El gobierno a través de las nuevas normas legales quiere limitar las atribuciones de los concesionarios mineros, lo que contradice con cualquier operación minera en el país,
La afirmación corresponde al especialista en temas minero metalúrgicos, Antonio Salas Casado, quien aseguró que no se comprende las posiciones que asumen algunos parlamentarios sobre los derechos y atribuciones que tienen los concesionarios mineros.
“Lo que se quiere es limitar las atribuciones que un minero tiene cuando recibe una concesión minera y la diferencia está en lo siguiente, cuando el Estado da un derecho de una concesión le faculta al minero a hacer actividades mineras para explorar, explotar y desarrollar un yacimiento, lo que se quiere hacer es que en base a ese derecho se le niegue las otras funciones que tiene el desarrollo minero en convertir lo que es un deposito minero, o sea donde hay un sitio donde hay minerales en convertirlo en una mina, transformar un sitio donde hay minerales en una mina significa inversiones, significa esfuerzos, significa riesgos, contingencias y un montón de cosas.
Explicó que al desconocer esa inversión, provoca que todos esos esfuerzos que hace el sector minero no importa que sea chico, cooperativizado o el propio Estado, ya que se le pone al sector minero ante la imposibilidad de acceder a recursos.
El especialista minero indicó que Estado comienza a exigir a sus ciudadanos mineros muchísimos mas resarcimientos que el Estado mismo está concediendo.
“Han existido muchos otros sectores mineros de Oruro que han explicado de forma más gráfica, cuando alguien compra un terreno y construye una casa encima de ello, bueno el valor que tiene una parte la alícuota que corresponde al valor del terreno, pero la mayor parte es el valor que tiene la casa con la que ha construido”, señaló.
Antonio Salas casado indicó que una segunda observación que ha realizado un profesional sector minero, es que se consideran recursos naturales los suelos y en ese caso existiría una discriminación de la ley, hacer un tratamiento distinto al subsuelo minero frente al derecho del suelo agrario, por lo que también entraría en cuestionamiento la propiedad que hace el Estado cuando concede un titulo de reforma agraria a un predio agrícola.
La afirmación corresponde al especialista en temas minero metalúrgicos, Antonio Salas Casado, quien aseguró que no se comprende las posiciones que asumen algunos parlamentarios sobre los derechos y atribuciones que tienen los concesionarios mineros.
“Lo que se quiere es limitar las atribuciones que un minero tiene cuando recibe una concesión minera y la diferencia está en lo siguiente, cuando el Estado da un derecho de una concesión le faculta al minero a hacer actividades mineras para explorar, explotar y desarrollar un yacimiento, lo que se quiere hacer es que en base a ese derecho se le niegue las otras funciones que tiene el desarrollo minero en convertir lo que es un deposito minero, o sea donde hay un sitio donde hay minerales en convertirlo en una mina, transformar un sitio donde hay minerales en una mina significa inversiones, significa esfuerzos, significa riesgos, contingencias y un montón de cosas.
Explicó que al desconocer esa inversión, provoca que todos esos esfuerzos que hace el sector minero no importa que sea chico, cooperativizado o el propio Estado, ya que se le pone al sector minero ante la imposibilidad de acceder a recursos.
El especialista minero indicó que Estado comienza a exigir a sus ciudadanos mineros muchísimos mas resarcimientos que el Estado mismo está concediendo.
“Han existido muchos otros sectores mineros de Oruro que han explicado de forma más gráfica, cuando alguien compra un terreno y construye una casa encima de ello, bueno el valor que tiene una parte la alícuota que corresponde al valor del terreno, pero la mayor parte es el valor que tiene la casa con la que ha construido”, señaló.
Antonio Salas casado indicó que una segunda observación que ha realizado un profesional sector minero, es que se consideran recursos naturales los suelos y en ese caso existiría una discriminación de la ley, hacer un tratamiento distinto al subsuelo minero frente al derecho del suelo agrario, por lo que también entraría en cuestionamiento la propiedad que hace el Estado cuando concede un titulo de reforma agraria a un predio agrícola.
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