa clase privilegiada han monopolizado los ministerios más importantes y han gobernado para su exclusivo provecho. Ofrecieron crear empleos y no lo consiguieron, prometieron derrotar la pobreza y nunca hicieron nada serio para hacerlo, plantearon consolidar una democracia más representativa y solo preservaron sus intereses”.
En referencia al referéndum que se pretende realizar éste domingo en la ciudad e Santa Cruz de la Sierra, Fencomin afirma que: “El Estatuto Autonómico cruceño. Documento sin base constitucional es en realidad el instrumento que la clase privilegiada cruceña ha diseñado para dividir al país, y continuar disponiendo en provecho suyo de los recursos naturales que le pertenecen al Estado boliviano”.
Fencomin puntualiza que por estas y otras razones, expresa “su más vehemente rechazo a las posiciones separatistas de la oligarquía cruceña. Declaramos que no permitiremos que el legado patrio de nuestros ancestros y próceres patriotas sea loteado y descuartizado en beneficio de unos cuantos. Por tanto, declara «Estado de Emergencia» en las filas de los cooperativistas mineros para defender la unidad e integridad de Bolivia”.
• Ponen en entredicho proyecto de Ley que busca anular los contratos de arrendamiento.
La Confederación Nacional de Cooperativas Mineras (Fencomin) se encuentra en estado de emergencia y rechazó el proyecto de ley que plantea varias modificaciones a la Ley 1.777 ó el Código de Minería, así como por las pretensiones divisionistas de la “oligarquía cruceña” que pretender dividir el Estado Nacional.
Los cooperativistas potosinos, en particular expresaron su rotundo rechazo a esta nueva norma que es tratada en el Parlamento y advirtieron con medidas de presión radicales en caso de no ser escuchados.
El presidente de la Federación Departamental de Cooperativas Mineras de Potosí (Fedecomin), Benedicto Llano, calificó como principal responsable de este proyecto que se habían comprometido no impulsar al presidente de la Comisión de Desarrollo Económico de la Cámara de Diputados, José Pimentel, a quien declararon “enemigo” de este sector.
Los cooperativistas trabajan principalmente en yacimientos arrendados por la Corporación Minera de Bolivia (Comibol), ese es el caso de las que se encuentran asentadas en el Cerro Rico y la anulación de los contratos sería dejar en la calle a miles de personas.
Para los cooperativistas el Gobierno se está buscando un nuevo frente de conflicto y en el caso de las cooperativas este problema podría ser muy serio.
En el departamento de Potosí existen alrededor de 30 mil mineros cooperativistas los mismos que, según sus dirigentes, están dispuestos a iniciar en cualquier momento medidas radicales en contra del Gobierno y del Poder Legislativo.
Es así que el vicepresidente de Fedecomin, Corsino Villanueva, anunció que el lunes 5 de mayo se desarrollará una reunión de representantes de todas las cooperativas para definir las acciones de hecho contra el proyecto que busca anular sus contratos.
Para el sector minero esta reactualización del proyecto de ley que modifica el Código de Minería es “una traición al sector minero” y anticipó que la lucha será conjunta con las federaciones del resto del país.
Indicó que se movilizarán hasta conseguir que se deseche el mencionado proyecto que define la anulación de los contratos aunque se habla de mantener aquellos que tengan carácter social.
Los cooperativistas mineros coordinarán el bloqueo de caminos con la toma de instituciones públicas y analizan otras acciones radicales para frenar el proyecto de ley que busca anular los contratos de arrendamiento.
Los cerca de 30 mil mineros cooperativistas de Potosí demostraron poseer una fuerza social importante con el que presionan a las autoridades, tal como aconteció con la toma de las instituciones públicas en su lucha por la devolución de sus aportes de tres por 1.000.
Unidad del país
Por otra parte, la Federación Nacional de Cooperativas Mineras de Bolivia (Fencomin), se pronunció ayer ante los aprestos que califica de “separatistas” que llevan adelante “los eternos privilegiados de la política partidista y las políticas económicas de Bolivia”.
En ese sentido, postularon que: “La clase privilegiada de la ciudad de Santa Cruz consecuente con su obsecuencia al imperio norteamericano, nunca ha comulgado con los gobiernos progresistas que pasaron por Palacio Quemado. Al contrario la historia nos enseña que ha utilizado sistemáticamente diferentes métodos para inviabilizarlos: boicots económicos, amenazas de anexión al Paraguay, y otros países, paros empresariales, golpes de Estado y ahora escudados detrás de las ‘autonomías’ ”.
De la misma manera, agrega que “durante las últimas décadas de gobiernos neoliberales, los representantes de esa clase privilegiada han monopolizado los ministerios más importantes y han gobernado para su exclusivo provecho. Ofrecieron crear empleos y no lo consiguieron, prometieron derrotar la pobreza y nunca hicieron nada serio para hacerlo, plantearon consolidar una democracia más representativa y solo preservaron sus intereses”.
En referencia al referéndum que se pretende realizar éste domingo en la ciudad e Santa Cruz de la Sierra, Fencomin afirma que: “El Estatuto Autonómico cruceño. Documento sin base constitucional es en realidad el instrumento que la clase privilegiada cruceña ha diseñado para dividir al país, y continuar disponiendo en provecho suyo de los recursos naturales que le pertenecen al Estado boliviano”.
Fencomin puntualiza que por estas y otras razones, expresa “su más vehemente rechazo a las posiciones separatistas de la oligarquía cruceña. Declaramos que no permitiremos que el legado patrio de nuestros ancestros y próceres patriotas sea loteado y descuartizado en beneficio de unos cuantos. Por tanto, declara «Estado de Emergencia» en las filas de los cooperativistas mineros para defender la unidad e integridad de Bolivia”.
lunes, 21 de abril de 2008
Modificación del código prohíbe transacción de concesiones mineras
La Cámara de Diputados aprobó en grande y detalle la modificación de los artículos 4, 12, 68, 69, 72,74 y 75 del Código Minero (Ley 1777), del 17 de marzo de 1997, prohibiendo la transacción de las concesiones mineras.
El diputado José Pimentel (MAS), presidente de la Comisión de Desarrollo Económico, dijo que el proyecto fue presentado a raíz de un fallo del Tribunal Constitucional que exhorta al Poder Legislativo para que emita una ley que regule las concesiones mineras.
Explicó que las transacciones con los recursos mineros y la tierra, que son propiedad inalienable del Estado boliviano, violaban el texto Constitucional, ya que el concesionario solamente tiene un derecho de explotación temporal, por lo cual no puede comprometer la propiedad de los recursos naturales.
"Proponemos que se haga transacciones con los campamentos mineros, maquinarias. Se acepta cualquier forma de asociación que permita captar recursos a la inversión minera sin comprometer la propiedad de la concesión", dijo Pimentel.
El diputado José Pimentel (MAS), presidente de la Comisión de Desarrollo Económico, dijo que el proyecto fue presentado a raíz de un fallo del Tribunal Constitucional que exhorta al Poder Legislativo para que emita una ley que regule las concesiones mineras.
Explicó que las transacciones con los recursos mineros y la tierra, que son propiedad inalienable del Estado boliviano, violaban el texto Constitucional, ya que el concesionario solamente tiene un derecho de explotación temporal, por lo cual no puede comprometer la propiedad de los recursos naturales.
"Proponemos que se haga transacciones con los campamentos mineros, maquinarias. Se acepta cualquier forma de asociación que permita captar recursos a la inversión minera sin comprometer la propiedad de la concesión", dijo Pimentel.
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CONCESIONES MINERAS
miércoles, 16 de abril de 2008
Diputados modifica al Código de Minería
La Cámara de Diputados aprobó este martes, en su estación en grande y detalle, el proyecto de Ley 284/2008, que dispone la modificación de su articuló único que sustituye los artículos 4,12,68,69,72,74 y 75 de la Ley 1777 del 17 de marzo de 1997 del Código de Minería.
El proyecto que no sufrió modificaciones fue remitido al Senado Nacional para fines constitucionales. El presidente de la Comisión de Desarrollo Económico y diputado proyectista José Pimentel (MAS), manifestó que este proyecto fue presentado a raíz de “un fallo del Tribunal Constitucional que reiteraba el carácter propietario del Estado sobre los recursos naturales y declaraba que las concesiones mineras son de derecho temporal que tiene un concesionario por lo que no debe ser motivo de venta, hipoteca y sucesión hereditaria”.
Explicó que el texto del actual Código de Minería viola la Carta Magna, por lo que es necesario dar paso a la solicitud del Tribunal Constitucional que declara que las concesiones mineras no son motivo de embargo
El proyecto de ley decreta que se debe sustituir el Art. 4 de la Ley 1777 del 17 de marzo de 1997 del Código de Minería por el siguiente texto “La concesión minera constituye un derecho real temporal distinto al de la propiedad del predio en que se encuentra, aunque aquella y éste pertenezcan a la misma persona.
Asimismo, indica que no es un bien inmueble, transferible a titulo oneroso, gratuito o por sucesión hereditaria; puede ser objeto de cualquier contrato que no contradice las disposiciones del presente Código y que la concesión minera al ser un derecho real temporal no puede ser objeto de hipoteca conforme al Código Civil.
El proyecto que no sufrió modificaciones fue remitido al Senado Nacional para fines constitucionales. El presidente de la Comisión de Desarrollo Económico y diputado proyectista José Pimentel (MAS), manifestó que este proyecto fue presentado a raíz de “un fallo del Tribunal Constitucional que reiteraba el carácter propietario del Estado sobre los recursos naturales y declaraba que las concesiones mineras son de derecho temporal que tiene un concesionario por lo que no debe ser motivo de venta, hipoteca y sucesión hereditaria”.
Explicó que el texto del actual Código de Minería viola la Carta Magna, por lo que es necesario dar paso a la solicitud del Tribunal Constitucional que declara que las concesiones mineras no son motivo de embargo
El proyecto de ley decreta que se debe sustituir el Art. 4 de la Ley 1777 del 17 de marzo de 1997 del Código de Minería por el siguiente texto “La concesión minera constituye un derecho real temporal distinto al de la propiedad del predio en que se encuentra, aunque aquella y éste pertenezcan a la misma persona.
Asimismo, indica que no es un bien inmueble, transferible a titulo oneroso, gratuito o por sucesión hereditaria; puede ser objeto de cualquier contrato que no contradice las disposiciones del presente Código y que la concesión minera al ser un derecho real temporal no puede ser objeto de hipoteca conforme al Código Civil.
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