Según informes de la Secretaría de Medio Ambiente del Gobierno Autónomo Departamental de Oruro (Gador), cerca del 80% de las cooperativas mineras no tienen licencias ambientales, por tanto no realizan la mitigación ambiental pertinente.
El jefe de la Unidad de Medio Ambiente y Recursos Naturales de la Secretaría de Medio Ambiente, Luis Calle Juaniquina explicó que en el departamento de Oruro existen tres tipos de actividades mineras, las privadas, estatales y cooperativas mineras, las cuales deberían tener sus licencias ambientales para que operen de forma legal sin contaminación.
Señaló que existen aproximadamente 200 cooperativas mineras, de las cuales el 20% tiene licencia ambiental, indicó que una gran parte no cumple con esta documentación porque tienen una producción menor a 300 toneladas de mineral por mes, y de acuerdo a las normas existentes en el país a este tipo de operaciones se remite el formulario EMAP que de acuerdo a concesiones mineras permite su explotación, pero ambientalmente no es favorable porque en el documento no hace referencia a la mitigación ambiental.
Indicó que esto es un punto débil que se tiene en la Ley del Medio Ambiente, que no exige la mitigación ambiental a las actividades mineras que tienen su producción menor a 300 toneladas por mes, a pesar que de igual forma contaminan el ambiente. Con respecto al sector privado, sostuvo que más del 80% tienen licencias ambientales.
INSPECCIONES
Por otra parte la autoridad departamental mencionó que se realizan inspecciones de forma conjunta con el Ministerio de Medio Ambiente para verificar el control de calidad ambiental en las actividades mineras.
Señaló que la anterior semana se inspeccionó en la empresa Minera de Huanuni, Machacamarca y en la Cuenca Poopó, con lo cual se alcanza el 30% de las actividades mineras contaminantes.
Informó que se pudo verificar que la Empresa Minera Huanuni no está cumpliendo con las normas medio ambientales por lo cual se tramitará un informe del Ministerio de Medio Ambiente y luego se emitirá un dictamen para dar a conocer cuál es la sanción.
Explicó que para confirmar que una actividad minera contamina se debe realizar el monitoreo ambiental que consiste en el análisis del agua, suelo y aire; de acuerdo a los parámetros permitidos de contaminación de aguas acidas de minas.
Indicó que según la ley está permitida un nivel de contaminación de 6,5 miligramos por metro cúbico de agua, si el análisis determina un porcentaje mayor entonces se aplica la sanción correspondiente.
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