jueves, 20 de noviembre de 2008

Superintendencia revierte la mina Santa María a poder de Comibol


La mina Santa María, que se encontraba en poder de la Compañía Minera del Centro (Comicen), fue revertida al Estado, por decisión de la Superintendencia Departamental de Minas de Oruro, en el proceso de demanda de nulidad de la concesión que presentaron la Federación de Cooperativas Mineras de Oruro (Fedecomin) y la Corporación Minera de Bolivia Oruro (Comibol).

La resolución fue emitida el 31 de octubre de 2008, firmada por el superintendente de Minas, Eufronio Condes Araníbar, “por haberse infringido los artículos 5, 133 del Código de Minería, el artículo 3 de la Ley 154 de 1917 y el artículo 53 del Decreto Supremo 21060, referente a la mantención de la franja o cinturón de seguridad que rodean a las concesiones de la Corporación Minera de Bolivia”.

De la misma forma, el fallo sostiene que no se ha dado cumplimiento al artículo 137 y 138 de la Constitución Política del Estado.

“Consiguientemente, se dispone la reversión a dominio del Estado la concesión minera Santa María, derechos otorgados por resolución constitutiva de fecha 2 de diciembre de 1998 a Demóstenes Fúnez Soto, actualmente inscrito a nombre de la Sociedad Minera del Centro (Comicen) SRL”, dice el documento.

Las observaciones a la concesión fueron planteadas por el presidente de la Federación Departamental Cooperativas mineras (Fedecomin), Eduardo Berdeja Choque, y el gerente de Corporación Minera de Bolivia (Comibol), Florencio Choque Lapaca, haciendo notar que los trámites no fueron realizados en los plazos establecidos.

En forma inmediata y en el plazo previsto por ley, la empresa Comicen, a través del apoderado, Jorge Augusto Pacheco Sandoval, presentó el recurso de revocatoria contra la resolución 70/2008 de la Superintendencia Departamental de Minas, porque el mismo Superintendente “no se encuentra facultado por ley para llevar adelante procesos de nulidad que no se relacionen a vulneraciones a los artículos 17 y 18 del Código de Minería, ya que estaría actuando como juez y parte, vulnerando los principios constitucionales de igualdad y seguridad jurídica”.

Advierte también que, los supuestos vicios procesales señalados por Eufronio Condes Araníbar, como causales de nulidad, “no se encuentran determinados por ley, como tales, además que la resolución constitutiva de la concesión a favor de Comicen ya ha sido pasada por autoridad de cosa juzgada y el Superintendente no puede revisar sus propios fallos”.

Por lo tanto, dice el memorial de Pacheco Sandoval, que la resolución 70/2008, de reversión de la mina Santa María, “ha sido dictada por su autoridad sin competencia para ello”.

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