Dirigentes de la Cámara de Minería de Oruro han respondido al Prefecto del Departamento y al delegado de ordenamiento territorial en torno al pedido de sugerencias para conformar el estatuto autonómico de Oruro.
Hay interesantes sugerencias que en materia de minería deberían ser incluidas en el importante documento que regirá la vida departamental que dependerá de manera directa del sistema productivo minero, generador de divisas, regalías y fuentes de empleo.
La nota de la entidad representativa de la minería chica privada refiere los siguientes aspectos:
Tenemos entendido que el Estatuto debe reflejar las expectativas de todas las instituciones vigentes en el Departamento y en particular de los sectores productivos como la minería, que estamos seguros –y en el caso la Minería Chica– recibirá un adecuado impulso económico y técnico dentro las prioridades determinadas para su reactivación que irán a reforzar con regalías el sólido andamiaje del futuro Departamento Autonómico de Oruro.
Las sugerencias del Directorio de la Cámara Departamental de Minería, se resumen en tres Temas: REVISIÓN, MODIFICACIÓN e INCLUSIÓN DE NORMAS ESTATUTARIAS EN EL PROYECTO AUTONÓMICO DEPARTAMENTAL.
- Temas de revisión y modificación:
a) El Preámbulo.- Resumirlo a lo mínimo necesario, con énfasis en la tradición minera de Oruro, antes y después de la Colonia, insertando pasajes de los levantamientos indígenas que fueron el origen de la Revolución del 10 de Febrero de 1781. La brutal represión de mestizos e indígenas. La importante producción de plata llevada a España, con escasos beneficios para los pobladores de estos centros de trabajo como la ciudad de Oruro, Poopó, Paria, Carangas, Challapata y otros.
b) Regímenes social y económico.- Procurar que estos regímenes, sean democráticos y extensivos a todos los sectores de producción como la Minería Chica, que requiere para su reactivación del apoyo de un organismo financiero.
c) De los principios de gestión.- (Art. 9) Agregar la importancia del Sector Minero como generador del sustento económico del Gobierno Autónomo Departamental de Oruro, correspondiendo en consecuencia garantizarle su continuidad operacional con medidas de seguridad jurídica.
d) El Escudo Departamental.- Debe revisarse la postura de sustitución del algunos iconos del Escudo de Armas de Oruro, El emblema debe quedar tal como es, evitando pierda su simbología con sustituciones y aditamentos que no corresponden.
- Temas de inclusión de normas estatutarias.
a) Capítulo II Economía y Producción.- Incluir en este Capítulo II como Subtítulo MINERÍA, destacando su importancia en el Régimen Autonómico como parte fundamental de su estructura económica. Dentro este Subtítulo se abordará la Política Minera de Reactivación que el Gobierno Autónomo Departamental pondrá en práctica.
b) Creación de una entidad financiera de fomento.- Como parte fundamental y de sustento de la Política Minera de Reactivación, el Gobierno Autónomo creará una entidad financiera de fomento, con un porcentaje proveniente de las regalías mineras y de recursos que pueden captarse de la cooperación extranjera. La entidad de fomento apoyará preferentemente los proyectos de inversión de la Minería Chica y Cooperativa.
Consejo Departamental de Minería.- La entidad al igual de sus similares del interior del país, fue creada por D.S. No. 27783 de 8 de Octubre de 2004 como parte integrante del Consejo Nacional de Minería a su vez creado por D.S. No. 27334 de 31 de Enero de 2004. El Consejo Departamental de Minería se sujeta en su composición orgánica a la Resolución No. 211/04 de 02/12/04 del Ministerio de Minería y Metalurgia y sobre éstas bases legales se lo conformó aquí en Oruro, encontrándose vigente a la fecha. Consideramos necesaria su incorporación en el Estatuto Autonómico, como entidad reguladora de las actividades mineras del Departamento y de conocimiento y solución a todos los problemas atingentes a este sector. Debe estar integrada por representantes de la Minería Estatal, Mediana, Chica y Cooperativa, además de la representación del Sector Metalúrgico.
a) Fomento a las inversiones en el Departamento de Oruro.- Otro tema prioritario a ejecutarse por el Gobierno Autonómico, será el fomento a las inversiones en el Departamento, en las áreas mineras, industriales manufactureras, agrícolas, comerciales, metalúrgicas y otros renglones de la actividad productiva llámese de materias primas o de productos con valor agregado. Se tiene como antecedente valioso a esta finalidad la Ley No. 876 de 25 de Abril de 1986 que alienta las inversiones en el Departamento de Oruro, con un capital de CIEN MIL 00/100 DÓLARES AMERICANOS ($us. 100.000.00) liberándolas del pago de impuestos nacionales, departamentales, municipales, universitarios y del impuesto sobre ventas, con excepción de la renta personal, por un periodo de CINCO AÑOS, quedando asimismo liberada del pago de estos tributos, toda la maquinaria importada a los fines de la inversión, como las construcciones y edificaciones levantadas al efecto. Quedan al margen de los beneficios las fábricas de alcoholes, cervezas, vinos, aguardientes y licores espirituosos.
b) Otras determinaciones a tomar.- Se tenga presente que las observaciones y complementaciones que sugerimos al Estatuto Autonómico, las hacemos desde nuestra óptica minera, corresponderá a la representatividad institucional de los otros sectores productivos que operan en el Departamento, proponer las sugerencias de adecuación del Estatuto, a sus requerimientos apremiantes. El Estatuto Autonómico debe satisfacer las expectativas del pueblo de Oruro, para su aprobación por la Asamblea Legislativa Departamental. A este cometido insinuamos se convoque a una reunión interinstitucional de los sectores involucrados en el Tema Autonómico, con una representación no mayor a dos personas, para definir los alcances de la Autonomía.
Sin perjuicio de volver a examinar el Proyecto de Estatuto Autonómico de Oruro y emitir nuestro criterio, saludamos y agradecemos a ustedes por la gentileza de remitirnos un ejemplar de referido Proyecto.
Atentamente
CÁMARA DEPARTAMENTAL DE MINERÍA DE ORURO
Dr. Gonzalo Quintela Gómez
PRESIDENTE
Sr. Max Biggemann Rodas
SECRETARIO GENERAL