En cuestión de ocho días más y si no hay cambios excepcionales en la política minera vigente a nivel Gobierno, el día 05 de diciembre próximo tocará límite la Disposición Transitoria Octava de la nueva Constitución Política del Estado que establece en su parágrafo III lo siguiente: “Las concesiones mineras otorgadas a las empresas nacionales y extranjeras con anterioridad a la promulgación de la presente Constitución, en el plazo de un año, deberán adecuarse a ésta a través de los contratos mineros”. Ese plazo fenece justamente el próximo cinco de diciembre.
La medida de adecuación a la ley se conoce también como de “migración de concesiones a contratos con la Comibol”, inclusive algunas empresas que ya están en el nuevo sistema deberán “apropiar” sus documentos a la nueva instancia, caso por ejemplo de la poderosa minera San Cristóbal en Potosí que igualmente deberá “migrar” en lo que corresponde a su convenio actual.
De momento y hasta el día señalado se espera que las empresas mineras concesionarias, grandes, medianas o pequeñas, nacionales o extranjeras deban tener sus documentos en orden para cumplir los requisitos de nuevos contratos que deberán ser elaborados, procesados y admitidos por la Comibol. Por supuesto que se trata de un proceso que incluye varios pasos y una serie de obligaciones para que los empresarios mineros cumplan si desean mantener en vigencia sus operaciones, pero naturalmente bajo un nuevo régimen que está relacionado directamente con la propiedad de lo que fue una concesión minera y que ahora será tan sólo un espacio concedido por tiempo determinado, partiendo del principio de que “todos los recursos naturales son del Estado”.
NUEVA LEY MINERA
El nuevo instrumento legal que norme las actividades de la minería nacional en su conjunto, desde el sistema estatal pasando por el privado y terminando en el cooperativizado incluyendo por supuesto lo que tenga referencia con las actividades de la metalurgia y la siderurgia, debía ser presentado antes de que se cumpla la medida transitoria que dispone la migración de concesiones a los contratos renovados y con nuevas reglas de juego.
Empero está visto que en los pocos días que restan para el 5 de diciembre y al no haberse consensuado adecuadamente el proyecto de la ley minera con los verdaderos protagonistas de las inversiones y los trabajos, respectivamente, no es posible pensar que suceda algo excepcional y la nueva ley resulte aprobada como por arte de magia…aunque todo puede suceder.
Sin embargo se tiene entendido que en el Ministerio de Minería y Metalurgia, la cartera de las tres M, se trabaja intensamente en la elaboración de la referida ley que reemplazará a la todavía vigente 1777, que respeta las concesiones mineras las mismas que en el instrumento que se aprobará en la Asamblea Plurinacional, pasan al estado de contratos, aunque bajo diferentes modalidades que seguramente serán parte de un reglamento específico para la adecuación que debería conocerse antes del día 5 de diciembre.
El Ministro de Minería, José Pimentel, admitió la complejidad de la Ley y mostró su predisposición para que el proyecto sea debatido con la mayor amplitud, de manera prioritaria entre los sub sectores de la minería, como los empresarios privados que cobijan a los mineros chicos y los medianos; la minería estatal con miles de asalariados y con otro gigante contingente de socios, los mineros cooperativizados. En esos sectores aún no se alcanzó consenso sobre el proyecto de la Ley Minera.
Existe un equipo de trabajo que no escatima esfuerzos para concluir la parte estructural de la ley, de manera que en tiempo breve llegue a los diversos sectores y se disponga su análisis, que por supuesto será de varios días, descartándose de momento que pueda estar lista para la primera semana de diciembre.
TIPO DE CONTRATOS
Hay que recordar que en mayo del 2007 el Gobierno mediante el D.S. 29117 determinó la suspensión en trámites de aprobación de nuevas concesiones mineras declarando entonces “reserva fiscal a todo el territorio nacional”.
Como emergencia de la medida se estableció que en nuestro país, justamente coincidiendo con la prohibición de efectuar mayores concesiones, existían más de 7.000 “propiedades” bajo ese sistema de control por parte de los adjudicatarios, entre las consignadas bajo la modalidad de “pertenencias” o bajo el convenio de “cuadrículas”, lo que justamente se suprimía otorgando un plazo para pasar al sistema de “migración de contratos”.
Según el Servicio Geológico y Técnico de Minas (Sergeotecmin), hasta septiembre del presente año existen 7.318 concesiones mineras. La transferencia de las mismas a la nueva modalidad demandará un tiempo prolongado, cuya vigencia se normará precisamente en la Nueva Ley, aunque los mismos datos reflejan que no más del 20 por ciento de las concesiones están en vigencia y las restantes…o son ociosas o simplemente sirven como elemento de garantía o están subalquiladas, según se informó.
Las concesiones mineras por “pertenencia” que corresponde a una hectárea fueron otorgadas hasta el año 1976, posteriormente (1977) y hasta el año 2007 se dispuso el sistema de concesiones por cuadrícula, que son justamente las que deben migrar a nuevos contratos, que según las perspectivas de la normativa que debe aprobarse podrán ser de tipo mixto, de arrendamiento o de riesgo compartido.
Por lo menos de momento, según las autoridades del MMM, no hay excepciones, todas las empresas, chicas, medianas, grandes y de las cooperativas deben adecuarse a las modalidades que establezcan las normativas en vigencia y las que estarán insertas en la Ley de Minería.
(Agencia URU)