martes, 5 de mayo de 2009

ENFOQUE MINERO: La minería exige planes prácticos y no teóricos

A la fecha se han presentado muchas dudas sobre el futuro de la minería considerando una serie de factores endógenos, también exógenos que han generado dubitaciones entre los directos responsables del sistema productivo en las minas privadas del país, sector donde están las mayores inversiones y las mejores perspectivas.

Las fluctuaciones en las cotizaciones de minerales en el mercado exógeno han sido la causa de un repentino freno al desarrollo de mega proyectos, como los de San Cristóbal y San Bartolomé en Potosí, también tuvieron efecto –que aún se siente– en las minas auríferas de Inti Raymi en Oruro, qué decir del sistema cooperativizado que con miles de socios-trabajadores ha tenido que paralizar actividades en varias minas. Menos mal que algunas podrán recuperarse si en adelante continúa el ciclo ascendente de precios.

Las causas endógenas que ponen en vilo a los empresarios privados son entre otras, la falta de seguridad jurídica para el desarrollo de planes de explotación debido al avasallamiento indígena que pone en riesgo inversiones y paraliza el inicio o continuidad de importantes proyectos. La confusión que se ha creado con la vigencia de la nueva Constitución en materia del “dominio” de la tierra, no es ninguna garantía para tentar la llegada de capitales y tecnología.

Faltan reglas de juego más claras y precisas en el tema de orden tributario para hacer más competitiva la ejecución de proyectos de envergadura, que al no encontrar condiciones favorables en nuestro medio optan por radicarse en países vecinos, caso del Perú y Chile.

El desarrollo de la minería no puede avanzar sólo con el sistema de control gubernamental, es necesaria la inversión privada ya que se necesita de fuerte financiamiento que el Estado no dispone, tampoco es posible la concreción de los proyectos privados si desde el nivel oficial no se dotan las condiciones favorables que garanticen las inversiones y aseguren el desarrollo armónico de convenios societarios de riesgo compartido o arrendamientos temporales. Hay necesidad de explicar claramente esas posibilidades de apoyo a la minería.

Algo que debe tomarse en cuenta es que mientras no se de una interpretación correcta a los estipulados sobre el uso de tierras y entre estas las propiedades mineras, será muy difícil pensar en un crecimiento de la minería nacional de manera que el país como tal se beneficie de la explotación de esos recursos.

Los mineros privados han puesto en duda lo señalado en la nueva Carta Magna que establece “reconocimiento” de las concesiones mineras anteriores y que seguirán en operación, en tanto que para obtener nuevas jurisdicciones de explotación minera ya no se habla de “concesión” y sólo se menciona la necesidad de suscribir contratos con el Estado. ¿Bajo qué garantías? Se preguntan especialmente en los dos extremos del sistema minero privado, el mediano y el chico porque los cooperativistas están exentos de este asunto.

Dadas estas condiciones se hace necesaria una política definida para establecer las tan reclamadas “reglas de juego” de manera que quienes se hallen en condiciones de admitirlas proyecten sus actividades prácticas sabiendo a lo que se exponen y no meramente ilusionados con muchas ofertas teóricas y pocas cosas concretas. La minería precisa desarrollo tangible.

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