Hay una tarea realmente dura y difícil para avanzar en el propósito de consensuar criterios entre los representantes de todos los sectores, que son parte de la actividad minera, para aprobar la nueva ley que debe responder a las expectativas de quienes hacen minería y no de los políticos que sólo hacen teoría minera, según se manifestó en círculos próximos a las comisiones que trabajan sobre el tema en el portafolio de trabajo.
Una de las tareas más complicadas se encuentra en la relación de los contratos que deben ser adecuados de aquí adelante, pues fueron objeto de lo que se denominó "migración" de las concesiones que estaban vigentes y que de acuerdo a disposiciones superiores y plazos establecidos deben convertirse en contratos, existiendo algunas variables en la forma legal de acordar tales acuerdos en función a los intereses de empresas y Gobierno.
Otro de los problemas, y parece que es el más conflictivo, tiene que ver con el régimen tributario minero que en nuestro país ha tenido una serie de cambios en función de ventajas parciales y no precisamente de intereses comunes o mínimamente favorables a los subsectores mineros, de ahí que existen algunos vacíos en el sistema que se observan frecuentemente por quienes se supone son los beneficiarios directos de la producción de impuestos y regalías, los tesoros departamentales, pero sobre todo los municipios donde se ejecutan los proyectos mineros y como hecho especial, los "originarios" de esas regiones.
Hay que mencionar que en el caso de las "regalías" se mantiene aquella que alcanza a las actividades de explotación de minerales y metales con una base de cálculo sobre el "valor bruto de venta" y en relación a la cotización vigente de minerales en la Bolsa de Metales de Londres. Lo que se anticipa es que las alícuotas para el pago de las regalías sufrirán modificación ascendente, es decir que se elevarán en la estructura de la nueva Ley Minera.
Actualmente, de acuerdo a los estudiosos del tema, los porcentajes para las alícuotas de regalías del oro, plata, zinc y estaño tienen una elevación que puede ser variable, en tanto que se mantienen sin movimiento las del hierro y el cobre. El anteproyecto de la nueva Ley Minera necesariamente tendrá que estudiar un sistema de "aplicación variable" de las alícuotas, en relación a las fluctuaciones de las cotizaciones externas de minerales, de manera que en tiempo de buenos precios las ventajas sean mayores, pero en periodos de crisis esas regalías no deben ser instrumentos para ahogar la minería.
Otro factor que debe ser determinante en el caso de impuestos y regalías es el "factor de inversión", que no sólo compromete la preparación de la zona de explotación para extracción de concentrados sino también lo que significa la atención de tipo social, cuando se mejoran comunidades, con infraestructura que significa centros educativos, hospitalarios, de vivienda y hasta recreativos, lo que indudablemente más allá de la explotación minera quedará en beneficio de las comunidades, por tanto este hecho en función de las inversiones "sociales" debe tener adecuado tratamiento en la normativa que está siendo preparada dificultosamente.
Finalmente en el presente "enfoque" hay que señalar que otro de los temas álgidos en el proceso de tratamiento del anteproyecto de la ley minera es el de los contratos que hasta la última variable reconocían a los titulares de concesiones mineras con "derechos adquiridos" y que ahora deberán migrar a nuevas modalidades de contrato para aclarar un panorama que tiene muchas confusiones, cuando se menciona por ejemplo a los mineros concesionarios y a los cooperativistas, unos con más obligaciones que los otros, pero que en al amparo de una Ley deben ser "medidos con la misma vara".
Como se observa estos son tan sólo algunos de los problemas que hacen difícil el tratamiento de un anteproyecto de Ley que inicialmente debía estar listo a fines del año pasado y que ahora, casi con seguridad, estará listo en el segundo semestre del año en curso.
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