Si hay algo que exigen los inversionistas mineros a tiempo de encarar un nuevo proyecto es que mínimamente allí donde ejecutarán su operación existan las mejores condiciones jurídicas, las suficientes garantías a los convenios que sean concertados y que además se pueda confiar en un régimen tributario de orden competitivo, particularmente en lo que se refiere a las condiciones de acción que ofertan los países vecinos donde la competencia está abierta.
Hay que hablar de competencia necesariamente, ya que en el tiempo actual las grandes inversiones son el resultado del adecuado estudio de las condiciones del escenario socio político donde tendrá efecto una nueva operación, o donde se planifica ampliaciones de extracción de minerales bajo condiciones que a su vez cumplan con las exigencias de un entorno medio ambiental que no cause problemas a los vecinos de la actividad.
Determinadas que fueran las reglas de juego, generalmente los industriales mineros, asumen compromisos financieros y por esa razón deben saber con exactitud en qué condiciones podrán desarrollar su proyecto sin tener ninguna alteración, ni variaciones en las reglas dictadas, aceptadas y aplicadas, especialmente en lo que corresponde a las obligaciones fiscales que en realidad son las más sensibles en el conjunto de responsabilidades económicas.
Como quiera que actualmente en el país los sectores mineros privados y también el estatal viven un proceso especial de "vigilia" ante la aprobación de una nueva Ley de Minería que con seguridad aplicará nuevas obligaciones tributarias, el proceso de inversiones está propiamente en statu quo pues nadie quiere arriesgar sin saber las condiciones en que podrá asegurar sus tareas productivas, las de recuperación, los compromisos fiscales y el rubro de las utilidades bajo las anteladamente pregonadas condiciones de alianza entre socios y sin patrones.
Por lo que se sabe se han planteado algunas sugerencias, por ejemplo para la aplicación de un sistema fiscal "escalonado" que afecte de manera proporcional a las grandes, medianas o pequeñas utilidades, ajustando esa situación porcentual a la realidad verificada en las operaciones mineras de tal suerte que no se trate de "impuestos ciegos" que ahuyenten a los operadores y a sus capitales perjudicando el crecimiento y fortalecimiento de toda la minería.
Es posible que este delicado problema de las tasas fiscales que se estudian para aplicar en la nueva Ley Minera sea la causa para la demora en aprobar ese conjunto de medidas, que una vez consensuadas puedan tener efectividad positiva y no resistencia regresiva, partiendo del hecho de la universalización de los impuestos que consistiría en que todos paguen lo que justamente les corresponde, sin exclusiones de ninguna clase pero tampoco con cargas exorbitantes que anulen la competitividad de las actividades mineras.
Lo más importante para cualquier inversionista en la complicada actividad de la minería extractiva y con las posibilidades de alcanzar proyección industrial en los campos de la metalurgia y la siderurgia es saber que las reglas de juego sean únicas, que respondan a la realidad y que aseguren garantías plenas para desarrollar una minería moderna, comprometida con el medio ambiente, pero sobre todo generadora de empleos seguros e ingresos activos para el Estado y para las regiones.
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