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Potosí fue fundada el año 1545, recibió el título de "Villa Imperial" con su portentoso "Cerro Rico" declarado patrimonio Cultural y Natural de la Humanidad. Desde la Colonia hasta nuestros días, fue muy importante por su explotación minera de la plata, la cumbre tiene una altura de 4.800 m.s.n.m. circundados por 34 lagunas, importantes reservorios de agua para la población.
PRODUCCIÓN
En la Colonia, desde 1550 hasta 1799, la producción de plata fue de 706.345.574 Onzas Troy Finas, con la cotización actual de 32,47 $us./O.T. el valor mercado sería 22.935 millones de Dólares Americanos. La producción en el periodo 1999-2004 la plata llegó a 3.874 Toneladas finas. En el periodo 1999 - 2008 Potosí ha producido 5.131 toneladas finas.
GEOLOGÍA
El yacimiento del Cerro Rico corresponde a un complejo material volcánico con basamento sedimentario de pizarras del periodo ordovícico, la roca encajonante está formado por una brecha volcánica, en la zona Pailaviri: pórfido dacítico en la zona central y tufitas en la zona de Caracoles.
El Cerro Rico, presenta fracturas que alojan mineralización de plata y estaño, la densidad de fracturamiento se acentúa en la zona de oxidación correspondiente al pórfido dacitico y a las tufitas.
RESERVAS
El Ministerio de Minería y Metalurgia, realiza el estudio del potencial económico de la zona de oxidación mediante el Proyecto BOL 87/012, con la toma de 3.210 muestras de Ag y 3.179 muestras de Sn en 17 labores, recortes que cortan a los sistemas de fracturación mineralizadas. La estimación global de reservas reveló 828 millones de Toneladas con 94 g/t de Ag y 0,15 % de Sn.
El potencial económico industrial del estudio geotécnico, establece según el Cut-Off de 30 g/t; las reservas son: 546.476.700 toneladas con leyes de 105 g/t de Ag y 0,15% de Sn, calculadas considerando que la base de la zona de oxidación pasa por el nivel Caracoles a 4.365 m.s.n.m. La reserva en desmontes: 6.619.058 Ton con leyes de 197 g/t y 0,27% Sn. (Fuente: M.M. y M).
HUNDIMIENTO DEL CERRO RICO
La Comibol explotó el Cerro Rico, desde 1952 hasta 1985, en forma racional, aplicando tecnología moderna y recursos humanos profesionales. A partir de la paralización de las operaciones productivas de la E. M. Unificada, la explotación es realizada desde 1985 hasta 2011 por las cooperativas mineras con actividades irracionales, sin dirección técnica, sin sistemas de explotación adecuados.
Las causas para los hundimientos se deben a las fallas, los trabajos antiguos, rudimentarios y últimamente la explotación irracional, descontrolada y depredadora de las cooperativas mineras asentadas en el Cerro Rico. Se ha detectado 138 hundimientos en los sectores, Este, La Cumbre, Veta Potosí, Tajo Polo, Aconcagua, María Antonieta, Mauricio y Encarnación. El ultimo hundimiento de 17 m. de diámetro y 22 m. de profundidad, solamente fue un cosquilleo al monumental Cerro Rico.
REGLAMENTO PARA LAS ACTIVIDADES MINERAS
El D.S. 27787 de 8 de Octubre de 2004; Art. 3 inc. a) Reglamenta las actividades mineras subterráneas de minerales complejos que realizan las cooperativas mineras, minería chica, mediante bocaminas propias y arrendadas a la Comibol por debajo de la cota 4,400 m.s.n.m.
Art. 4. Son obligaciones comunes para los titulares de todas las actividades mineras en el Cerro Rico de Potosí preexistentes a la Ley 1777. a) que sus actividades mineras no causen daño a la estabilidad del Cerro y a su estructura morfológica conformada por la roca sólida, a las operaciones colindantes ni a la firmeza de los terrenos. Art. 14. Ninguna bocamina situada por encima de la cota 4.400 m.s.n.m. podrá ser usada para labores de desarrollo, explotación y extracción de minerales ya sea que pertenezcan a la Comibol o a particulares.
Art. 19. Las labores de control y fiscalización del control del cumplimiento de las obligaciones del presente Reglamento quedan a cargo de la Comibol en el marco de las atribuciones específicas establecidas por los artículos 44 y 91 de la Ley del Código Minero en actual vigencia.
Art. 20. Las personas individual y colectiva que realiza las actividades mineras señalados en el Art. 4 del presente Reglamento y que incumplieran lo establecido en el presente Reglamento serán notificadas en primera instancia por la Comibol. De persistir en la infracción tanto la Comibol como el Ministerio Público o cualquier persona natural o colectiva podrán demandar ante las Autoridades competentes la aplicación del Art. 223 del Código Penal (Fuente: LEY No. 1777 del 11 de Marzo de 1997 Código de Minería).
SOLUCIÓN Y SUGERENCIAS
Los trabajos correctivos, no son fáciles de realizar, deben tomar en cuenta las zonas del yacimiento que no pueden soportar las cargas y presiones del techo La solución y las sugerencias que podrían aportar en la preservación del Cerro Rico son las siguientes:
a) FORTIFICAR los lugares riesgosos de derrumbe, donde se determine fallas geológicas en galerías, tajos, saloneos y otros.
b) RELLENAR, en forma total con material de roca los hundimientos más peligrosos, en la superficie del cerro.
c) PARALIZAR, los trabajos de explotación de las 10 cooperativas que estarían operando por encima de la cota 4.400 m.s.n.m. hasta la cúspide del cerro.
CONCLUSIONES
1.- El Gobierno actual, propone la solución integral al problema del Cerro Rico de Potosí, con la realización de estudios geotécnicos de alta ingeniería, a fin de identificar el estado actual de riesgo en interior y exterior mina; determinar las causas por los que se están produciendo derrumbes y hundimientos, que amenazan desplomarse el gran macizo yacimiento de minerales complejos.
2.- Los profesionales de la Minería, creemos que de acuerdo a los datos de los resultados que se obtengan del mencionado estudio geotécnico; deberá darse el fiel cumplimiento por el Estado y las instituciones representativas de Potosí (Comcipo) en el afán de preservar la estructura morfológica del Cerro, manteniendo su forma cónica y que se garantice las operaciones productivas en beneficio del Departamento y del País.
3.- Finalmente, se destaca la importancia del diálogo con las partes involucradas, Gobierno, cooperativistas y movimientos sociales para que permitan efectuar los trabajos para la solución integral del Problema del Cerro Rico, esto llevando a cabo la presentación de los Proyectos y haciéndoles entender que su ejecución mejorará su vida y el entorno,
(*) Ingeniero de Minas – SIB – RNI 11379
Miembro del Colegio de Ingenieros de Minas
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