El control del Número de Identificación de Registro comenzará en todo el territorio nacional el 16 de octubre, es decir la comercialización de minerales será permitida únicamente con el NIM, señaló el director General de Minería, Freddy Beltrán.
La matriculación en el Servicio Nacional de Registro y Control de la Comercialización de Minerales y Metales (Senarecom) continuará abierta después del 15 de octubre, pero ningún operador podrá vender su producto sin el NIM.
“La idea es primero empezar con el control desde el 16 de octubre en las exportaciones de minerales, pesos y leyes y paulatinamente vamos a integrar comercio interno de minerales y ya en el 2009 consolidemos la presencia del Senarecom en todas las transacciones mineras comerciales” aseguró.
“Quien no tenga NIM, no podrá exportar”, puntualizó la autoridad al indicar que los operadores de la minería chica, mediana y cooperativas deben cumplir con esta obligación” aseveró.
REQUISITOS
Los requisitos son los siguientes:
a) Formulario Senarecom 01, debidamente llenado
b) Fotocopia del Número de Identificación Tributaria NIT
c) Fotocopia de Registro de Fundempresa, cuando se trate de empresas
d) Fotocopia del registro de la Dirección Nacional de Cooperativas del Ministerio del Trabajo, si se trata de cooperativas mineras.
e) Fotocopia de la Cédula de Identidad, para personas individuales
f) Poder notariado del representante legal, cuando corresponda.
g) Certificación de la Caja Nacional de Salud de no tener el momento de su inscripción notas de cargo ejecutoriadas por retenciones para la seguridad social de corto plazo, más el comprobante de pago de estos aportes al primero o segundo semestre vencido, según corresponda.
h) Certificado de la Corporación Minera de Bolivia de no tener al momento de la solicitud adeudos pendientes por pago de canon de arrendamiento por un periodo mayor a tres meses, cuando corresponda.
La matriculación en el Servicio Nacional de Registro y Control de la Comercialización de Minerales y Metales (Senarecom) continuará abierta después del 15 de octubre, pero ningún operador podrá vender su producto sin el NIM.
“La idea es primero empezar con el control desde el 16 de octubre en las exportaciones de minerales, pesos y leyes y paulatinamente vamos a integrar comercio interno de minerales y ya en el 2009 consolidemos la presencia del Senarecom en todas las transacciones mineras comerciales” aseguró.
“Quien no tenga NIM, no podrá exportar”, puntualizó la autoridad al indicar que los operadores de la minería chica, mediana y cooperativas deben cumplir con esta obligación” aseveró.
REQUISITOS
Los requisitos son los siguientes:
a) Formulario Senarecom 01, debidamente llenado
b) Fotocopia del Número de Identificación Tributaria NIT
c) Fotocopia de Registro de Fundempresa, cuando se trate de empresas
d) Fotocopia del registro de la Dirección Nacional de Cooperativas del Ministerio del Trabajo, si se trata de cooperativas mineras.
e) Fotocopia de la Cédula de Identidad, para personas individuales
f) Poder notariado del representante legal, cuando corresponda.
g) Certificación de la Caja Nacional de Salud de no tener el momento de su inscripción notas de cargo ejecutoriadas por retenciones para la seguridad social de corto plazo, más el comprobante de pago de estos aportes al primero o segundo semestre vencido, según corresponda.
h) Certificado de la Corporación Minera de Bolivia de no tener al momento de la solicitud adeudos pendientes por pago de canon de arrendamiento por un periodo mayor a tres meses, cuando corresponda.
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