martes, 2 de julio de 2013

“Cerro Negro” pagará impuestos por la explotación de Himalaya

El presidente de la Federación de Cooperativas Mineras, Alejandro Santos, afirmó que la cooperativa ‘Cerro Negro’ pagará los impuestos que la Ley establece por la explotación del yacimiento de wólfram en la mina Himalaya y pide revertir todas las áreas mineras en manos de empresas privadas para que sean administradas por el Estado y cooperativas.

Explicó que según el contrato de arrendamiento, la cooperativa ‘Cerro Negro’ administrará por seis años el yacimiento minero de la mina Himalaya, tras la reversión de la concesión al propietario de la empresa minera Himalaya, Fernando Killman.

“La cooperativa cumplirá con el pago de sus impuestos de Ley como establece la norma, pero aquí hay que decir que deben ser los trabajadores que administren los recursos naturales y no los empresarios extranjeros”, dijo.

Asimismo, reveló que el Gobierno a través de una Ley revertirá todas las concesiones mineras en manos de empresarios extranjeros como es el caso de la mina Himalaya de propiedad del empresario Kilman.

“Bajo una Ley que en este momento está en la Cámara de Senadores, el Gobierno va a revertir todas las áreas ociosas que están en manos de empresarios privados. El Estado dará a los sectores mineros estatales y cooperativas mineras”, dijo.

Datos de la Corporación Minera de Bolivia (Comibol), el empresario Killman tiene siete concesiones mineras en la zona de Himalaya y más de 130 en todo el país.

EMH: Decreto Supremo legaliza avasallamiento de mina Himalaya.

El miércoles pasado, el asesor jurídico de la Empresa Minera Himalaya Ltda (EMH), Raúl Azurduy, lamentó la entrega de la concesión ‘Resguardo de la Tempestad’, a la Cooperativa Minera Cerro Negro, mediante el D.S. 1619 del 19 de junio de 2013, yacimiento de wólfram descubierto por EMH luego de un trabajo de muchos años de exploración y millonaria inversión, indica un boletín de la EMH.

El asesor jurídico de la minera, Raúl Azurduy, ratificó que el Gobierno debe cumplir la Constitución Política del Estado (CPE) y las leyes, garantizar el pleno y efectivo restablecimiento de los derechos violados (Arts. 13 – I y 14 – III CPE y Art. 1 Num. 1 de la Convención Americana de Derechos Humanos) y establecer la responsabilidad de los avasalladores por los hechos ilícitos cometidos (Art. 110, Parágrafos I – II CPE).

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