El presidente Evo Morales remitió a la Asamblea Legislativa un proyecto de ley que anula el Régimen de Tasa Cero en el Impuesto al Valor Agregado (IVA) para la venta de minerales y metales en su primera fase de comercialización, norma que beneficia actualmente a las cooperativas mineras del país. La propuesta establece además modificaciones a la Ley de Minería y Metalurgia y a la de Reversión de Derechos Mineros para que la Corporación Minera de Bolivia (Comibol) no pierda la titularidad de las áreas otorgadas a cooperativas mediante contratos de arrendamiento.
El Mandatario envió además al Órgano Legislativo un segundo proyecto de ley que modifica la Ley General de Cooperativas para incorporar a los trabajadores del sector, sean socios o no, a los beneficios de la Ley General del Trabajo y de la Seguridad Social.
Las dos propuestas fueron presentadas el 1 de septiembre, el mismo día en el que el gabinete de ministros aprobó, en reunión extraordinaria, un paquete de cinco decretos para endurecer la regulación del sector minero cooperativo y quitarle beneficios. Ambos proyectos elevan a rango de ley las disposiciones de cuatro de los cinco decretos.
“Se abroga la Ley No 186, de 17 de noviembre de 2011, Régimen de Tasa Cero en el Impuesto al Valor Agregado para la Venta de Minerales y Metales en su Primera Fase de Comercialización”, se lee en las disposiciones abrogatorias del primer proyecto.
“No tengo conocimiento sobre esa modificación ni sobre ese proyecto, lo único que conozco es la ley corta que dice ‘tasa cero’ al tema de la comercialización de minerales”, indicó a OPINIÓN el diputado Fidel Colque, representante del sector cooperativo minero. “Seguramente en el transcurso de la semana que viene tendremos conocimiento (del proyecto de ley), agregó a tiempo de subrayar que será entonces cuando podrá emitir un criterio.
Con el régimen que se busca eliminar, las cooperativas y los productores primarios que explotan minerales de forma artesanal están exentos de pagar el IVA, obligación que recae en los ingenios y otros compradores de ese material. De acuerdo a la norma que ampara ese régimen, el IVA sí aplica para las siguientes etapas de comercialización en el mercado interno.
Sin embargo, en la actualidad las cooperativas no tributan, solo pagan el 1 por ciento a la Corporación Minera de Bolivia (Comibol) por el canon de arrendamiento de las áreas que explotan y aportan con regalías a los departamentos por un 2.5 por ciento de las ventas de los minerales que explotan, porcentaje menor al que pagan las empresas privadas: 8.5 por ciento .
MODIFICACIÓN DE LA LEY Por otro lado, el proyecto de ley plantea modificaciones a la Ley de Minería y Metalurgia para que la Comibol no pierda las áreas otorgadas a cooperativas bajo contratos de arrendamiento previos a la promulgación de la Constitución Política del Estado, los cuales dieron lugar a que el sector tenga derechos preconstituidos sobre esas áreas.
En ese sentido, la propuesta incluye en el listado de áreas sobre las cuales la Comibol tiene derechos mineros a las “áreas por pertenencias, cuadrículas o parajes mineros otorgados en contrato de arrendamiento a favor de las cooperativas mineras”. También quita a las áreas otorgadas a ese sector de la sustitución de régimen, es decir, de la disposición por la que sus contratos deben adecuarse a contratos administrativos mineros.
Crea además la figura de Contrato Administrativo Minero Bajo Administración Estatal, el cual deben firmar las cooperativas con la Comibol, no con la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera (AJAM), para adecuar, al amparo de sus derechos preconstituidos, sus contratos de arrendamiento respecto de concesiones propias o de la minería nacionalizada.
“Lo que se está haciendo es de devolverle el derecho propietario a la Comibol y que ésta aparezca ligada a las cooperativas”, ya que en la Ley de Minería vigente “se separa completamente a las cooperativas mineras de la Comibol y las cooperativas se agarraban esos yacimientos como si fueran propios”, explicó Héctor Córdova, expresidente de la estatal minera y actual analista en temas mineros de la Fundación Jubileo.
REVERSIÓN Incorpora también lo dispuesto por dos de los decretos del Ejecutivo para revertir a dominio del Estado las áreas sobre las cuales cooperativas y empresas privadas suscribieron contratos de riesgo compartido, arrendamiento o subarrendamiento; y para fiscalizar al sector con base a sus volúmenes de producción, sus excedentes y la distribución de los mismos.
Finalmente, el proyecto de ley viabiliza el cumplimiento de otro de los decretos, aquel que instruye la verificación de áreas entregadas a cooperativas para revertirlas también en caso de que estén improductivas. Lo hace planteando la modificación de la Ley de Reversión de Derechos Mineros para que la reversión aplique a las áreas registradas a nombre de las cooperativas mineras, algo que la norma vigente no permite.
En cuanto al segundo proyecto de ley remitido por el Mandatario a la Asamblea, éste propone modificar el Artículo 17 de la Ley de Cooperativas para incorporar un parágrafo que incorpora a todas las personas que prestan servicios en las cooperativas mineras, asociados o no, a la protección de la Ley General del Trabajo y la Seguridad Social. Esto quedó ya establecido en uno de los decretos aprobados por el gabinete.
Decretos
El 1 de septiembre, el Gobierno aprobó cinco decretos para poner límites a las cooperativas
mineras y ahora modifica las leyes
correspondientes.
2do Proyecto
El segundo proyecto presentado por Morales al Legislativo propone modificar el Artículo 17 de la Ley de Cooperativas para incorporar a todos los trabajadores de las cooperativas mineras a la protección de la Ley General del Trabajo y la Seguridad Social.
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