martes, 16 de octubre de 2012

Cooperativismo y ley minera

Normalmente un proceso de elaboración parte siempre de elementos fundamentales de referencia. En el caso de la ley minera se considera en primer lugar, la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia; la Legislación Comparada debido a las experiencias exitosas en materia de minería de los países vecinos; la doctrina y las elaboraciones teóricas de los especialistas y finalmente la experiencia histórica, los avances y retrocesos que el país ha soportado en su experiencia minera a lo largo de todos éstos años. Aunque como referencia obligada debe agregarse también la política minera oficial, es decir la dirección que el Órgano Ejecutivo desea imprimir en la norma minera.

Los conceptos que lo propiciaron fueron la de concluir una ley minera de consenso entre los tres actores productivos reconocidos por el artículo 369 de la Constitución Política del Estado, su complementariedad, aprovechamiento de las ventajas de cada uno de ellos y su necesaria contribución social y económica al país. Dado además que en un ambiente democrático no es posible eliminar materialmente a ninguno de los actores que sobreviven en el país con sus virtudes y sus miserias.

Y pese a que vivimos un proceso político en el que las principales normas se elaboran participativamente entre los distintos actores económicos, sociales y políticos, se debe reconocer que dicha ventaja no es convenientemente aprovechada debido a la machacona existencia de preconceptos ideológicos, sectarismo y ausencia de sentido autocrítico. En el caso de la ley minera, lastimosamente presentes y que retardan el avance de la elaboración de dicha norma.

Debe agregarse a este proceso, la intervención de "ambientalistas", que de cuando en cuando, imbuidos de borradores o propuestas de los distintos actores mineros, convenientemente filtradas a los medios de comunicación, pronostican el fin del mundo. Plantean una "ley penal minera" pletórica de sanciones, multas y penalidades, pretenden por encima de la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia titularizar de hecho a supuestos "propietarios" de los recursos naturales con derecho a avasallar, a participaciones económicas personales sin trabajar ni realizar ningún esfuerzo.

Este es el escenario del trabajo de elaboración de la ley minera, matizada también por episodios de avasallamientos, reversiones, exigencias sociales y presiones internas y externas. El cooperativismo minero, forma económica de crecimiento extraordinario en los últimos años, presente en todos los confines del territorio patrio, ha sobrepasando en la actualidad los 100.000 trabajadores cooperativistas y pugna por incorporarse en la ley minera como un actor productivo cuyas particularidades y diferencias con las formas económicas privada o estatal provienen de las definiciones que de él hacen la Constitución Política del Estado Plurinacional, las Naciones Unidas, la doctrina, la teoría y la práctica cooperativista.

Aspecto que no siempre es comprendido por los diferentes operadores mineros estatales y privados que en la historia política y económica de Bolivia hicieron turnos para hegemonizar en la economía del país pues el cooperativismo minero significa la ruptura de aquella lucha que solo produjo frustración en Bolivia. No es criterio del cooperativismo minero excluir o eliminar ha determinado actor minero, sus tesis políticas aprobadas en reiterados y masivos congresos nacionales aprobaron la convivencia pacífica entre todas las formas económicas, pues el cooperativismo minero no cree que solamente la empresa privada o la estatal aisladamente puedan resolver los grandes problemas económicos sociales acumulados en toda nuestra historia republicana.

El cooperativismo no siendo más un apéndice de la empresa estatal o la empresa privada, dependiendo del pensamiento político del inquilino de turno en el Palacio de Gobierno. Y en consideración que actualmente constituye el segundo productor de minerales en el país, el segundo aportante de regalías a las distintas gobernaciones y generador de miles de fuentes de empleo directo e indirecto, reclama trato justo y equitativo en la Ley Minera, pues los datos estadísticos muestran un asimétrico tratamiento a las cooperativas. La propaganda maliciosa difundida en contra de las cooperativas y su aporte a la economía del país solo obedece a los antojos de sujetos ligados al pasado que pretenden girar las ruedas de la historia hacia atrás.

Producción minera años 2006-2011

Año Minería Estatal Minería Mediana Min. Cooperativa y Chica Totales Producción

2006 8.346.769.- 624.852.412.- 517.406.391.- 1.150.605.573.-

2007 111.774.728.- 783.595.111.- 579.379.255.- 1.474.749.095.-

2008 146.462.705.- 1.279.030.956.- 586.486.153.- 2.011.979.814.-

2009 137.285.309.- 1.384.193.597.- 519.739.839.- 2.041.218.746.-

2010 206.083.491.- 1.559.342.227.- 877.368.027.- 2.642.793.745.-

2011 250.208.331.- 2.079.143.909.- 1.409.706.316.- 3.739.068.556.-

Datos Ministerio de Minería y Metalurgia

La opinión pública no debe olvidar que las cooperativas trabajan en yacimientos mineros declarados marginales por los políticos, y abandonados por los líderes laborales, debe tomarse en cuenta que las cooperativas a falta de políticas de fomento a la producción minera cooperativista que fue norma en el pasado, produce en las condiciones más difíciles imaginables, ellos se quedaron tercamente en las minas luego de la peregrinación minera provocada por el D.S. 21060, no dependen del salario ni de patrón alguno, sólo exigen de los gobiernos políticas públicas que los protejan. Su compromiso con los departamentos donde realizan su labor se reflejan en las estadísticas publicadas por el propio Ministerio de Minería y Metalurgia:

Regalías Mineras

(Expresado en dólares americanos)

Año Minería Estatal Minería Mediana Min. Cooperativa y Chica TOTAL PERIODO (Bs)

2006 0.- 31.815.510.- 6.151.651.-

2007 6.589.514.- 39.351.438.- 22.805.441.-

2008 6.948.884.- 65.928.607.- 21.272.381.-

2009 4.903.107.- 62.742.661.- 14.968.831.-

2010 7.275.194- 83.660.825.- 29.775.190.-

2011 9.473.964.- 114.745.310.- 43.743.118.-

TOTALES 35.190.663.- 398.244.351.- 123.747.781.- 557.182.795.--

Datos Ministerio de Minería y Metalurgia

La ley minera debe tomar en cuenta el reconocimiento expresado en el artículo 55 de la nueva Constitución Política del Estado donde se anota los principios tutelares del cooperativismo y expresa en forma clara que "el Estado Fomentará y regulará su organización mediante ley"; Esta disposición se encuentra reforzada por los artículos 306 y 369 que expresan concluyentemente el grado de importancia que las cooperativas han alcanzado en el plano económico nacional, pues se las jerarquiza a la categoría de "forma económica" en igualdad de condiciones con las formas económicas privada y economía estatal.

El Cooperativismo Minero boliviano ha nacido, crecido y desarrollado en base a su propia iniciativa y fuerza. Durante todos estos años trabajó en completo abandono por los diferentes gobiernos que por su ideología prefirieron privilegiar a su tiempo a las empresas estatales y luego privadas.

En los hechos ninguna de estas empresas fue lo suficientemente capaz ni pudo coadyuvar eficientemente en la lucha por derrotar a la desocupación y la pobreza, que han sido y siguen siendo las principales lacras de nuestro país. Pese a que con grandes sacrificios sociales, humanos e institucionales se ha experimentado con empresas privadas y estatales, el saldo siempre ha sido de fracaso y frustración del país, sólo el cooperativismo minero, sin ayuda, sin protección y sin financiamiento ha logrado crear más fuentes de empleo que las empresas privadas y estatales juntas.

Finalmente las cooperativas mineras, al igual que las empresas privada y estatal, tienen necesidad de crecer económicamente; modernizar su sistema de producción, es decir, generar mayor riqueza que pueda ser distribuida entre los miembros que la conforman y continuar aportando al desarrollo de las regiones donde se trabaja. Normalmente, esto debía viabilizar sea través del apoyo del Órgano Ejecutivo, pero como es norma en vez de alentarla, en la actualidad se trata de eliminarla supuestamente porque el sector estatal es el paraíso laboral.

(*) Exdirigente sindical, abogado, asesor en temas mineros.

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