Desde el pasado 06 de diciembre está en vigencia el Decreto Supremo (D.S.) 0726 que establece que “todas las concesiones del Estado, las mineras, las de recursos naturales, electricidad, telecomunicaciones y de servicios básicos que se otorgaron antes del 6 de diciembre 2010, se adecuan al ordenamiento constitucional vigente, transformándose automáticamente en Autorizaciones Transitorias Especiales (ATE), en tanto se produzca su migración de acuerdo a la normativa sectorial a emitirse”. Así concretamente y sin otras explicaciones se deberán esperar las “normativas” para saber el curso de la anunciada “migración de concesiones a contratos”.
DUDAS ENTRE AFECTADOS
De manera general, la Ministra de Planificación del Desarrollo, Viviana Caro, aseguró sobre el tema que “la aprobación de la norma garantiza los derechos adquiridos de los concesionarios”.
Por su parte el ministro de autonomías Carlos Romero, sobre el mismo tema señaló que “la migración de las concesiones a contratos mineros no significa la pérdida de los derechos adquiridos (por los operadores mineros), con el objeto de evitar futuros avasallamientos”.
El ministro del ramo José Pimentel, más lacónico y concreto confirmó que las concesiones mineras (más de 9.000) llegaron a su fin en la actividad minera y migrarán a contratos…pero temporalmente “son autorizaciones transitorias especiales” que corresponden a todos los sectores de la minería, incluyendo el sistema estatal y el cooperativizado. Se entiende además que las tareas en esos centros de actividad productiva se mantendrán regularmente, en tanto se emitan las nuevas normas…(?)
Es justamente ahí, donde se presentan las dudas de los operadores de las extintas concesiones mineras. Cómo garantizan la continuidad de operaciones mineras para fines legales de inversión, obligaciones por pagar, exportaciones, recuperaciones y seguridades en un periodo de transición, mientras el Gobierno prepara normas sectoriales para su regulación.
Por el momento se entiende que en cada ministerio por áreas pertinentes serán elaboradas las normativas de rigor, de tal suerte que sectorialmente se irán adecuando las mismas a las necesidades de los operadores. De momento no existen plazos fijos, pero “se trabajará con celeridad para despejar dudas y garantizar los derechos de los concesionarios”, según se explicó.
EL CASO MINERO
El Ministerio de Minería y Metalurgia a confirmado que existen más de nueve mil (9.000) concesiones mineras privadas que “llegaron a su fin” y que deben migrar a contratos, mientras eso suceda están vigentes las “autorizaciones transitorias especiales” y el proceso abarca a todos los subsectores, incluso las cooperativas.
El ministro José Pimentel, a modo de aclaración sobre futuras negociaciones señaló que “si existiera algún empresario que no quiera migrar a contrato, simplemente dejará la concesión y la devolverá al Estado…y no pagará ningún resarcimiento público”, aseguró la autoridad.
Mencionó que el tema de las nueve mil concesiones, es objeto de una minuciosa revisión, pues existen casos en que un solo propietario era titular de varias concesiones, poniendo como ejemplo el caso de la Empresa San Cristóbal que tiene 50 concesiones y todas tendrán que ser adecuadas al nuevo sistema de contratos, presentando un plan de trabajo para cada una de ellas”. Ya aparece otra figura relacionada con “la presentación de un plan de trabajo”, aspecto que deberá ser tomado en cuenta por los interesados para los fines consiguientes.
LA LEY MINERA
Para la adecuación de “concesiones a contratos” deben cumplirse algunos trámites y se entiende que en el caso específico de la minería, ese proceso tiene que estar sujeto a la nueva Ley de Minería, cuyo proyecto sigue en proceso de elaboración y tendrá necesariamente que ser consultado entre los sectores involucrados, para su aprobación en consenso y atendiendo todos los planteamientos que pudiesen presentarse y que sean rescatables para armonizar una “ley compleja” como será la minera.
Para los operadores mineros privados, la nueva ley minera debe ser el verdadero instrumento que garantice el adecuado uso de nuestros recursos naturales no renovables, como los minerales, que se constituyen en el tesoro más preciado para garantizar la seguridad económica del país, por tanto deberán definirse etapas especiales desde la exploración, cuantificación de las potencialidades de cada yacimiento, su explotación, tratamiento tecnológico adecuado para llegar al objetivo de su industrialización, que permitirá, como en el caso del estaño, añadir en los costos el “valor agregado” que hace más rentable cualquier operación de exportación a los mercados internacionales.
Para llegar a esos objetivos, lo importante es que el contenido de la Ley, disponga garantías e incentivos para los inversionistas, de manera que puedan desarrollarse proyectos de magnitud, compitiendo con las políticas mineras de países vecinos que avanzan sólidamente en el fortalecimiento de sus economías, gracias a las competitivas reglas de juego para la atracción de capitales. Son temas que deben ser considerados muy particularmente en el “esbozo” de la nueva ley minera, instrumento que definirá la política minera nacional, como sustento de la economía boliviana. (Agencia URU).
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