Aclarando el concepto no se trata de "materia minera" extraída del subsuelo o de concentrados mineros como se denomina a nuestra materia prima, en otros términos del manejo productivo y material, tendrían que ser los "commodities", pero ni lo uno, ni lo otro, simplemente señalar que los expertos, entendidos en materia minera han detectado serias distorsiones en este rubro de actividad.
Algunas apreciaciones no están lejos de la realidad, sólo que se las mantenía en disimulado secreto, seguramente por estrategias internas que en otro momento no era prudente divulgarlas, pero que ahora y con un conflicto que no ha sido solucionado plenamente, vale la pena poner aquellas cartas sobre la mesa y jugarlas en busca de obtener ventajas.
¿Quiénes buscan privilegios? Esa es la cuestión que está en discusión y que pese a ciertos avances en pos de soluciones amigables no encontró una vía accesible a un diálogo abierto y esclarecedor para limar asperezas y encontrar avenencias, pues lo evidente es que han existido y posiblemente existan más causas que amplíen el panorama de las irregularidades.
En el sector de las cooperativas mineras sale a relucir la condición de algunos "empresarios mayoristas" que hacen mal uso de la condición doctrinaria de solidaridad e igualdad que propugna el sistema cooperativo y aprovechan tal circunstancia para percibir buenas utilidades, inclusive vulnerando la propia Constitución, que defiende el buen uso de los recursos de todos los bolivianos para su propio beneficio y no para el enriquecimiento de un minúsculo grupo.
Hay que establecer la diferencia entre operadores mineros que hacen fuertes inversiones, que demoran cierto tiempo en poner en marcha proyectos mineros de larga sostenibilidad, con fuentes de empleo seguro, cumpliendo un régimen tributario obligatorio más las regalías definidas y acatando las disposiciones sociales vigentes, de modo que los trabajadores mineros encuentren seguridad laboral ampliada a sus familiares, en empresas legalmente constituidas y cuyas inversiones estén plenamente garantizadas.
Otra es la historia, como se ha podido observar, con la situación de "grupos solidarios" organizados en cooperativas con el objeto de aprovechar ciertas normas del rubro, especialmente en materia tributaria, por tratarse de "organizaciones sin fines de lucro", lo que no es evidente dadas las formas de operación, con fuertes capitales o con la alternativa de subalquilar concesiones y percibir utilidades ilegales, además de incurrir en otras irregularidades como el subempleo de "asalariados".
Es posible que mucho de lo que se dice sean exageraciones propias de una coyuntura que vive el sistema minero, en el momento actual, empero los hechos circunstanciales nos muestran con evidencia irrefutable la vigencia de "ciertos privilegios" que tienen que ver más que con perspectivas de beneficio productivo, con resultados de un compromiso político que se traduce en votos a la hora del recuento pragmático.
La falta de equilibrio en la disposición de medidas que sirvan para estructurar una Ley de Minería de amplio consenso y de iguales opciones y condiciones para todos los sectores de la minería resulta una de las distorsiones que puede rectificarse, en este momento preciso, para que la normativa sea efectivamente práctica, realista y sobre todo justa.
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