De acuerdo a las últimas declaraciones del titular del Ministerio de Minería y Metalurgia (MMM), Mario Virreira, el tema de la imposición tributaria para el sector de la minería en general no estará contemplado en la nueva normativa en trámite de aprobación.
Como obligada explicación la autoridad del MMM señaló que el tema de los impuestos de manera general (incluyendo la minería) será considerado en la Ley Tributaria de modo que los tres sectores de la actividad productiva minera, como la minería privada, estatal y de las cooperativas deberán adecuarse a las normativas que sean aprobadas oportunamente y que además tendrán una tendencia a mejorar los aportes del rubro a favor del Estado.
Por lo visto, de momento no hay ninguna disposición que modifique la actual estructura impositiva de las alícuotas ya establecidas para el sector minero, lo que quiere decir que todavía se beneficiará con un sistema exclusivo el sector de las cooperativas que tiene menos imposiciones tributarias que la minería privada y la estatal, situación que ha sido observada, al crear una posición de abierta contradicción con los fines de universalizar los impuestos.
Se conoce que todavía se hacen ajustes en lo que corresponde al texto de la nueva ley minera, pese a que ya fue consensuado por los representantes de la minería estatal, la privada y las cooperativas no se llegó ningún acuerdo en torno al tema de impuestos aunque se formularon recomendaciones especiales para que en la fase de su aplicación se tomen en cuenta los parámetros que rigen en otros países, especialmente los vecinos, donde los regímenes de orden impositivos son más bajos que los vigentes actualmente en el país.
La posición actual entre los actores de la minería nacional tiene observaciones de orden especial con las medidas que eximen de cinco tributos a los cooperativistas mineros, aunque a cambio se creó el Impuesto Consolidado Cooperativo Minero (ICCM) y cuya recaudación será destinada al Estado.
Este asunto del sistema tributario minero, aunque se dio a entender que sería resorte directo del Ministerio de Finanzas, se considera deseable que también en esa fase vuelvan a tratarse las condiciones tributarias entres todos los representantes de la minería, para que no se apliquen medidas verticales que luego generen impugnaciones, si la escala no se ajusta a las reales posiciones de la producción minera nacional, tanto en el sector privado, que incluye a las minería chica y mediana, como la estatal, y la cooperativizada.
Un dato revelador señala que el sector minero privado produce el 67% de la contribución tributaria minera, la minería estatal lo hace con sólo el 6% en tanto que los cooperativistas alcanzan hasta un 28%.
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