Las joyerías que ofrecen artículos de plata y oro deben registrarse en mayo de este año ante el Servicio Nacional de Registro y Control de Comercialización de Minerales (Senarecom) y tramitar su Número de Identificación de Agentes de Retención (NIAR) para vender joyas en el interior y el exterior del país.
Registro. El director del Senarecom, Óscar Huanacio, advirtió que las joyerías que no cuenten con su NIAR desde junio próximo, no podrán realizar actividades comerciales y deberán ceder su acción a la gobernación departamental o a la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera (AJAM). "Ellos se van a registrar hasta lo que es mayo, y a partir de ahí, joyería que no esté con su NIAR no será reconocida legalmente, entonces tendrá que ofrecer su acción la gobernación o la AJAM", señaló.
NIAR. Según Huanacio, el NIAR permitirá a las joyerías fungir solo como "agentes de retención" de las regalías mineras que deben pagar sus proveedores locales de minerales. Descartó que la medida represente el pago de regalías mineras por parte de las joyerías.
Formulario. Las joyerías deben llenar el formulario N-01 para obtener su NIAR, que será administrado mediante un nuevo software que se prevé será aprobado el próximo 27 de abril.
Norma. Precisó que la norma, inscrita en la nueva Ley Minera 535, alcanza a las fundidoras, refinerías legalmente establecidas, empresas manufactureras, joyerías y otras personas naturales o jurídicas que realicen actividades de manufactura o elaboren productos industrializados en base a minerales metálicos y no metálicos.
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