La Confederación Nacional de Cooperativas, Concobol, se ha adecuado a la nueva Ley General de Cooperativas. Creó desde comisiones especiales hasta el Centro de Arbitraje para solucionar, mediante la conciliación, conflictos dentro del ámbito cooperativo.
En la anterior Ley de Cooperativas, de 1958, la búsqueda de soluciones a los conflictos entre cooperativas estaba en manos del Consejo Nacional de Cooperativas (Conalco). La función principal de este Consejo era fomentar el trabajo de las cooperativas declaradas de utilidad pública e interés social, pero en 54 años no cumplió con las tareas asignadas debido a que su composición era ampulosa, inclusive participaba la Central Obrera Boliviana (COB), a lo que se sumaba la falta de recursos para encarar sus funciones.
Ante esta situación, con la nueva ley aprobada el 10 de abril de 2013, el Consejo quedó eliminado y Concobol tiene la representación de todo el sistema cooperativo y se encarga del arbitraje y la conciliación. También se le delega la responsabilidad de la protección y el fomento al Estado.
Para el vicepresidente del Consejo de Administración de la Confederación, Braulio Arguedas, este es un salto cualitativo toda vez que, con la anterior ley, los problemas se resolvían en la vía judicial.
“El Consejo no funcionaba con frecuencia, hubo algunos intentos de reactivarlo con reuniones una o dos veces al año, pero más se dedicaba a la suspensión de personerías jurídicas”, dijo.
El artículo 98 de la Ley General de Cooperativas establece la creación de Juntas de Conciliación para conflictos internos en cada cooperativa. En caso de conflictos entre cooperativas, la conciliación se efectuará ante las Juntas de Conciliación de las Federaciones.
También crea el Centro de Conciliación y Arbitraje de la Confederación Nacional de Cooperativas-CONCOBOL para resolver conflictos entre cooperativas de cuarto grado o aquellos no resueltos en grados inferiores.
Arguedas, de Concobol, informó que, el año pasado, se creó esta Comisión Especial para el arbitraje y conciliación paralelamente a la discusión del proyecto, porque fue una propuesta consensuada desde principio.
“Nos hemos adecuado a la nueva ley y contamos con un equipo técnico multidisciplinario para resolver conflictos”, agregó.
Los problemas más comunes en las cooperativas son de carácter productivo. Uno de los casos más simbólicos está relacionado a las áreas mineras donde hay sobreposición de concesiones. En estos casos el proceso será sencillo. Las cooperativas deberán presentarse ante Concobol para que convoque a las partes y llevar adelante el proceso de conciliación o si es el caso, de arbitraje.
LOS CAMBIOS También está previsto que intervenga el Estado. Una de las funciones en la nueva ley, que establece la creación de la Autoridad de Fiscalización y Control de Cooperativas, es contribuir a la resolución de conflictos entre cooperativas así como entre sus asociados. Es así que la máxima instancia es el Órgano Ejecutivo y se encarga del fomento a la creación de cooperativas y el acceso a servicios especializados como la investigación, el desarrollo y la innovación tecnológica, entre otros.
La Autoridad de Fiscalización y Control de Cooperativas bajo tuición del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social tiene la función de regular, fiscalizar y supervisar diferentes aspectos referidos a las cooperativas, disponer acciones de intervención, imponer y ejecutar sanciones, otorgar y revocar la personalidad jurídica, inscripción en el Registro Estatal de Cooperativas, entre otros.
Se crea el Consejo Consultivo Permanente para el Fomento Cooperativo que está conformado por representantes del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, el Ministerio de Planificación del Desarrollo y Concobol, además de dos ministros de acuerdo a la actividad sectorial.
Clasificación diferente para los sectores
Un análisis, de la Ley de 1958 (Ley de Cooperativas) y la actual Ley 356 (Ley General de Cooperativas), permite constatar que en la antigua ley, la clasificación fue muy diferente y la regulación no equitativa.
Para el vicepresidente del Consejo de Administración de la Confederación Nacional de Cooperativas (Concobol), Braulio Arguedas, con sólo tres sectores en esta nueva ley la sectorización es más adecuada y establece la realización de asamblea de delegados.
“Había muchos problemas, por ejemplo en La Paz con Cotel, pero ahora obliga a las cooperativas de servicios públicos a implementar la asamblea de delegados”, explicó.
Dijo también que se quiere distritalizar la ciudad y los socios deben elegir un representante.
“Recogiendo la experiencia de las cooperativas de Santa Cruz es que se propuso esta clasificación. Antes en los sectores de servicios y de producción no se convocaba a reuniones”, agregó.
En la nueva ley en el sector de producción están las cooperativas mineras, artesanales, industriales, agropecuarias. En el sector de servicios, las de vivienda, ahorro y crédito, consumo, seguros, educación, transporte, turismo, salud, comercialización. Finalmente, en el sector de servicios públicos están las cooperativas de telecomunicaciones, electricidad y agua y alcantarillado.
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