Hay marcada preocupación en el sector de la denominada “minería chica” por el riesgo que implica la aprobación del “Proyecto de la nueva Ley Minera” que analizará la Asamblea Legislativa Plurinacional y cuyo texto – por lo menos hasta el presente – es desconocido por los actores de la actividad minera.
Se explicó que cuando se habla de subsectores, se consignan necesariamente a los productores medianos y chicos, sin dejar de lado a los cooperativistas que por su cuenta habrían presentado un anteproyecto a la comisión que tratará el análisis de la ley minera. El sector mediano también tiene su propio documento.
Se sabe que no prosperó el examen de esos borradores, por tanto a la fecha sólo quedaría el documento que está en preparación en el Ministerio de Minería y que contiene normativas que marcan las pautas, directrices, características y condiciones básicas para la aplicación de los nuevos contratos mineros.
La referencia en la presente nota se deriva de la aprobación de importantes resoluciones que corresponden al quincuagésimo congreso de la minería chica que se cumplió los últimos días de enero en La Paz y que también se refiere al caso de los avasallamientos y toma de concesiones mineras, por parte de las comunidades campesinas, sin que el gobierno nacional asuma defensa de los concesionarios afectados por ese abuso, anotando que “el poder omnipotente que emerge de la insurgencia indígena comunitaria, resulta superior al Poder del Estado”.
Otras decisiones del Congreso de los mineros chicos menciona la orientación institucional de la Cámara Nacional de Minería en relación a la nueva Constitución Política del Estado (CPE), tratamiento gubernamental a la Minería Chica similar a las cooperativas mineras.
Entre otras declaraciones del evento se menciona la posición de los mineros chicos cuando muestran su acuerdo con el proceso de cambio, siempre y cuando los órganos del Estado, sometan sus disposiciones a la nueva CPE
Consecuentemente y cumpliendo ésa norma constitucional corresponderá compatibilizar los intereses del Estado, con los derechos de los concesionarios mineros.
En materia social se explica que “Teniendo la Minería Chica mayor responsabilidad social por el hecho de estar obligada a cumplir disposiciones del Código del Trabajo, del cual se encuentran implícitamente eximidos los cooperativistas, corresponde al gobierno nacional dispensarle igual tratamiento de apoyo financiero y técnico que el otorgado al subsector cooperativo.
Finalmente la Minería Chica considera que “siendo el estado el administrador de las riquezas naturales contenidas en el suelo y subsuelo que son propiedad del pueblo boliviano, le corresponde elaborar el pertinente reglamento de consulta a las comunidades indígenas originarias campesinas, convocando a una reunión de alto nivel para tratar el tema si fuera necesario. Esto último plantea la necesidad de que los sectores mineros sean parte del análisis del proyecto de la nueva Ley Minera.
Se muestran estos interesantes planteamientos de la Minería Chica, como ejemplo del interés del sector que merece consideración igualitaria y equitativa con relación a otros subsectores, especialmente el cooperativo y además los incentivos que puedan favorecer el incremento de su producción para ponerse en la fila más próxima a la minería mediana.
Una ley minera consensuada entre los protagonistas del hecho productivo y las autoridades, permitirá tener un instrumento que garantice inversiones y haga del sector un abierto factor de competitividad, eso es lo que nos falta.(Agencia URU)
Se explicó que cuando se habla de subsectores, se consignan necesariamente a los productores medianos y chicos, sin dejar de lado a los cooperativistas que por su cuenta habrían presentado un anteproyecto a la comisión que tratará el análisis de la ley minera. El sector mediano también tiene su propio documento.
Se sabe que no prosperó el examen de esos borradores, por tanto a la fecha sólo quedaría el documento que está en preparación en el Ministerio de Minería y que contiene normativas que marcan las pautas, directrices, características y condiciones básicas para la aplicación de los nuevos contratos mineros.
La referencia en la presente nota se deriva de la aprobación de importantes resoluciones que corresponden al quincuagésimo congreso de la minería chica que se cumplió los últimos días de enero en La Paz y que también se refiere al caso de los avasallamientos y toma de concesiones mineras, por parte de las comunidades campesinas, sin que el gobierno nacional asuma defensa de los concesionarios afectados por ese abuso, anotando que “el poder omnipotente que emerge de la insurgencia indígena comunitaria, resulta superior al Poder del Estado”.
Otras decisiones del Congreso de los mineros chicos menciona la orientación institucional de la Cámara Nacional de Minería en relación a la nueva Constitución Política del Estado (CPE), tratamiento gubernamental a la Minería Chica similar a las cooperativas mineras.
Entre otras declaraciones del evento se menciona la posición de los mineros chicos cuando muestran su acuerdo con el proceso de cambio, siempre y cuando los órganos del Estado, sometan sus disposiciones a la nueva CPE
Consecuentemente y cumpliendo ésa norma constitucional corresponderá compatibilizar los intereses del Estado, con los derechos de los concesionarios mineros.
En materia social se explica que “Teniendo la Minería Chica mayor responsabilidad social por el hecho de estar obligada a cumplir disposiciones del Código del Trabajo, del cual se encuentran implícitamente eximidos los cooperativistas, corresponde al gobierno nacional dispensarle igual tratamiento de apoyo financiero y técnico que el otorgado al subsector cooperativo.
Finalmente la Minería Chica considera que “siendo el estado el administrador de las riquezas naturales contenidas en el suelo y subsuelo que son propiedad del pueblo boliviano, le corresponde elaborar el pertinente reglamento de consulta a las comunidades indígenas originarias campesinas, convocando a una reunión de alto nivel para tratar el tema si fuera necesario. Esto último plantea la necesidad de que los sectores mineros sean parte del análisis del proyecto de la nueva Ley Minera.
Se muestran estos interesantes planteamientos de la Minería Chica, como ejemplo del interés del sector que merece consideración igualitaria y equitativa con relación a otros subsectores, especialmente el cooperativo y además los incentivos que puedan favorecer el incremento de su producción para ponerse en la fila más próxima a la minería mediana.
Una ley minera consensuada entre los protagonistas del hecho productivo y las autoridades, permitirá tener un instrumento que garantice inversiones y haga del sector un abierto factor de competitividad, eso es lo que nos falta.(Agencia URU)
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