domingo, 4 de septiembre de 2016

Eliminan retenciones millonarias a favor de cooperativas mineras

Como parte del paquete de medidas aprobadas ayer en gabinete, el Servicio Nacional de Registro de Comercialización de Minerales (Senarecom) dejó sin efecto los convenios que permitían la retención de millonarios aportes a favor de las cooperativas mineras del país.

El ministro de Minería, César Navarro, informó que esa entidad aprobó la Resolución de directorio 008/2016 que disuelve todos los convenios firmados con diferentes federaciones departamentales o regionales de cooperativas mineras.

Los aportes que retenían las comercializadoras de minerales y metales e ingenios oscilaban entre el 1%, 3% y 5% y se destinaban a federaciones departamentales y a la propia Federación Nacional de Cooperativas Mineras de Bolivia (Fencomin).

"Nos referimos a la retención o descuento que hacen las empresas comercializadoras o ingenios de la producción -no del aporte de las cooperativas-, que oscilaban entre 1%, 3% y 5% , con destino a las federaciones y a Fencomin. Estos convenios quedan anulados”, remarcó el titular de Minería.


Según Navarro, gracias a estas retenciones la Federación Departamental de Cooperativas Mineras de Potosí obtenía ingresos mensuales de 800 mil bolivianos. Es decir, en un año podrían llegar a recibir 9,6 millones de bolivianos.

"Este tipo de aportes quedan anulados y las empresas comercializadoras e ingenios no tendrán potestad de hacer descuentos cuando hagan internación de minerales”, precisó.

Los convenios

La directora ejecutiva del Senarecom, Lourdes Abastoflor, informó que uno de los convenios anulados es el que favorecía a la Federación Departamental de Cooperativas Mineras de Potosí (Fedecomin), suscrito el 6 de diciembre de 2013.

Además, ya no rigen los firmados con la Cooperativa Minera Huari Huari el 24 de abril de 2015; con Fencomin, el 7 de enero de 2016; con Federación Regional de Cooperativas Mineras Auríferas (Ferreco), el 16 de agosto de 2016; con la Federación de Cooperativas Mineras Auríferas del Norte de La Paz (Fecoman), el 16 agosto de 2016.

Según Abastoflor, a partir de la fecha ningún formulario de registro y control de comercialización de minerales y metales deberá consignar la retención o pago de aportes a las federaciones mencionadas.

La resolución del directorio del Senarecom fue suscrita por los representantes de los ministerios de Planificación del Desarrollo, Desarrollo Productivo y Economía Plural y el Ministerio de Minería y Metalurgia.

La resolución forma parte del paquete de decretos que restan beneficios a las cooperativas.


Controlarán volumen y valor de la producción del sector

A partir de la fecha, todas las cooperativas mineras del país deberán reportar de manera periódica información del volumen y valor de su producción e ingresos que perciben al Estado.
El control será efectuado por la Autoridad de Control y Fiscalización de Cooperativas (AFCOOP) y la Autoridad Jurisdiccional y Administrativa Minera (AJAM), según el Decreto Supremo 2889, aprobado ayer por el Gobierno, junto a otras normas.

Según el ministro de Minería, César Navarro, a partir de este elemento se podrá identificar la distribución de ese ingreso por cada socio cooperativista en forma detallada.
La Ley de Cooperativas, dijo, exige que los ingresos y excedentes de una cooperativa se distribuyan de manera equitativa.

La información debe ser presentada hasta el 31 de enero de cada año, incluido el balance general y estados financieros de la gestión anterior.

Además de la nómina actualizada de socios y asociados del personal administrativo y personal que coadyuva en la actividad productiva.

"Si la autoridad administrativa luego de una verificación de la documentación logra establecer que una cooperativa X no cumple con estos elementos que tienen que ver con los principios del cooperativismo, la distribución equitativa del excedente económico, podrá recomendar que esta cooperativa pueda cambiar de manera obligatoria a su condición de empresa privada”, explicó.
Para la autoridad las cooperativas sólo se justifican a sí mismas, si cumplen con el carácter solidario de producción y distribución del excedente económico.

"Lo que se busca es que las cooperativas mineras, aquellas que son verdaderas, tengan toda la seguridad y certeza que van a seguir desarrollando sus actividades en marco de la Ley de Minería y la Ley de Cooperativas, pero aquellas que están camufladas como cooperativas mineras y son prácticamente empresas y explotadoras de hombres y mujeres del país, éstas obligatoriamente ya no tendrán esa condición, deben convertirse en empresas”, remarcó Navarro.

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