De acuerdo a las todavía vigentes reglas impositivas en el rubro de la minería, se mantiene la Ley 843 que dispone la participación del Estado en la renta minera mediante impuestos directos.
A mediados del año pasado se conoció el resultado de una investigación realizada por destacados profesionales que impulsados por el Programa de Investigación Estratégica en Bolivia (PIEB) y la Embajada del Reino de los Países Bajos lograron establecer algunos parámetros sobre el sistema tributario en el país, en cierto modo establecer las condiciones de generación, distribución y el uso del excedente, datos que consignamos por su interés en pasadas ediciones pero que desde otro ángulo en el tiempo presente nos permiten analizar las cuestionantes existentes sobre materia tributaria, justo cuando se perfila la aprobación del anteproyecto de la nueva Ley Minera que con seguridad definirá nuevas estrategias en esa materia.
De esos estudios se establece por ejemplo que el 50% o más (de utilidades) se queda en poder de las empresas mineras, en algunos casos son ganancias que salen del país, por un sencillo motivo, la falta de incentivos y sobre todo seguridades para reinvertir en la minería nacional. La incertidumbre reinante, obliga a los empresarios mineros, especialmente a los inversionistas, cuidar sus intereses sin ponerlos en riesgo ante las indefiniciones existentes en materia de seguridad y garantías.
Actualmente se mantienen en operación importantes empresas privadas muy especialmente de la denominada minería mediana, mostrando cumplimiento en el pago regular de impuestos y las regalías definidas, para cada tipo de explotación, como en las operaciones que se producen en los departamentos de Potosí, donde el movimiento es intenso, el caso de Oruro, La Paz y ahora último con un interesante repunte de la actividad minera en Santa Cruz, donde también creció el aporte directo de la minería en los planes de esa región.
Se registran etapas muy particulares, como las del periodo 2003 al 2008 cuando la rentabilidad fue ascendente, justo al registrarse un repunte en los precios internacionales de minerales, pero se redujo sustancialmente ya en parte del mismo 2008 por efecto contrario con caída de precios que originaron la dura crisis financiera mundial.
La denominada renta minera de largo plazo benefició principalmente a los operadores privados que lograron un repunte de recaudación de más de 1.100 millones de bolivianos, de los cuales un 28% de impuestos directos fueron para el Estado, el 17 % para la Comibol por concepto de alquileres, aunque hay una llamativa observación –en el estudio– señalando que el 43% de la renta que mencionamos fue retenida por las empresas privadas y su destino fue de reinversión en sus yacimientos mineros, mientras que el lógico 57% restante habría sido destinado a la "repatriación de dividendos al exterior".
JUSTIFICACIÓN
Cuando se busca la causa de esa "repatriación" de dividendos hacia las "centrales" mineras del exterior, surge una justificación muy precisa entre los inversionistas que se denomina incertidumbre, frente a la inseguridad reinante, la carencia de normas claras para garantizar las operaciones mineras, de modo que a título de cuidar "tierra originaria o ciertos aspectos medio ambientales" se avalle la propiedad privada, se despoje de herramientas y equipos a los empresarios mineros y hasta se desaloje de sus viviendas a los cooperativistas mineros, generando temor, descontento e incertidumbre en el sector minero,
Sucede en nuestro país exactamente lo contrario de lo que acontece por ejemplo en Chile y Perú países que han determinado reglas muy precisas para el desarrollo de actividades mineras, otorgando seguridades plenas a las inversiones, aplicando escalas tributarias muy precisas y generando una serie de incentivos para quienes disponen mayor cantidad de capitales y apropiada transferencia de tecnología, factores importantes para asegurar una excelente producción con dividendos seguros y rentabilidad justa para empresa, como para el Estado y las regiones mineras.
Hay situaciones lógicas que se enmarcan en los lineamientos empresariales de buscar siempre las opciones más favorables para invertir, recuperar inversión y lograr un adecuado porcentaje de utilidades, por tanto si tales aspectos no son tomados en cuenta en las políticas nacionales, como el caso de la minería en Bolivia, con seguridad que será muy difícil emprender proyectos que impulsen la gran producción minera nacional.
Por lo menos hasta donde se conocen los datos de países competidores en materia minera, se establece que los beneficios directos para el sector estatal por concepto de impuestos directos y contribuciones especiales están en un parámetro superior al porcentaje que se aplica en el nuestro, pero con una contraparte esencialmente legal que garantiza las operaciones y asegura el resarcimiento de daños por perjuicios que pudiese causarse a las operaciones mineras y que no fuesen de origen natural.
En tanto no se dispongan cambios en las medidas tributarias vigentes en los países mineros de la vecindad, hay urgencia de establecer en el nuestro las mejores condiciones para entrar en la competitividad y captar inversiones y tecnología.
Una reciente opinión que se atribuye al electo presidente peruano pone los "nervios de punta" en la actividad minera, pues señaló como una de las posibilidades de mejorar la economía del Perú gravar con más impuestos al sector productivo minero, posibilidad no descartada por cierto pero muy riesgosa si afecta los intereses de los fuertes inversionistas que día a día están ampliando sus operaciones especialmente en el Perú.
El tema político no debería influir en las proyecciones de los sectores productivos, muy sensibles a variaciones que pongan en riesgo sus inversiones
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