Los operadores mineros naturales o jurídicos están en la obligación de acogerse a las normas vigentes y, en este marco, deben abstenerse de transferir a terceros sus derechos conferidos por el Estado para desarrollar la actividad minera, recomendó la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera (AJAM).
“Varios de ellos estarían cometiendo actos irregulares y no se están acogiendo a la norma, si bien tienen derechos para desarrollar la cadena productiva minera, no tienen derecho para transferir, porque la Constitución dice que los recursos naturales son intransferibles e intransmisibles”, sostuvo a Cambio el director de la AJAM, Carlos Soruco.
Explicó que las empresas mineras no tienen derecho propietario de las áreas donde realizan su operación, sino derecho a efectuar la actividad minera como tal.
En la actualidad, el regulador tiene en proceso de investigación alrededor de cuatro casos de empresas que habrían incurrido en la transferencia de derechos a terceros.
Una vez que se detecta que un operador incurrió en irregularidades y se comprueba el hecho, la AJAM formula cargos para la reversión al Estado de las áreas transferidas, como lo ocurrido recientemente con la Empresa Minera Alcira SA.
En este caso, donde se trata de varias áreas distribuidas entre Oruro y Potosí, la AJAM explicó que no solo se dispuso la reversión de los derechos del operador, sino que se remitió los antecedentes al Ministerio Público para determinar cuáles son los delitos que corresponden en el proceso penal.
Soruco dijo que estos hechos de transferencia de derechos para la actividad minera fueron detectados, sobre todo, en el sector occidental, aunque el regulador también viene revisando a las operadoras en Cochabamba y Santa Cruz.
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