La minería necesita reglas claras de tipo legal y garantías para su desarrollo, su futuro dependerá del sistema competitivo que abra el Gobierno.
El Poder Ejecutivo encarará una reforma a las actuales disposiciones legales que rigen la actividad minera y lo hará poniendo en práctica una nueva Ley que obligará a los protagonistas de la producción a cambiar el sistema de sus relaciones mediante concesiones, para migrar a los contratos que recomienda la Constitución en vigencia.
Se menciona que la flamante “norma legal” será prioridad del órgano ejecutivo desde el comienzo del año 2010, lo que significará revertir al Estado boliviano las concesiones que “no estuviesen cumpliendo una función económica”, además se dispondrá la distribución de regalías mineras entre las comunidades campesinas donde se desarrollen proyectos de explotación minera.
Uno de los altos funcionarios del ministerio del ramo señaló que los cambios se producirán en consenso con los sectores involucrados en la actividad de la explotación minera, situación que ya se habría iniciado con varias empresas del sector privado a nivel de la minería chica, mediana, y la cooperativizada para acordar un proyecto de ley que satisfaga las inquietudes de todos los sectores y que sea presentado en ese sentido para su tratamiento en el nuevo órgano legislativo.
Un justificativo que se esgrime como base del cambio de contratos es que en la nueva Constitución promulgada en febrero de este año, se establece la desaparición del régimen de concesiones y que “el Estado dueño de recursos naturales, hace contratos con todas las empresas que deseen hacer actividad minera”.
La diferencia de tratamiento, que se supone será debatida, tiene relación con el régimen vigente cuyo sistema de concesiones sólo obliga al pago de una patente para tener opción o derecho a la explotación de recursos naturales en determinada área previamente definida sin que exista obligatoriedad de firmar ningún contrato con el Estado.
Otro aspecto observado por las autoridades de minería es que en la actualidad cualquier persona o empresa logran una concesión y pueden mantenerla durante mucho tiempo (inclusive años) sin trabajar y sólo pagando la patente anual, además de que tal concesión se utiliza para fines de garantía en los sistemas financieros siendo una forma irregular de usufructuar las áreas que deberían ser de obligada explotación, bajo contratos específicos.
Algo importante es aclarar, según los funcionarios de minería, “que las operaciones mineras donde se han hecho inversiones y existe actividad sólo deben tramitar la migración a nuevos contratos, porque el objetivo de la nueva norma no es afectar las operaciones en ejecución, sino aquellas que no están operando, estas últimas podrán ser revertidas al Estado.
Cuando se mencionan “nuevos contratos” la figura legal se refiere a las formas en que serán establecidas las nuevas condiciones asociativas tales como las de riesgo compartido, arrendamiento o acuerdo mixto, que definirá la Comibol en base a situaciones técnicas y económicas. Ya se anticipa que este último planteamiento será el de mayor resistencia, entendiendo que para establecer cualquier contrato deben estar predispuestas plenamente las partes que serán protagonistas de inversiones y desarrollo de los emprendimientos mineros.
Toda ley resulta productiva si los involucrados en la misma han sido parte de su elaboración en esa fase importante de alimentarla con sugerencias, datos estadísticos y sobre todo de consensuarla para cumplirla en todos sus alcances
Ya se anticiparon eventos nacionales en los sectores de la actividad minera privada, tanto en el sector mediano como en el chico, lo que significa que el anuncio gubernamental de reformar la ley minera eliminando las concesiones, será tema para debatirlo y adecuarlo no sólo en función de disposiciones que contempla la nueva Constitución, sino también en la perspectiva de hacer de la minería nacional un sector altamente eficiente, pero sobre todo competitivo para atraer inversiones e impulsar los macro proyectos ya delineados.
MAS REFERENCIAS
• El Gobierno nacional aprobó un D.S. en este periodo que declarando reserva fiscal a todo el territorio. De entonces a la fecha no se ha normado el uso de tales reservas.
• Sin embargo por disposiciones transitorias se establece, desde la anterior medida, que todos los contratos en materia de minería deben ser de “riesgo compartido”.
• El Código minero en actual vigencia fue aprobado en el año 1997 y sufrió algunas modificaciones hace un par de años atrás. Su aplicación en la actualidad es objeto de observaciones.
• La distribución de regalías mineras puede considerarse el tema conflictivo entendiendo que las comunidades campesinas están a la espera de sacarle mucho provecho a las operaciones mineras.
• Este próximo año 2010, puede ser de muchas sorpresas para los industriales mineros, por el contenido de nuevas normas de orden legal, pero también por las decisiones que adopten los industriales mineros.
• Se estima que el ritmo de las cotizaciones en mercados internacionales seguirá de manera ascendente, lo que deberá aprovecharse en beneficio del país y la economía de su gente.
El Poder Ejecutivo encarará una reforma a las actuales disposiciones legales que rigen la actividad minera y lo hará poniendo en práctica una nueva Ley que obligará a los protagonistas de la producción a cambiar el sistema de sus relaciones mediante concesiones, para migrar a los contratos que recomienda la Constitución en vigencia.
Se menciona que la flamante “norma legal” será prioridad del órgano ejecutivo desde el comienzo del año 2010, lo que significará revertir al Estado boliviano las concesiones que “no estuviesen cumpliendo una función económica”, además se dispondrá la distribución de regalías mineras entre las comunidades campesinas donde se desarrollen proyectos de explotación minera.
Uno de los altos funcionarios del ministerio del ramo señaló que los cambios se producirán en consenso con los sectores involucrados en la actividad de la explotación minera, situación que ya se habría iniciado con varias empresas del sector privado a nivel de la minería chica, mediana, y la cooperativizada para acordar un proyecto de ley que satisfaga las inquietudes de todos los sectores y que sea presentado en ese sentido para su tratamiento en el nuevo órgano legislativo.
Un justificativo que se esgrime como base del cambio de contratos es que en la nueva Constitución promulgada en febrero de este año, se establece la desaparición del régimen de concesiones y que “el Estado dueño de recursos naturales, hace contratos con todas las empresas que deseen hacer actividad minera”.
La diferencia de tratamiento, que se supone será debatida, tiene relación con el régimen vigente cuyo sistema de concesiones sólo obliga al pago de una patente para tener opción o derecho a la explotación de recursos naturales en determinada área previamente definida sin que exista obligatoriedad de firmar ningún contrato con el Estado.
Otro aspecto observado por las autoridades de minería es que en la actualidad cualquier persona o empresa logran una concesión y pueden mantenerla durante mucho tiempo (inclusive años) sin trabajar y sólo pagando la patente anual, además de que tal concesión se utiliza para fines de garantía en los sistemas financieros siendo una forma irregular de usufructuar las áreas que deberían ser de obligada explotación, bajo contratos específicos.
Algo importante es aclarar, según los funcionarios de minería, “que las operaciones mineras donde se han hecho inversiones y existe actividad sólo deben tramitar la migración a nuevos contratos, porque el objetivo de la nueva norma no es afectar las operaciones en ejecución, sino aquellas que no están operando, estas últimas podrán ser revertidas al Estado.
Cuando se mencionan “nuevos contratos” la figura legal se refiere a las formas en que serán establecidas las nuevas condiciones asociativas tales como las de riesgo compartido, arrendamiento o acuerdo mixto, que definirá la Comibol en base a situaciones técnicas y económicas. Ya se anticipa que este último planteamiento será el de mayor resistencia, entendiendo que para establecer cualquier contrato deben estar predispuestas plenamente las partes que serán protagonistas de inversiones y desarrollo de los emprendimientos mineros.
Toda ley resulta productiva si los involucrados en la misma han sido parte de su elaboración en esa fase importante de alimentarla con sugerencias, datos estadísticos y sobre todo de consensuarla para cumplirla en todos sus alcances
Ya se anticiparon eventos nacionales en los sectores de la actividad minera privada, tanto en el sector mediano como en el chico, lo que significa que el anuncio gubernamental de reformar la ley minera eliminando las concesiones, será tema para debatirlo y adecuarlo no sólo en función de disposiciones que contempla la nueva Constitución, sino también en la perspectiva de hacer de la minería nacional un sector altamente eficiente, pero sobre todo competitivo para atraer inversiones e impulsar los macro proyectos ya delineados.
MAS REFERENCIAS
• El Gobierno nacional aprobó un D.S. en este periodo que declarando reserva fiscal a todo el territorio. De entonces a la fecha no se ha normado el uso de tales reservas.
• Sin embargo por disposiciones transitorias se establece, desde la anterior medida, que todos los contratos en materia de minería deben ser de “riesgo compartido”.
• El Código minero en actual vigencia fue aprobado en el año 1997 y sufrió algunas modificaciones hace un par de años atrás. Su aplicación en la actualidad es objeto de observaciones.
• La distribución de regalías mineras puede considerarse el tema conflictivo entendiendo que las comunidades campesinas están a la espera de sacarle mucho provecho a las operaciones mineras.
• Este próximo año 2010, puede ser de muchas sorpresas para los industriales mineros, por el contenido de nuevas normas de orden legal, pero también por las decisiones que adopten los industriales mineros.
• Se estima que el ritmo de las cotizaciones en mercados internacionales seguirá de manera ascendente, lo que deberá aprovecharse en beneficio del país y la economía de su gente.
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