La Corporación Minera de Bolivia (Comibol) será la que concentrará el Número de Identificación Tributaria (NIT), determina la disposición final 12 del proyecto de Ley de Empresas Públicas.
“Comibol, como empresa estatal corporativa, consolidará los resultados de sus operaciones y de sus empresas filiales y subsidiarias de tipología estatal, y para efectos tributarios operará con un solo Número de Identificación Tributaria, constituyéndose en el sujeto pasivo de las obligaciones tributarias que surjan de sus actividades y de las realizadas a través de dichas empresas”, dispone.
En el numeral II también especifica que las empresas filiales o subsidiarias, en el marco de su administración, deberán transferir a la Comibol la cuota parte que les corresponda para el pago de las obligaciones del gravamen, emergentes de sus actividades económicas.
Advierte de que, ante el incumplimiento, se faculta a Comibol a asumir las acciones necesarias para garantizar el pago tributario. También establecerá los plazos y condiciones para el cumplimiento de las obligaciones impositivas según normativa interna.
Además, en el numeral III aclara que las pérdidas, a raíz de las operaciones realizadas por las empresas filiales y subsidiarias, en ningún caso podrán ser transferidas a la Comibol.
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