Según la publicación "Minería" órgano del Ministerio de Minería y Metalurgia (MMM), en su última edición y en sus páginas centrales alude a la vigencia de la Nueva Ley de Minería que alienta inversiones e industrialización, puntualizando que la normativa "es fruto de un gran acuerdo porque en tres años se "tejieron consensos" entre los representantes de los operadores de la minería chica, cooperativista, privada y estatal".
El Vicepresidente del país fue el encargado de promulgar la Ley, ejerciendo la Presidencia del país, ante un viaje del Primer Mandatario. La ocasión fue propicia para mostrar algunas decisiones que conllevan responsabilidades compartidas entre los actores mineros y las autoridades de Gobierno para hacer posible un cambio en el sector (minero) de modo que en adelante los beneficios que deriven de la explotación de los recursos naturales no renovables, tienen un carácter colectivo y no individual". Se ratifica en ese sentido el pensamiento común de que al ser los bolivianos dueños de la riqueza natural, están en el derecho de gozar de sus beneficios, de manera general.
Algo sobresaliente de la promulgación de la Ley Minera, se relaciona con la enfática declaración del mandatario en ejercicio al señalar que: "La inversión extranjera es bienvenida a Bolivia, pero bajo las condiciones impositivas de responsabilidad social y medio ambiental que establecen las normativas locales. Esas son las reglas para el sector privado. Si está de acuerdo bienvenido, respeto y protección", enfatizó el ejecutivo del Estado.
Bajo tales explicaciones se supone que en adelante deben formalizarse las condiciones de orden legal, las que tienen que ver con garantías y seguridad para las inversiones, las que servirán para acceder a empréstitos del Estado y sobre todo para definir un proceso de adecuación de un nuevo régimen de orden tributario por el que los operadores, en su generalidad, contribuyan al Estado y a las regiones a través de impuestos y regalías que sean utilizadas en las Gobernaciones y en los municipios donde se producen actividades mineras, generando un fondo de recursos que impulsen un mayor crecimiento de los sistemas productivos mineros.
El aspecto de la complementariedad tributaria a la Ley de Minería emergerá de otra normativa más general en función impositiva que trabajarán y aprobarán los técnicos del Ministerio de Finanzas, esperándose que para esa instancia se convoque nuevamente a los representantes de los sectores mineros, pues serán ellos los que faciliten con conocimiento y experiencia, un parámetro muy próximo a la realidad en materia de impuestos y regalías.
Está claro que mientras no se apruebe el instrumento normativo impositivo minero la Ley no puede funcionar para los inversionistas, para los mineros deseosos de encarar proyectos, es imprescindible saber sobre qué parámetros tributarios desenvolverán sus futuras actividades. Hay necesidad de seguir tejiendo consensos para hacer operativo el instrumento normativo minero.
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