La Asamblea Nacional de Ecuador convocó al segundo debate del proyecto de reformas a la ley de Minería, las cuales fueron remitidas con carácter urgente por el Ejecutivo. La nueva disposición establecerá que hasta 300 toneladas de procesamiento del mineral diario se considera pequeña minería, a partir de 300 a mil toneladas se considere una producción de mediana minería. En tanto, hasta 60 mil toneladas comprende el término de gran minería.
Plantea además que el impuesto a los ingresos extraordinarios se cobrará luego de recuperada la inversión, establece que el Banco Central compre el oro a los mineros artesanales así como los porcentajes de regalías que se deben pagar al Estado. El viceministro de Minas, Richard Vera, señaló que de esta manera se fortalece la acción de control de la Agencia de Regulación y Control Minero.
Añadió que se busca proteger el ambiente y la salud de los mineros y de los pobladores, al establecer la prohibición del uso del mercurio, así como también se hace constar en la Ley la regularización de los mineros artesanales que tienen sus labores dentro de las áreas concesionadas. Sectores opositores, insisten en una consulta prelegislativa para esta ley, en tanto, se puntualizó que esta opción no procede, pues se trata de reformas.
El gobierno nacional aclaró que no procede dicha consulta porque no se ha demostrado objetivamente qué derechos colectivos se vulnerarían.
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