sábado, 26 de abril de 2014

Ley minera, ¿versión final?

El giro del proyecto de ley minera, producto de las observaciones de la Asamblea Legislativa, abre nuevamente la incertidumbre sobre el futuro de esta norma que regirá las relaciones entre el Estado y los operadores mineros. Menudean las discusiones generales, se amplifican los comentarios sobre supuestas contravenciones al texto constitucional, sobre una encubierta intención de favorecer a la empresa privada al puro estilo neoliberal, se reemplaza al ministro del área, se intervienen oficinas en busca de contratos mineros irregulares y la parafernalia mediática amplifica los actos y las declaraciones, dando como resultado un enrarecido ambiente de incertidumbre que no le hace bien al adecuado tratamiento de una Ley tan importante que durmió el sueño de los justos por más de tres años.

El proyecto es muy principista, con muchos derechos pero pocas obligaciones, tiene candados de control y consulta aparejados a incrementos en la presión tributaria, limitación de inscripción de derechos mineros con fines de financiamiento, anulación del sistema de concesiones, declaratoria de reserva fiscal minera, entre otras. Este atípico cuadro de situación, dejaría como opción dominante para operar la delicada maquinaria minera a la pesada burocracia estatal, que históricamente ha fracasado en varios intentos similares en el pasado. Los resultados están a la vista, la Ley Minera no puede adecuarse a la CPE sin afectar intereses corporativos y/o empresariales y la lucha por ventajas para estos grupos, se refleja en el inédito "mix" aprobado en Diputados y ahora en tratamiento en una comisión especial que revisa algunos artículos observados (132, 151, etc.).

A contrapelo del discurso "nacionalizador", el proyecto de Ley asigna a Comibol - símbolo de la nacionalización de las minas de 1952 - la tarea de… "dirigir y administrar la industria minera estatal, con excepción de las empresas mineras estatales que no estén bajo su dependencia" (Art. 61-I). Así de un plumazo, sin derogar el D.S. 3223 de 31 de octubre de 1952, elevado al rango de Ley el 29 de octubre de 1956, la Corporación de los bolivianos que había nacido para "la dirección y administración superiores de la minería estatal" se ve relegada a ser un operador más de los restos de la heredad de los "Barones del Estaño" y de áreas especiales que se le asignaron y asignan por decreto. Se le sobrepone una Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera, AJAM (Art.39-I) que usurpa aquellas funciones corporativas. ¿Es esta la forma de hacer las cosas? ¿Vamos a borrar la historia así de facilito?

El proyecto de Ley tampoco define el papel de la empresa privada, y pareciera que la idea es anular este subsector; menos define si el sistema cooperativo minero seguirá incólume o si por el contrario, se formalizará en unidades productivas empresariales. Pareciera que los proyectistas trataron de mostrar una faceta social y progresista con instrumentos liberales propios de la industria y eso, no se puede lograr sin asumir costos políticos por la afectación de intereses corporativos. Así este proyecto aún antes de concretarse pareciera destinado al fracaso, sí en el camino no definimos primero, el perfil de minería que – como país – estamos definiendo. ¿Queremos una corporación estatal dominante, un empresariado operador de contratos con el Estado y/o un subsector cooperativo cada vez más fuerte?

(*) Ing. Geólogo

ex Ministro de Minería

y Metalurgia

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